La Comisión de Justicia del Congreso propone en la LEO la privatización de las subastas judiciales y otras actuaciones relativas a la ejecución de las sentencias
- CCOO denuncia que las privatizaciones empeoran el servicio público y ponen en riesgo centenares de puestos de trabajo
Según una enmienda transaccional a la Ley de Eficiencia Organizativa del Servicio Público de Justicia, los/as Procuradores/as “podrán también realizar las actuaciones materiales propias del proceso de ejecución”, actuaciones hasta ahora reservadas al personal funcionario de los Juzgados y Tribunales
En la tramitación de la LEO, los grupos parlamentarios Vasco, Plural, Popular, Ciudadanos y Vox presentaron sendas enmiendas para ampliar el papel de Procuradores y Procuradoras en los trámites judiciales, hasta ahora limitado a algunos actos de comunicación a las partes del proceso
Atendiendo a estas enmiendas la Ponencia de la Comisión de Justicia para esta Ley, en la que están presentes todos los grupos parlamentarios, ha recogido en su informe la siguiente enmienda transaccional:
Noventa y dos bis (nuevo). Se modifica el apartado 2 del artículo 543 (de la LOPJ), que queda redactado como sigue:
«2. Dentro de las limitaciones que las leyes dispongan, los procuradores podrán realizar los actos de comunicación a las partes del proceso, así como los actos de cooperación, auxilio y colaboración con la Administración de Justicia
Por delegación del juez, jueza o tribunal, podrán también realizar las actuaciones materiales propias del proceso de ejecución en los términos establecidos legalmente que, en todo caso, excluirán las ejecuciones hipotecarias de vivienda habitual, así como las derivadas de procesos en materia de familia, las de desahucio por impago de rentas o cantidades debidas en viviendas habituales y los lanzamientos de ocupantes de finca con posterioridad a la subasta de la misma si esta es vivienda habitual.»
Para CCOO, la aprobación de esta enmienda supondría una nueva “vuelta de tuerca” en dirección a la privatización de servicios públicos a favor de un colectivo, deteriorando el servicio público y poniendo en peligro centenares de puestos de trabajo que actualmente tramitan las ejecuciones
No olvidemos que la parte del proceso judicial que culmina el procedimiento es la Ejecución y, como parte de ella, la Subasta Judicial, materializándose en ella, en muchos casos, el cobro por parte de la parte demandante de las deudas que tiene la demandada; por lo tanto, cabe decir que es fundamental que se desarrolle con las máximas garantías para todas las partes, respetándose los principios de publicidad, seguridad y confidencialidad
Las subastas judiciales se están celebrando a través del portal de internet gestionado por el ente público Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, bajo la supervisión y control por el letrado o letrada de la Administración de Justicia. Paradójicamente, en los últimos años se está notando un incremento de peticiones de ejecutantes para evitar la subasta judicial derivándola a portales de empresas con las que llegan a acuerdos previos, poniéndose en una situación privilegiada frente al resto de participantes
Hace algunos años, el Ministerio de Justicia puso en marcha una Unidad de Subastas Judiciales con competencia en toda la Región de Murcia. Esta oficina, dotada con personal funcionario e incluida dentro de la Oficina Judicial, está dando muy buenos resultados: ha podido gestionar (a fecha de diciembre de 2022) un total de 27.623 subastas acordadas por los juzgados de la Región de Murcia, lo que supone una media de cerca de 4.000 subastas anuales. Dichas subastas han sido gestionadas a través del Portal de Subastas del BOE
Desgraciadamente, salvo en una experiencia similar en Valencia, este éxito no se ha visto reflejado de igual forma en muchos juzgados del resto de España, en cuyos ámbitos territoriales no han sido creadas esas unidades especializadas que, con un protocolo de actuación adecuado, permitirían liberar de ese cometido a juzgados especialmente sobrecargados de trabajo
Con la reforma que se pretende quedaría en manos de los procuradores y las procuradoras el instar, como así está ocurriendo en muchos territorios, la subasta extrajudicial, con un elevado coste que tendrá que sufragar la parte condenada en costas, y además plantea serios problemas de transparencia, pudiéndose causar perjuicios a otras partes implicadas en el proceso, toda vez que la parte ejecutante se pone en clara posición ventajosa, y resultaría extremadamente dificultoso el control por el Letrado o Letrada de la Administración de Justicia, que finalmente tiene que aprobar el remate de dicha subasta
CCOO reclama la creación de unidades especializadas de subastas en todos los territorios, con dotación de personal funcionario de la administración de Justicia, abaratándose costes y dando mejores resultados para las partes implicadas, aprovechándose así el buen funcionamiento ya demostrado del Portal de Subastas del BOE
Por lo tanto, CCOO se opone contundentemente a esta privatización encubierta que se pretende por algunos colectivos apoyados en los Grupos Parlamentarios que han apoyado y transaccionado estas enmiendas, claramente negativas para la Administración de Justicia, para el Empleo Público y para la ciudadanía en general, porque no olvidemos que la externalización de este servicio que ahora se presta en los juzgados da pie al oscurantismo, la falta de transparencia y el incremento de costes; sería además una indeseada vuelta al antiguo sistema de subastas sin garantías y controladas en su propio beneficio por personas ajenas al interés público
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