CCOO
ha denunciado que, a pesar de que llevamos meses exigiéndola, el
Ministerio de Justicia haya esperado a convocar la reunión de Mesa Sectorial sobre el Registro Civil solo nueve días antes de que entre
en vigor la norma que el propio Catalá impulsó, que impide seguir
presentando solicitudes de nacionalidad ante el Registro Civil después del 30 de junio de 2017.
CCOO
EXIGE QUE UN EVENTUAL ACUERDO CON EL MINISTERIO DE JUSTICIA SOBRE EL
REGISTRO CIVIL INCLUYA TAMBIÉN LA RECUPERACIÓN DE LOS
EXPEDIENTES DE NACIONALIDAD Y LA COMPETENCIA EXCLUSIVA DE LOS
EXPEDIENTES DE MATRIMONIO CIVIL PARA EL REGISTRO CIVIL
CCOO
ha presentado en la reunión, y también por escrito, numerosas
alegaciones al documento denominado "Propuesta
de acuerdo sobre el Registro Civil"
Entre
otras alegaciones presentadas por CCOO,
hemos
exigido que conste: que
el Registro Civil será servido de forma exclusiva por personal
funcionario de la Administración de Justicia; que
serán centros de destino todos los puestos de trabajo existentes en
la actualidad en el Registro Civil Central, en las oficinas de
Registro Civil de todos
los partidos judiciales y los registros civiles delegados adscritos
a los Juzgados de Paz servidos por personal de la Administración de
Justicia
Con
carácter previo a la intervención sobre el contenido del documento
entregado por el Ministerio de Justicia sobre el Registro Civil y la
presentación de nuestras alegaciones, CCOO
ha hecho en la reunión dos denuncias:
1.
El Ministerio de Justicia no puede alegar que solo quedan 9 días
para modificar un RD - cuando le llevamos exigiendo que lo haga desde
2015 - que hace efectiva la inaceptable norma establecida en el RD
1004/2015 y en la orden JUS/1625/2016 por las que se determina un
plazo hasta el 30 de junio de 2017 para seguir presentando las
solicitudes de nacionalidad ante el Registro Civil. Consideramos una actitud hipócrita del Ministerio de Justicia alegar
que no hay ya tiempo para derogar dichas normas
2.
Es poco fiable el Ministerio de Justicia, en relación con el cumplimiento
de acuerdos, cuando ha firmado el de 18 de diciembre de 2015, que
sigue sin cumplirse. Hemos recordado al Ministerio de Justicia que no
vamos a permitir, entre otras cuestiones pendientes de cumplimiento, que
la recuperación de los tres días de asuntos particulares incluidos
en ese acuerdo no sea efectiva ya en 2017
Las alegaciones
presentadas por CCOO
sobre el documento del Ministerio de Justicia son, entre otras:
Apartado Tercero. Se
garantizará el mantenimiento y la
competencia territorial de la actual estructura de oficinas del
Registro Civil en cada partido judicial así como las funciones
delegadas de los Juzgados de Paz
Apartado Cuarto. En el
Registro Civil prestarán servicio de forma exclusiva
los funcionarios de los Cuerpos de la Administración de Justicia
La Ley 20/2011 de
Registro Civil establecerá la asunción de funciones registrales por
parte de Gestores Procesales y Administrativos, y el reconocimiento
de la labor que realizan los Tramitadores Procesales y
Administrativos y los Auxilios Judiciales, sobre todo en los
Registros Civiles exclusivos
Serán centros de destino de los funcionarios de los
Cuerpos al Servicio de la Administración de Justicia todos los
puestos de trabajo existentes en
el Registro Civil Central, en las oficinas de Registro Civil de todos
los partidos judiciales, los registros civiles delegados adscritos a
Juzgados de Paz servidos por personal de la Administración de
Justicia, así como en los registros civiles consulares que cuenten
con personal dedicado en exclusividad al Registro Civil. Se
procederá a la negociación del incremento de plantillas necesario
para atender los incrementos de las cargas de trabajo producidos en
los últimos años
Apartado Quinto. Registro Civil con competencia
exclusiva para la tramitación de procedimientos registrales
Los Registros Civiles tendrán competencia exclusiva
para la tramitación de los procedimientos
registrales, incluidos los expedientes
matrimoniales, que no podrán ser delegados, encomendados o asignados
en ningún caso a otros operadores públicos o privados. La
instrucción de las solicitudes de adquisición de la nacionalidad
española por residencia corresponderá a los Registros Civiles
Debe constar que, desde el inicio del nuevo período de
sesiones del Congreso (septiembre 2017), se comenzará el trámite de
la reforma de la Ley 20/2011 que recoja todas las reclamaciones que
venimos defendiendo y para la que CCOO
ha presentado ya numerosas enmiendas
Propuesta de acuerdo presentada por CCOO
Contestación del Ministerio de Justicia a las intervenciones de los sindicatos
Contestación del Ministerio de Justicia a las intervenciones de los sindicatos
- Estudiará que conste, en el documento de propuesta de acuerdo entre el Ministerio de Justicia y las organizaciones sindicales representativas, que el acceso electrónico será gratuito
- Aceptan eliminar la palabra velará (en el punto tercero denominado, Registro Civil integrado en la Administración de Justicia) y sustituirla por otra sin decir por cuál. Es increíble la incapacidad de la Dirección General para no aceptar en la misma reunión que la expresión que contiene esa palabra se sustituya por garantizará, de forma que el texto quede así en ese párrafo: “Se garantizará el mantenimiento y la competencia territorial de la actual estructura de oficinas del Registro Civil en cada partido judicial así como de las funciones delegadas de los Juzgados de Paz”
- Estudiarán nuestra alegación para que se añada al punto cuarto, párrafo segundo, la expresión de forma exclusiva, de manera que el texto exprese literalmente: “En el Registro Civil prestarán servicio de forma exclusiva los funcionarios de los cuerpos de la Administración de Justicia (…)”
- Estudiarán introducir, en el apartado quinto, el establecimiento de un calendario, que ha exigido CCOO, para la presentación de la reforma de la Ley 20/2011. No ha sido capaz el Ministerio de concretar fecha alguna