- Se está tramitando en el Parlamento y CCOO nos estamos reuniendo con los grupos políticos para proponerles nuestras enmiendas al Proyecto de Ley
El Ministerio de Justicia está incumpliendo la Ley al negarse a negociar esta Ley que incluye importantísimas modificaciones de las condiciones de trabajo del personal de la Administración de Justicia por lo que
- CCOO HEMOS SOLICITADO A LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS LA PARALIZACIÓN DE SU TRAMITACIÓN EN EL CONGRESO HASTA QUE NO SEA NEGOCIADO EN LA MESA SECTORIAL
PROPUESTAS DE CCOO PARA ENMIENDAS AL PROYECTO DE LEY DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA
VALORACIÓN INCIAL
El Ministerio de Justicia, con la complicidad de la mayoría de los grupos políticos, está transmitiendo a la ciudadanía el mensaje, equivocado a juicio de CCOO, de que nuevos modelos tecnológicos, procesales y organizativos van a ser la solución a los gravísimos problemas de retrasos inaceptables (cuando no colapso) en la tramitación, resolución y ejecución de los procedimientos judiciales
Para CCOO el problema fundamental que provoca estas dilaciones es la insoportable falta de jueces, juezas y fiscales que sitúan a España a la cola europea de la media por habitantes de estos profesionales (y, por ende, del personal funcionario y laboral necesario en las oficinas judiciales y fiscales)
- CCOO proponemos que se establezca en esta Ley, a través de una disposición adicional, un plazo (5 años, por ejemplo) para que la media de jueces o juezas y fiscales por cada cien mil habitantes en España se equipare a la media europea. España tiene 11,5 jueces por cada cien mil habitantes frente a los 17,7 de media europea. En lo que respecta a los fiscales, hay 5,2 por cada cien mil habitantes en España, mientras que el promedio europeo está en 11,25. Así se recoge en el informe de la Comisión Europea para la Eficacia de la Justicia de 2020
LA OFICINA JUDICIAL
CCOO proponemos:
- Que además de las Unidades Procesales de Tramitación y los Servicios Comunes que plantea el Proyecto de Ley la oficina judicial cuente de forma obligatoria con Servicios de Apoyo provinciales, comarcales o de partido judicial. Estarán compuestos por un 5% de la plantilla y su cometido será la atención de sobrecarga de trabajo coyuntural y órganos de nueva creación, con una retribución específica regulada en la RPT
- Negociación colectiva de la dimensión y organización de la Oficina Judicial y de las Unidades de Tramitación, Servicios Comunes y Servicios de Apoyo
- Nos oponemos a que el ámbito competencial de la Oficina Judicial pueda ser comarcal apoyando a más de un Tribunal de Instancia
- Se establecerá una dotación mínima, adecuada y negociada, de las unidades procesales de tramitación por plaza judicial de obligado cumplimiento en todos los ámbitos territoriales
- La Jefatura de las áreas y equipos en que puedan estructurarse las unidades procesales y servicios comunes se asignarán al personal del cuerpo de mayor titulación que forme parte de esas áreas y equipos
- En las Unidades Administrativas solo podrán realizarse funciones relacionadas con la Administración de Justicia
PUESTOS DE TRABAJO
Y CENTROS DE DESTINO
- Nos oponemos a la compatibilidad que plantea el proyecto de ley de desarrollar tareas desde un mismo puesto de trabajo para más de un centro de destino
- Los centros de destino serán concretos en cada oficina judicial y fiscal, sección, área o equipo, en contra de la extensión del centro de destino a todas las Unidades Procesales de Tramitación o a la totalidad de un Servicio Común de cada localidad como plantea el proyecto de Ley
- Debe mantenerse la MUGEJU e incorporarse la Fiscalía Europea como centros de destino
- Se eliminará la referencia a puestos genéricos y singularizados
- solo la RPT será la que determine su ubicación, los requisitos, funciones específicas y méritos valorables para su provisión por concurso, eliminándose la libre designación
- El idioma autonómico solo se exigirá como requisito para puestos en que sea estrictamente necesario, previamente negociados
- No habrá puestos de trabajo deslocalizados
- No habrá redistribución, reordenación ni amortización de puestos de trabajo sin modificación o aprobación negociada de la RPT
- solo podrá llevarse a cabo en base a la evolución de las cargas de trabajo, a la creación de nuevas plazas judiciales o fiscales u órganos y a la conversión en plantilla de plazas de refuerzo
- No se instaurarán los tribunales de instancia en los partidos judiciales en los que no se haya negociado y publicado la nueva RPT
