- Además, CCOO exige que recoja la garantía de que las retribuciones no se reducirán a ningún trabajador, incluido lo percibido por guardias, y que asegure el mantenimiento del centro de destino sin que puedan existir procesos de movilidad obligatoria ni de desplazamiento
- A pesar de tener a todo el mundo en contra, y tras el fiasco de la implantación de la NOJ en muchas localidades, el Ministerio de Justicia rema contra viento y marea, sabiendo que su proyecto zozobra y que está creando las condiciones para el hundimiento de la Administración de Justicia
CCOO se ha vuelto a dirigir al Secretario General de la Administración de Justicia exigiendo la retirada de la orden de implantación de la Nueva Oficina Fiscal
Como hemos venido informando, la intención de los máximos responsables del Ministerio de Justicia es continuar con la implantación de la NOJ en nuevas localidades o ampliándola a otros centros de trabajo en algunas ciudades en las que ya hay jurisdicciones afectadas, y, además, pretende hacer lo mismo en la Oficina Fiscal, con el agravante de no respetar ni las retribuciones de origen de los trabajadores ni el centro de trabajo en el que están destinados.
Pues ha introducido un artículo en la regulación de la nueva oficina fiscal que permite el desplazamiento de trabajadores, de forma obligatoria, desde la NOF al Servicio Común de la NOJ. Para CCOO este artículo es ilegal porque contraviene la normativa en vigor de los centros de trabajo, por mucho que el Ministerio quiera agrandarlos para conseguir la máxima movilidad funcional de los trabajadores, como antesala a lo que pretende con la reforma de la LOPJ, esto es, movilidad funcional e incluso geográfica obligatoria y la restricción de la movilidad voluntaria, lo que desde CCOO consideramos que no podemos permitir.
En la carta CCOO ha exigido, entre otras cuestiones, al Secretario General de la Administración de Justicia, que:
1º) El Ministerio debe garantizar a todos los trabajadores destinados actualmente en las Fiscalías afectadas que seguirán realizando con igual frecuencia y percibiendo las mismas retribuciones por guardias como en la actualidad.
2º) El ministerio debe garantizar el centro de destino en las Fiscalías a todos los trabajadores que actualmente están destinados allí si como consecuencia de la participación en los concursos específicos se adjudicaran, por mejor derecho, estos puestos a trabajadores destinados en otros órganos judiciales distintos de las Fiscalías.
3º) El ministerio debe suprimir el art. 11 de la Orden (que establece el desplazamiento de los trabajadores al Servicio Común de la NOJ), no sólo porque consideramos que es absolutamente ilegal, - por lo que anunciamos que si se mantiene presentaremos recurso judicial contra la orden - y contraviene lo establecido en la normativa en vigor, sino porque ese supuesto que plantea ya está recogido en el art. 29 de la Orden por la que se aprueban las RPTs de la NOJ y sus redacciones son enfrentadas y absolutamente incompatibles.
Si el Ministerio se empecina en mantener la orden con su redacción actual CCOO se reserva las acciones legales y sindicales una vez publicada en el BOE
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