Cambio de entidad médica 2020: Periodo ordinario del 1 al 31 de enero
NOVEDAD
A partir del 1 de enero de 2020 va a poder realizar en la SEDE ELECTRÓNICA de MUGEJU https://sedemugeju.gob.
Al finalizar el trámite se le va a generar automáticamente el documento de acreditación de alta en el que constará la nueva entidad médica a la que se ha adscrito
Con esta acreditación podrá hacer uso (hasta que la nueva entidad le remita la tarjeta sanitaria a su domicilio) de los servicios médicos de la entidad médica por la que haya optado a partir del 1 de febrero del año en curso
PLAZO DE PRESENTACIÓN: Del 1 al 31 de enero de cada año
FORMAS DE PRESENTACIÓN:
- ON LINE: Para la realización de este trámite online deberá estar dado de alta como mutualista de la Mutualidad General Judicial. La identificación se hará a través del sistema Cl@ve para lo cual deberá estar dado de alta en dicha plataforma o bien disponer de dni-electrónico o de uno de los certificados digitales admitidos por la sede electrónica. Consulte los requisitos técnicos de acceso a los trámites online
- PRESENCIAL: en los Servicios Centrales y Delegaciones provinciales de Mugeju, así como en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
FECHA DE EFECTOS: El cambio ordinario de entidad médica surte efectos a partir del día 1 de febrero del año en curso
MODELO DE PRESENTACIÓN: Debe presentar el modelo de Solicitud de Cambio de Entidad Médica DEBIDAMENTE CUMPLIMENTADO Y FIRMADO, marcando la casilla de CAMBIO ORDINARIO.
Más información:
- Iniciar trámite online para el cambio ordinario de entidad médica
- Información sobre el cambio de entidad médica en la sede de la Mutualidad General Judicial
- Vídeo del cambio de entidad médica: online en la sede de la Mutualidad General Judicial
- Servicios Centrales: información, horarios y datos de contacto
- Delegaciones Provinciales: información y datos de contacto
CAMBIO DE COMPAÑÍA ASEGURADORA ENCARGADA DE LA PÓLIZA COLECTIVA DE ASISTENCIA SANITARIA EN EL EXTRANJERO Y AMPLIACIÓN DEL LÍMITE DE COBERTURA DE LA PÓLIZA
- A partir del 1 de enero de 2020 la empresa encargada de prestar asistencia sanitaria de urgencias en los desplazamientos temporales en el extranjero es SOS COMPAÑÍA DE REASEGUROS Y REASEGUROS
INSTRUCCIONES EN CASO DE SINIESTRO:
- El mutualista deberá contactar con la compañía por teléfono con llamada a cobro revertido, al teléfono 91.572.43.43 si llama desde España o al 34.91.572.43.43 si llama desde el extranjero, debiendo indicar:
* Nombre y apellidos.
* Número de póliza : 42546
* Dirección y número de teléfono de donde se encuentra
* Descripción del problema que tiene planteado
- Alternativamente, el mutualista podrá solicitar el reembolso de los gastos dirigiéndose por escrito a SOS SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. c/ Ribera del Loira, 4-6, 28042 MADRID, aportando los siguientes documentos:
* Originales de las facturas o comprobantes de los gastos reclamados
* Informe médico en el que se haga constar el diagnóstico de la enfermedad y en su caso la necesidad de ser repatriado
* Certificado de defunción y documentación que acredite el grado de parentesco con el finado para los casos de repatriación por fallecimiento de u familiar
2. A partir del 1 de enero de 2020 la póliza de asistencia sanitaria para desplazamientos temporales en el extranjero INCREMENTA DE COBERTURA HASTA UN LÍMITE DE 30.000 EUROS POR DESPLAZAMIENTO
Adjuntamos enlaces a ambas informaciones
En relación con el cambio de compañía aseguradora encargada de la póliza colectiva de asistencia sanitaria en el extranjero y la ampliación del límite de cobertura de la póliza, se incluyen los documentos adjuntos relativos a las coberturas de la póliza, las exclusiones y las instrucciones en caso de siniestro