sumarios

El proyecto de organización judicial del Ministerio de Justicia (Tribunales de Instancia, Oficinas Municipales y Oficinas Judiciales) está en fase de consulta pública


11 nov 2020


 


EL MINISTERIO DE JUSTICIA SOMETE A CONSULTA PÚBLICA SU FUTURO ANTEPROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA DEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA

 

Tras su estudio detallado y tras consultar con los y las trabajadoras de la Administración de Justicia, CCOO plantearemos en este período de consulta pública, que finaliza el 25 de noviembre, nuestras propuestas en defensa de un servicio público con más medios materiales y personales, cercano a la ciudadanía y sin discriminaciones hacia ningún territorio o colectivo, y en el que tienen que mejorarse las condiciones de trabajo del personal garantizándose que no habrá rebajas retributivas por ningún concepto, que no habrá procesos de movilidad forzosa y que no habrá tampoco reducción del número de puestos de trabajo

Quién así lo considere, puede hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en un cuestionario, hasta el día 25 de noviembre de 2020, a través del siguiente buzón de correo electrónico: consulta.aploeficienciaorg@mjusticia.es

Las principales reformas organizativas que se proponen son:

· La implantación de los Tribunales de Instancia que supondría la supresión del Juzgado como órgano unipersonal y la creación de un órgano colegiado, en cuanto a su organización, en el que se integrarían todos los jueces del partido judicial

· La implantación definitiva en todo el territorio nacional de las Oficinas Judiciales

· La creación de las Oficinas de Justicia en los municipios con el objetivo de que puedan sustituir a los Juzgados de Paz y en las que se potenciarían, entre otros, los servicios de mediación o solución alternativa de los conflictos; se les dotaría de instrumentos tecnológicos para desarrollar la justicia digital en todos los territorios mediante videoconferencias, consultas y tramitación de expedientes judiciales, registro civil, apoderamientos apud acta, etc.

TRIBUNALES DE INSTANCIA


Según el texto por el que se somete a consulta ciudadana este Anteproyecto de Ley (puede verse en este enlace) los objetivos específicos que se persiguen a través de esta iniciativa con la posible creación de los Tribunales de Instancia son los siguientes:

a) Facilitar fórmulas de gestión y organización más eficientes, entre ellas el establecimiento de criterios comunes entre los miembros del Tribunal, lo que potencia la seguridad jurídica derivada de la previsibilidad no sólo de las resoluciones judiciales, sino de la igual forma de tramitación de todos los asuntos, con positiva repercusión en el sistema económico

b) Mejorar la respuesta de los órganos judiciales, eliminando las disfunciones generadas por la atribución de la resolución de los litigios en primera instancia a unidades judiciales independientes, que funcionan como compartimientos estancos, pese a dar servicio a la misma población

c) Racionalizar la distribución de efectivos y carga de trabajo de los Tribunales que conocen en primera o única instancia de las materias de los cuatro órdenes jurisdiccionales ordinarios (civil, penal, contencioso-administrativo y social)

d) Reducir los costes derivados de considerar cada unidad judicial como un compartimiento estanco, que debe multiplicar y reproducir un esquema organizativo y de personal automáticamente, sin importar la cantidad y clase de trabajo que cada uno efectivamente soporte, en cada momento dado

e) Aportar un plus de calidad al sistema judicial al ser posible una mayor especialización mediante la creación de secciones especializadas por materias dentro de cada Tribunal de Instancia. La especialización de los juzgadores, en una sociedad cada vez más técnica y compleja, es una demanda generalizada de la sociedad

f) Dotar de mayor flexibilidad a la planta judicial, permitiendo su adaptación a las necesidades reales de cada momento

g) Simplificar el acceso del ciudadano a la Justicia, donde sólo habría un Tribunal y no Juzgados diferentes, mejorando el funcionamiento del primer escalón del sistema jurisdiccional y potenciando con ello la confianza en nuestro sistema de Justicia

OFICINA JUDICIAL


La implantación definitiva del modelo de Oficina Judicial en todo el territorio español se llevaría a cabo, según el Ministerio de Justicia, bajo las siguientes premisas:

a) Retomando el proceso de implantación de la Oficina Judicial en todo el territorio dependiente de este Ministerio, identificando antes aquellos partidos judiciales donde, por sus especiales características, esa implantación podría hacerse a corto plazo

b) Armonizando la implementación de las Oficinas Judiciales con la creación y puesta en funcionamiento de los Tribunales de Instancia, favoreciendo la interrelación entre los cambios organizativos en sus respectivos ámbitos

c) Ofreciendo la colaboración a las Comunidades Autónomas que lo soliciten para, en el ámbito de sus respectivas competencias, darles soporte en la elaboración de los textos normativos o programáticos necesarios para la implantación de las Oficinas en sus territorios

d) Promoviendo que los sistemas de gestión procesal, en el contexto organizativo de la Oficina Judicial, se adapten a las necesidades de digitalización de toda la información y la tramitación a través del expediente judicial electrónico, al tiempo que permitan la comunicación bidireccional (no sólo escrita, sino también audiovisual) con las partes o terceros que tengan interés justificado

OFICINAS MUNICIPALES DE JUSTICIA


Por último, en relación con las Oficinas de Justicia en los municipios, el objetivo específico que se pretendería con su implantación es la evolución de los Juzgados de Paz de todo el territorio español, convirtiéndolos en oficinas donde se presten nuevos y mejores servicios relacionados con la Administración de Justicia a través de una atención personalizada que acerque la Justicia al ciudadano. Ello permitiría, según el Ministerio:

a) Contribuir a mitigar la brecha digital en relación con la población rural y/o la población con mayores dificultades para la realización de trámites a través de Internet (especialmente los mayores y aquellas personas más vulnerables o con dificultades para acceder a las herramientas tecnológicas)

b) Conseguir que los residentes en estos municipios no tuvieran que desplazarse hasta las sedes de los Tribunales de Justicia para la realización de la mayoría de sus gestiones en ellos, tales como las consultas de expedientes, otorgamiento de poderes de representación procesal, asistencia a juicios telemáticos, etc

c) Evitar que los ciudadanos de estos municipios tuvieran que desplazarse a las capitales para realizar gestiones ante la Administración que actualmente tienen que llevar a cabo presencialmente

d) Prestar servicios de mediación o solución alternativa de los conflictos, ya fuera a través del mediador facilitado por la Corporación Local o por institución especializada

e) Facilitar el acceso de los ciudadanos al Registro Civil, dando información sobre su contenido, realización de trámites y obtención de certificados

f) Practicar los actos de comunicación procesal para con la ciudadanía residente en la demarcación territorial

Los párrafos anteriores recogen la propuesta tal y como la formula el Ministerio de Justicia

CCOO estamos preparando nuestras alegaciones a la misma de las que informaremos puntualmente

 No vamos a aceptar que ninguna modificación organizativa afecte negativamente a nuestras condiciones de trabajo

Seguiremos exigiendo la creación de más puestos de trabajo y órganos judiciales y una formación integral del personal para la atención de las modificaciones organizativas y para la implantación de las nuevas tecnologías

Exigiremos un proceso previo de negociación colectiva antes de la aprobación definitiva de esta Ley

QUIEN ESTÉ INTERESADO/A PUEDE HACER LLEGAR SUS PROPUESTAS A LOS/AS DELEGADOS/AS DE CCOO-JUSTICIA DE SU ÁMBITO PROVINCIAL

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