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Convocatoria del Plan de Formación para el Empleo para personal del Gobierno de Cantabria del primer semestre de 2021


18 dic 2020



Hoy se ha publicado en el Boletín Oficial de Cantabria la  Convocatoria del Plan de Formación para el Empleo para personal del Gobierno de Cantabria del primer semestre de 2021

Según las bases de la convocatoria, "... el plan de 2021 ha de adecuarse a nuevas pautas de actuación, y así se ha considerado oportuno y conveniente tomar una serie de decisiones: 

En primer lugar, realizar dos convocatorias: Una primera para el periodo febrero a junio, que es la que responde a este plan y estas bases y otra segunda para el periodo septiembre a diciembre

Se pone el acento en acciones a desarrollar mediante metodologías no presenciales, teniendo en cuenta que en la actualidad se pueden abordar con metodologías on line o virtuales prácticamente cualquier contenido

  Con carácter secundario se mantienen aquellas acciones, de carácter más especializado que por su naturaleza, objetivo, o finalidad, se considere más idóneo el carácter presencial..."

"... Esta primera convocatoria del Plan de Formación del Centro de Estudios de la Administración Pública Regional de Cantabria para 2021 está conformado por las acciones formativas correspondientes a la Formación para el empleo de las Administraciones Públicas y Formación Propia del Personal de la Administración del Gobierno de Cantabria..."

"... ALUMNADO

Las acciones formativas que se incluyen en esta convocatoria van dirigidas a todo el personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria, sus organismos autónomos y Agencias, y Personal de Administración y Servicios (PAS) de la Universidad de Cantabria que estén en activo en el momento de desarrollo de las concretas acciones formativas, a excepción del personal del Servicio Cántabro de Salud, salvo el que preste servicios en la Dirección Gerencia

El personal docente de la Consejería de Educación tan solo podrá acceder a los cursos financiados con fondos de formación para el empleo de las Administraciones Públicas que a tal efecto se identificarán como tales en el Catálogo de Acciones Formativas. Con carácter excepcional, el personal docente de la Consejería de Educación podrá participar en las acciones de formación propia que se determinen, siempre que concurran circunstancias que motiven su inclusión y se tome el correspondiente acuerdo en la comisión de formación propia 

El personal al servicio de otras Administraciones Públicas e instituciones tendrán acceso a los cursos de la presente convocatoria, en los términos contemplados en los correspondientes Convenios de Colaboración suscritos..."

"...SOLICITUDES

Las instancias solicitando la participación en los cursos, según el modelo que se adjunta como Anexo I de estas bases, podrán presentarse, desde el mismo día de la publicación de estas Bases, en el Registro Delegado del CEARC o bien en las restantes unidades de registro de la Comunidad Autónoma de Cantabria, o en cualquiera de los registros establecidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, hasta el 22 de enero de 2021, siendo el registro de entrada en esas unidades el válido a los efectos de cómputos de plazos

Asimismo, se podrán presentar las solicitudes a través del registro electrónico común de la administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como a través de la aplicación CEARC ON LINE. (http://www.cantabria.es/web/cearc)

No se podrán solicitar más de seis cursos, que irán ordenados por prioridades, siendo el señalado con el número 1 el de mayor interés para el solicitante. El número máximo de cursos que podrán ser adjudicados a un mismo solicitante será de cuatro, salvo por razón de un mejor cumplimiento del plan aprobado

A efectos del cómputo del máximo de cursos a adjudicar a un solicitante no se tendrán en cuenta las acciones formativas de carácter obligatorio ni aquellas a las que el Plan de Formación se refiere como Jornadas

Los solicitantes de cursos que, con posterioridad a la presentación de la instancia, cambien de puesto de trabajo, quedan obligados a comunicar al CEARC su nuevo destino

Se posibilitará y facilitará, en la medida en que sea posible, el acceso a las acciones formativas que, aun cuando no tenga relación directa con las funciones del puesto de trabajo del solicitante, suponga una formación complementaria que permita su desarrollo profesional, sirvan para el efectivo establecimiento de la promoción horizontal y vertical del empleado público, aumentando así el grado de eficacia y cualificación integral del empleado público..."


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