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El Ministerio de Justicia publica en su web la Orden de adjudicación definitiva del concurso de traslados 2018


12 feb 2019



EL MINISTERIO DE JUSTICIA PUBLICA EN SU WEB LA ORDEN DE ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONCURSO DE TRASLADOS 2018

La Orden se publicará en el BOE el próximo 19 de febrero de 2019

Adjuntamos enlace a la Orden, que ha publicado el Ministerio de Justicia en su página web, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados 2018, que se publicará en el BOE de 19 de febrero de 2019


La orden señala, entre otras cuestiones, lo siguiente:

Quinto.- Para los funcionarios que se encuentren en activo, en servicios especiales o en excedencia voluntaria por el cuidado de familiares y no reingresen en ninguno de los Cuerpos o Escalas a que se refiere el presente concurso, no incluyéndose en ese punto a los funcionarios que se encuentren reingresados provisionales, el cese deberá efectuarse en las fechas que a continuación se indican: Tramitación Procesal y Administrativa, el 22 de febrero de 2019, viernes; Gestión Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, el 26 de febrero de 2019, martes 

Sexto.- La toma de posesión del nuevo destino obtenido por concurso, para los funcionarios indicados en el punto anterior, se producirá en los tres días hábiles siguientes al cese, si no hay cambio de localidad del funcionario, o en los ocho días hábiles siguientes si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma, y veinte días hábiles siguientes si implica cambio de Comunidad Autónomacon excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que será en el mes siguiente, tanto si el puesto de trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino. El plazo posesorio será retribuido por la Administración competente respecto a la plaza obtenida en concurso 

Séptimo.- Si la Orden comporta reingreso al servicio activo a la Administración de Justicia en los Cuerpos o Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial, procedentes desde las situaciones administrativas de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público, excedencia voluntaria por interés particular, excedencia voluntaria por agrupación familiar o suspensión de funciones, incluyéndose en este punto a los funcionarios que se encuentren adscritos provisionales, el plazo posesorio será de veinte días hábiles y deberá de computarse desde el día de la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial del Estado". Este plazo posesorio no será retribuido
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