BOE DE 21 DE MARZO DE 2020: EXENCIÓN DE VISADO DE LAS RECETAS PARA LAS PERSONAS MUTUALISTAS DE MUGEJU, MUFACE E ISFAS DURANTE EL ESTADO DE ALARMA
Hoy se ha publicado en el BOE:
MINISTERIO DE SANIDAD
Estado de alarma. Prestación farmacéutica
Orden SND/266/2020, de 19 de marzo, por la que se establecen determinadas medidas para asegurar el acceso a la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud al colectivo de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social
EXENCIÓN EXCEPCIONAL DE VISADO DE RECETAS #ESTADO DE ALARMA
Para facilitar el acceso a los medicamentos durante el estado de alarma, se ha aprobado, por la Orden SND/266/2020, de 19 de marzo, por la que se establecen determinadas medidas para asegurar el acceso a la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud al colectivo de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social (https://www.boe.es/ boe/dias/2020/03/21/pdfs/BOE- A-2020-3952.pdf ), la exención de visado de recetas mientras dure su vigencia
Esto quiere decir que, con esta medida extraordinaria, las personas mutualistas no tendrán que acudir a las oficinas para su sellado y podrán adquirirlas en la farmacia solo con la receta
En las oficinas se dispondrán carteles advirtiendo de esta circunstancia para que no sea necesario acceder a la oficina, teniendo en cuenta la necesidad de evitar riesgos a todos