CCOO
denuncia ante el Defensor del Pueblo que, dos años después de la pérdida de
competencias de los Registros Civiles para recibir las solicitudes de
nacionalidad, existe una vulneración
del derecho a la igualdad de todos los ciudadanos en el ejercicio de sus
derechos públicos
Subsisten
agravados los problemas para la resolución de los expedientes de nacionalidad
tramitados conforme el procedimiento antiguo
CCOO denuncia
que el Ministerio de Justicia está fomentando la privatización del nuevo
procedimiento al dar preferencia a las solicitudes electrónicas presentadas a
través de abogados y gestorías
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CCOO
ha dirigido una carta al Defensor del Pueblo en la que denuncia que, tras dos años desde la retirada de la
competencia de los Registros Civiles para informar, revisar y recibir las
solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia que se
tramitan conforme el procedimiento establecido en el Real Decreto 1004/2015,
sin que ninguna otra oficina pública realice las funciones que venían
desarrollando los Registros Civiles, se
están vulnerando derechos administrativos de los ciudadanos extranjeros para
acceder a la nacionalidad española establecidos en la Ley 39/2015, de
Procedimiento Administrativo Común, y en concreto el derecho a obtener información y orientación acerca de los requisitos
jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes imponen a sus solicitudes;
a conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los
procedimientos en los que tengan la condición de interesados, y el de
asistencia a los interesados que carecen de medios electrónicos para presentar
por sí mismos sus solicitudes. Todo ello supone, a juicio de CCOO, una vulneración
del derecho a la igualdad de
todos los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos públicos
Ante la pérdida de competencia de los Registros
Civiles para informar, recibir y revisar las solicitudes de nacionalidad a
partir del 30 de junio de 2017, CCOO interpuso una queja ante la Oficina del
Defensor del Pueblo, por entender que ello supondría la vulneración de
numerosos derechos administrativos de los ciudadanos extranjeros, al no existir
ningún órgano administrativo que sustituyera a los Registros Civiles como
oficinas de referencia para la tramitación de las solicitudes de nacionalidad.
Dos años después, y tras diversas actuaciones del Ministerio de Justicia a
requerimiento del Defensor del Pueblo, CCOO denuncia ante éste que subsisten agravados
los problemas en materia de adquisición de la nacionalidad española por
residencia:
1.-
Los ciudadanos extranjeros no tienen un organismo cercano, como son los
Registros Civiles, en donde informarse sobre los requisitos para la adquisición
de la nacionalidad española, documentación a presentar y trámites a realizar.
Sólo tienen la opción de informarse a través de la página web del Ministerio de
Justicia o contratar los servicios de un profesional (abogado, gestor
administrativo) que les asesore al respecto
2.-
Los ciudadanos extranjeros no tienen un organismo ante el que cerciorarse de
que la documentación que acompañan a su solicitud de nacionalidad española es
la correcta y adecuada, ni para que se digitalice y tramite de forma
electrónica su solicitud
CCOO denuncia que ante la dificultad del trámite administrativo
(conocimiento de requisitos, documentación a presentar) se ha fomentado con esta medida que los ciudadanos extranjeros
contraten los servicios profesionales de abogados y gestores administrativos
para su presentación por vía electrónica. Dado que muchos ciudadanos
extranjeros no pueden abordar el coste de la contratación de dichos servicios
profesionales se está produciendo, a juicio de CCOO, vulneración
del derecho a la igualdad de todos los ciudadanos en el ejercicio de sus
derechos públicos
CCOO, asimismo, pone de manifiesto que el
Ministerio de Justicia está tramitando y resolviendo las solicitudes presentadas
en formato electrónico mediante un plan de incentivos para personal del
Ministerio de Justicia para la calificación de expedientes de nacionalidad
fuera de horas de trabajo, mientras que las solicitudes presentadas en formato
papel desde el año 2016 están sin digitalizar, metadatar y por tanto pendientes
de la incoación del expediente electrónico que permita iniciar su tramitación.
Como la inmensa mayoría de solicitudes electrónicas han sido presentadas por
medio de profesionales previo pago de sus honorarios, el Ministerio de Justicia
está fomentando el uso de esta vía frente a la de los ciudadanos extranjeros
que no quieren o no pueden satisfacer sus honorarios y optan por la vía del
papel
Respecto
a los llamados “procedimientos antiguos”, es decir, las solicitudes presentadas
antes del 15 de octubre de 2015, CCOO
denuncia que siguen siendo miles las solicitudes pendientes de resolver, con
numerosos problemas añadidos:
- Retraso de años en la resolución de los expedientes para los que se ha requerido que aporten documentación adicional
- Requerimientos de documentación adicional en muchos casos redundantes
- Elevado número de recursos de reposición interpuestos contra las denegaciones de nacionalidad
- Contratación de personal ajeno al Ministerio de Justicia (personas recién licenciadas en Derecho) para la resolución de las resoluciones de dichos recursos, tras un mínimo curso de formación
- Única opción de acudir a la vía contenciosa para agilizar la resolución de estos expedientes
CCOO solicita al Defensor del Pueblo la
continuación de la actuación abierta tras nuestra queja y que inste al
Ministerio de Justicia para que realice las actuaciones oportunas a fin de
evitar la vulneración de los derechos administrativos de los ciudadanos
extranjeros que quieran adquirir la nacionalidad española en todo lo relativo a
la información sobre los trámites, revisión de su documentación, consulta de dudas
y presentación de su solicitud; en definitiva, de su derecho a acceder a
la nacionalidad española en igualdad de
condiciones, sin discriminación alguna por lugar de residencia, acceso a nuevas
tecnologías o recursos económicos de que puedan disponer. Para CCOO la
solución a estos problemas pasa por que los Registros Civiles recuperen la
competencia para recibir las solicitudes, como hasta el 30 de junio de 2017;
por que los Registros Civiles puedan digitalizar y metadatar las solicitudes
que se presenten ante ellos; e incluso que los Registros Civiles puedan ser los
competentes para la instrucción de las solicitudes
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