sumarios

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre empleo eventual en las Administraciones Públicas


16 sept 2016




  • Todas las plazas de plantilla de las Administraciones Públicas deben estar dotadas con personal funcionario o laboral fijo, reservándose el nombramiento de personal interino o eventual para situaciones coyunturales, lo que obliga a las convocatorias de ofertas de empleo público con todas las plazas vacantes

TRAS LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UE SOBRE EL SECTOR PÚBLICO, CCOO EXIGE LA REVISIÓN DE LA ACTUAL NORMATIVA PARA ACABAR CON LA PRECARIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO.

El TJUE confirma las denuncias de CCOO de que la Administración española está abusando de las contrataciones temporales y que la ley española debe incluir mecanismo disuasorios para evitar la excesiva temporalidad.

El Área Pública de CCOO reclama la convocatoria inmediata de la Mesa General de la Función Pública para iniciar un proceso negociador que acabe con la actual situación de excesiva precariedad del empleo público y cumplir así las sentencias del Tribunal de Justicia Europeo.

Tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Décima) de 14 de septiembre de 2016 en los asuntos acumulados C 184/15 y C 197/15, y C 16/15, sobre sucesivos contratos de duración determinada en el sector público, CCOO recuerda que, previamente, ha venido denunciando ante las distintas Administración Públicas la situación de intolerable precariedad en el empleo público y el abuso de la contratación temporal en detrimento del empleo estable. CCOO entiende que los contenidos de estas sentencias son de aplicación en todos los sectores de empleo público y por tanto de aplicación en el conjunto de las Administraciones Públicas (Administración General del Estado, Administración Autonómica, Administración Local, Justicia, Sanidad, Educación, etc.).

Por ello, CCOO EXIGE al Gobierno Central que, con la finalidad de cumplir con los pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la UE, debe convocar de inmediato la Mesa General de la Función Pública y abrir un proceso de negociación para MODIFICAR LAS LEYES BÁSICAS que, como venimos denunciando, ha precarizado y/o destruido el empleo público.  

Para ello,  CCOO RECLAMA:


1º) Por un lado, eliminar las tasas de reposición y convocar ofertas públicas de empleo en las distintas Administraciones Públicas, incluyendo la totalidad de las vacantes, para dotar de estabilidad al conjunto del empleo público.

En este sentido, CCOO vuelve a reiterar su propuesta de aprobar una ley excepcional en el conjunto del Estado con una oferta de más de 300.000 plazas en los distintos sectores y conseguir así estabilizar la actual situación de excesiva precariedad que vive el empleo público y el deterioro que ha originado en los distintos servicios públicos. Esta oferta pública de empleo no tendría coste adicional por cuanto son plazas cubiertas por personal interino o por eventuales estructurales.

2º)
Crear nuevas plazas de empleo público en las que se tendrían que convertir los actuales eventuales estructurales que, como su propio nombre indica, no cubren necesidades temporales o esporádicas sino que vienen a cubrir necesidades de plantilla (es el caso de los llamados “refuerzos” en la Administración de Justicia).

3º) Adaptar la actual normativa a las directivas comunitarias y a los pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con un nivel de garantías para todo el personal temporal, sea su relación laboral o estatutaria, respetuosa con el principio de estabilidad en el empleo, de causalidad en la contratación temporal, manteniendo el empleo cuando exista fraude de ley o irregularidades en la contratación hasta su cobertura reglamentaria, y que garantice que cuando dicha cobertura ordinaria se produzca, el cese sea indemnizado en igualdad de condiciones que para el conjunto de trabajadoras y trabajadores fijos.

Para CCOO, lo que ha dejado claro la sentencia, como venimos denunciando, es que las distintas Administraciones Públicas vienen incumpliendo la Directiva 1999/70/CE, el acuerdo marco de la Confederación Europea de Sindicatos, la patronal europea UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, cláusulas 5 y 8, y con ello abusando de la precariedad del empleo público con una excesiva concatenación de contratos, mantenidos durante largo tiempo.
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