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CCOO rechaza la intolerable pretensión de un partido político de extrema derecha de obligar a la colegiación a empleados/as públicos


9 may 2019



CCOO RECHAZA CON ARGUMENTOS SÓLIDOS LA INTOLERABLE PRETENSIÓN DE UN PARTIDO POLÍTICO DE EXTREMA DERECHA DE OBLIGAR A LA COLEGIACIÓN A EMPLEADOS/AS PÚBLICOS DE RECONOCIDA EXPERIENCIA, TITULACIÓN Y CONOCIMIENTOS

Si lo que pretende ese partido político es perseguir a profesionales empleados/as públicos de reconocido prestigio, titulación y conocimientos, desde CCOO no lo vamos a consentir 

Como consecuencia de la entrega del listado exigido por VOX sobre los equipos técnicos que trabajan en la Junta de Andalucía y realizan su labor en órganos de Violencia contra la Mujer, algunos están intentando aprovechar esta situación totalmente inadmisible para exigir o entrever que es necesaria la colegiación, especialmente de Psicólogos, Trabajadores Sociales y Educadores 

Es lógico que los Colegios Profesionales intenten que sea obligatorio estar colegiado para ejercer las profesiones que cada uno elige, pero dese CCOO entendemos, y la normativa legal nos ampara, que los empleados públicos que se dedican exclusivamente a su labor para la Administración no deben estar colegiados, a pesar que algunos se empeñan en intentar lo contrario 

No es comprensible la colegiación para unos trabajadores/as cuando todos ellos han superado un proceso selectivo, han aprobado una oposición donde han acreditado los conocimientos que se les han exigido, además de la titulación que se les pidió en las correspondientes convocatorias, que, no olvidemos, son de carácter público 

La Sentencia 69/1985 de 30 de mayo del Tribunal Constitucional declaró la no necesidad de colegiación para los Abogados del Estado, aplicable también a los letrados de las Comunidades Autónomas. Con posterioridad, en el Art. 439.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de 1 de julio de 1985, se señaló: “la colegiación de los abogados y procuradores será obligatoria para actuar ante los Juzgados y Tribunales en los términos previstos por esta ley y por la legislación general sobre colegios profesionales, salvo que actúe al servicio de la Administración Pública o entidades públicas por razón de dependencia funcionarial o laboral”. Está claro que hay que hacer una clara distinción entre trabajar para la Administración o para el ámbito privado. Tampoco se exige la colegiación para ejercer sus funciones a Jueces, Fiscales y Letrados. Entonces, la supuesta exigencia de colegiación a los Equipos Técnicos de la Administración de Justicia, ¿en qué norma se basa? 

Nos parece muy adecuada la solución adoptada por la ley canaria de colegios profesionales de 1990, cuyo art. 9.3 dispone que “los profesionales titulados, vinculados con alguna de las administraciones públicas canarias mediante relación de servicios de carácter administrativo o laboral no precisarán estar colegiados para el ejercicio de funciones puramente administrativas ni para la realización de actividades propias de la correspondiente profesión por cuenta de aquellas cuando el destinatario inmediato de la misma sea exclusivamente la Administración. En estos casos, La Administración ejercerá la potestad disciplinaria sobre los mismos”

Tanto las legislaciones autonómicas como las europeas establecen que para aquellos profesionales que se dedican a la actividad pública exclusivamente no es obligatoria la colegiación

En el Ministerio de Justicia, a preguntas de CCOO nos comunicaron que no es obligatorio que estén colegiados puesto que han aprobado una oposición para la administración, dependen a todos los efectos del Ministerio de Justicia que les habilita, estando sometidos al régimen disciplinario que regula el actual Convenio Colectivo y no a las normas de un colegio profesional 

No entendemos ni compartimos estas informaciones que crean confusión, intentando cuestionar a una serie de profesionales con una dilatada experiencia, que cuentan con la titulación exigida, han superado unas oposiciones y además se han estado formando de forma continuada 

Para CCOO, el problema actual de estos profesionales es si los Juzgados y Tribunales del Estado español cuentan con suficientes efectivos y si están bien retribuidos, conforme a la responsabilidad que se les quiere atribuir en este nuevo escenario político 

Y desde CCOO no vamos a tolerar ni que se cuestione su profesionalidad ni que se pongan en duda sus conocimientos y las titulaciones para el puesto de trabajo, lo que han demostrado sobradamente, porque lo que se busca desde ese partido político de extrema derecha es solo crear dudas inaceptables sobre estos profesionales y exclusivamente por motivos ideológicos, sabiendo perfectamente que gracias a ellos, como gracias a todos los trabajadores/as de la Administración de Justicia, esta administración resuelve problemas graves de la ciudadanía con medios a veces insuficientes y muchas veces inadecuados

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