- tampoco se procederá la transformación directa de las plantillas en relaciones de puestos de trabajo
- Fecha obligatoria para la aprobación, previamente negociada, de las RPT de las Oficinas de Justicia del municipio
- proponemos el 1 de octubre de 2023
- Supresión de las nuevas funciones que se asignan a Tramitación y Auxilio en lo relativo a gestión del personal y medios materiales
- Establecimiento de una cláusula de garantía para que estas modificaciones organizativas
- no supongan merma retributiva por ningún concepto- no conlleven disminución de empleo- no impliquen traslados geográficos ni funcionales forzosos
COMPETENCIA TERRITORIAL DE LAS SECCIONES DE LOS TRIBUNALES DE INSTANCIA
- Apostamos decididamente por una Justicia cercana a la ciudanía, lo que no parece importarle al Gobierno ni a los grupos que apoyen esta medida que alejará la Justicia de las personas o las obligará a traslados de centenares de kilómetros
- Es un claro empeoramiento del acceso de la ciudadanía a la Administración de Justicia, especialmente significativa para colectivos vulnerables como las personas menores o las víctimas de la violencia machista
VIOLENCIA SOBRE LA
MUJER
- Formación, especialización y retribución superior de todo el personal
- Puestos de trabajo específicos en las RPTs
- Si, en contra de la propuesta de CCOO, se posibilitase la extensión territorial más de un partido judicial, debe restringirse al máximo y sólo si objetivamente se mejora la atención a la víctima, y, en estos casos, la víctima no deberá desplazarse y deberá ser el titular del órgano y el personal funcionario el que acuda al municipio de la víctima
- Espacios diferenciados obligatorios de víctima y agresor
- Medios adecuados para el traslado de la víctima a la sede judicial
- Inmediación en la atención a las víctimas; no a las videoconferencias
- Secciones de Enjuiciamiento Penal especializadas a partir de cuatro plazas judiciales
- Oficinas de atención a la Víctima y Unidades de Valoración Forense Integral en todos los casos y si su ubicación está en otro domicilio se desplazarán al de la víctima para su atención directa y especializada
EL CUERPO DE LAJ
CCOO proponemos un reconocimiento de la preparación y profesionalidad del cuerpo de LAJ y que se incorpore a esta Ley la posibilidad de efectuar de forma voluntaria sustituciones a jueces, juezas y fiscales con preferencia al llamamiento de personal sustituto no profesional así como un turno de promoción interna de LAJ a las carreras judicial y fiscal
COMISIONES DE
CALIDAD
CCOO exigimos la presencia en la Comisión de Calidad del personal de la Administración de Justicia a través de su representación sindical; 55000 trabajadores y trabajadores, protagonistas esenciales del Servicio Público que pretenden dejar fuera de la participación y capacidad de propuesta
- En el proyecto de ley se contempla que forman parte de esta Comisión el Ministerio de Justicia, el CGPJ, las CCAA con competencias transferidas, la Fiscalía General del Estado y los Consejos Generales de la Abogacía, de Procuradores y de Graduados Sociales y se excluye al personal funcionario y laboral de la Administración de Justicia
OFICINAS DE JUSTICIA
DEL MUNICIPIO
Rechazamos la inclusión de personal de otras administraciones públicas en las RPT de las Oficinas de Justica del municipio
TRIBUNALES DE
INSTANCIA
CCOO proponemos la obligatoriedad de la división en Secciones a partir de una planta judicial de seis o más jueces, juezas, magistrados o magistradas para evitar la existencia de macrooficinas absolutamente ingobernables en las medianas y grandes poblaciones
SOBRE OTROS ARTÍCULOS DE LA LOPJ CUYA MODIFICACIÓN CCOO PROPONEMOS:
La modificación de la LOPJ que propone el proyecto de Ley debe hacerse extensiva a otros artículos que regulan nuestro estatuto jurídico. Lo esencial en la organización son las personas, por lo que deben revisarse y mejorarse nuestras condiciones de trabajo
Especialmente, propondremos enmiendas a los grupos políticos en las siguientes materias:
- Promoción interna
- Ofertas de empleo público
- Negociación y aprobación obligatoria de los Planes de Igualdad en el plazo de un año
- Formación profesional de nuevo ingreso y de perfeccionamiento
- Carrera Profesional
- Movilidad
- Provisión temporal de puestos de trabajo
- Régimen disciplinario
- Funciones
- Negociación colectiva y participación sindical
- Incompatibilidades
- Tiempos de trabajo (disponibilidad y formación)
- Situaciones administrativas
- Retribuciones complementarias y productividad
- Clasificación profesional
- Régimen de servicios de guardia