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MUGEJU publica en su web una nota sobre la actualización de datos personales del colectivo de mutualistas y beneficiarios/as


29 dic 2020



MUGEJU ha publicado en su web la siguiente información, con un enlace a una circular emitida por el Gerente de para la actualización de datos personales de personas mutualistas y beneficiarios/as:

Vacunación COVID-19: Nueva Circular sobre Actualización de Datos Personales

Ante el próximo inicio de la campaña de vacunación de la COVID 19, se hace necesaria la correcta identificación del colectivo de MUGEJU para su fácil localización por parte de la administración sanitaria que resulte responsable de la mencionada vacunación, por ello se ha publicado una nueva circular sobre actualización de datos personales del colectivo de mutualistas y beneficiarios y se ha habilitado un servicio en línea para poder llevarlo a cabo. Puede consultar el texto completo de la circular en este enlace:

CIRCULAR MUGEJU Nº 98/2020

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CCOO recuerda, tanto a MUGEJU como a las autoridades sanitarias, lo que les hemos demandado desde mucho antes de que las vacunas comenzaran a llegar a España este pasado fin de semana. Reproducimos la carta que remitió CCOO, ya hace 15 días, a la autoridad sanitaria del Ministerio de Sanidad y la de las CCAA para que se adopten las medidas necesarias para la correcta vacunación del colectivo de MUGEJU, en el plazo que corresponda y en las mismas condiciones del resto de la ciudadanía:


ESCRITO DE CCOO AL MINISTERIO DE SANIDAD

 

A LA DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA

SECRETARÍA DE ESTADO DE SANIDAD

MINISTERIO DE SANIDAD

 

Como sin duda Vds. conocen, todo el personal funcionario, en activo o jubilado, de la Administración de Justicia está obligatoriamente afiliado a la Mutualidad General Judicial (Mugeju), junto con sus familiares más directos que son personas beneficiarias. La asistencia médica la recibe este colectivo, a su elección, bien a través de los servicios públicos sanitarios de la seguridad social o bien a través de diversas entidades médicas privadas que tienen concierto con la Mugeju.

 

Durante todos estos meses de pandemia por el coronavirus SARS COV-2 quienes perteneciendo a Mugeju han optado por la atención sanitaria a través de las entidades médicas privadas han padecido numerosos problemas para la atención sanitaria y el seguimiento epidemiológico derivado del coronavirus, tanto en la atención primaria en caso de síntomas compatibles, como en la atención hospitalaria, en los casos de contacto estrecho con personas contagiadas y en la realización de test.

 

Los problemas se han producido desde el principio al no estar claramente determinado si eran las entidades médicas privadas o el sistema sanitario público quien debía atender y sufragar la atención médica y las pruebas correspondientes en cada caso.

 

A pesar de que la Mugeju publicó en su web información sobre protocolos de actuación en casos de sintomatología, contactos estrechos y realización y cobertura de test diagnósticos, bien por desconocimiento de las entidades médicas o de la sanidad pública autonómica o estatal, o bien por no sentirse ambas obligatoriamente vinculadas por las decisiones de la Mugeju, el colectivo afectado no ha sido siempre bien atendido, negándose dicha atención en numerosísimos casos, tanto por la sanidad privada concertada como por la sanidad pública, amén de verse obligado a un peregrinaje por los centros de atención privados y públicos hasta conseguir, y no en todos los casos, la atención precisa. Son desgraciadamente demasiados los casos en los que finalmente las personas mutualistas se han visto obligadas a sufragarse sus propias pruebas diagnósticas y muchas de ellas las que en la actualidad tienen requerimientos de abono por la atención prestada en los centros públicos al negárseles o no poder recibir dicha atención por las entidades médicas privadas.

 

Una vez que se ha anunciado el muy próximo comienzo de la vacunación este colectivo de mutualistas adscritos a las entidades médicas privadas aun no ha sido informado acerca de dónde será vacunado cuando comience el proceso el grupo de población de riesgo en el que estén encuadrados ni tienen, por tanto, garantizada su vacunación. Téngase en cuenta que también hay personas mutualistas o beneficiarias (ya jubiladas) que, por su edad, están en residencias de mayores o son personal de máximo riesgo y que debieran ser incluidas en los primeros grupos de vacunación.

 

Con objeto de que estas personas reciban un trato en cuanto a la vacuna contra el COVID-19 en las mismas condiciones que el resto de la ciudadanía, solicitamos:

 

1.- Se nos dé información sobre si la vacunación contra el COVID 19 de este colectivo mutualista y beneficiario de la Mugeju se realizará en los centros de atención primaria de la sanidad pública o en los centros asistenciales de las entidades médicas privadas.

 

2.- Si este colectivo de mutualistas recibirá cita previa cuando sea vacunado el grupo de población de riesgo al que pertenezcan o deberá solicitar dicha cita en el centro asistencial que corresponda.

 

3.- Que se den instrucciones claras y de obligado cumplimiento a las entidades médicas privadas o a los organismos responsables de los centros públicos de atención primaria (según corresponda) para que el personal de Mugeju sea atendido y vacunado con las mismas garantías y en los mismos plazos que quienes pertenecen al régimen general de la Seguridad Social.

 

4.- Que dichas instrucciones sean remitidas tanto a la Mutualidad General Judicial como a los Servicios de Salud Pública de las Comunidades Autónomas y responsables sanitarios de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

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