El
texto del Real Decreto Ley aprobado en el Consejo de Ministros del
pasado viernes, por el que se aprueba el Reglamento de los
procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y
reducción de jornada, vuelve a incurrir en inconstitucionalidad al
recoger unos contenidos que desarrollan lo previsto en la Ley 3/2012,
de 6 de julio de 2012, de medidas urgentes para la reforma del
mercado laboral, que ya tenía ese carácter, al infringir una serie
de preceptos constitucionales
Para
CCOO la inconstitucionalidad tiene su origen en la citada reforma
legal, ahora desarrollada con este RDL, por la vulneración del
artículo 35. 1 de la CE, derecho al trabajo y a la estabilidad del
empleo; artículo 24.1 de la CE, derecho a la tutela judicial
efectiva como consecuencia de la nueva regulación de las causas del
despido que impiden el control jurisdiccional de las mismas; artículo
14 de la CE, derecho a la igualdad de trato como consecuencia de la
desigualdad extrema, desproporcionada y carente de justificación
objetiva y razonable en la que se sitúa al personal laboral en el
sector público; artículo 103 de la CE, que declara los principios
de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público;
artículo 9.4 de la CE, sobre la interdicción de la arbitrariedad de
los poderes públicos
Al decretarse
en la reforma, la inaplicación del Art. 47 del ET, lo que conlleva
circunscribir las alternativas exclusivamente al despido como la
única vía que dispondrán las Administraciones para adaptarse a las
dificultades económicas. Queda al descubierto que lo que
perseguía el Gobierno en el sector público era facilitar el ajuste
presupuestario a través de la reducción de personal, y que ahora,
mediante éste RDL, proceden a regular y reglamentar
Es
importante señalar que el RDL aprobado no incorpora ni tiene en
cuenta las observaciones de mejora de su articulado planteadas el
pasado mes de agosto, en el trámite de audiencia, por las
Confederaciones Sindicales de CCOO y UGT. Entre otras, el
reforzamiento y la ampliación de la documentación a aportar por las
empresas durante los procesos de ERE
Igualmente
es necesario resaltar por relevante, que además mediante la
promulgación de este RDL "se aprovecha" para introducir
contenidos que reforman decretos anteriores, como es el caso del que
regula la prestación de desempleo, al establecer cuestiones que van
en perjuicio de los derechos de aquellos trabajadores y trabajadoras
que vean suspendidos sus contratos por ERE, incorporando un
coeficiente multiplicador para calcular la parte proporcional de
sábados, domingos y festivos, que es inferior al declarado como
ajustado a derecho por la jurisprudencia. Por todo ello, CCOO
va a presentar recurso de inconstitucionalidad por la vía
contencioso-administrativa ante el Tribunal Supremo
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