MINISTERIO DE JUSTICIA
Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses
Orden JUS/781/2023, de 3 de julio, por la que se aprueba la relación definitiva de personas admitidas y excluidas y se nombra el Tribunal calificador único del proceso selectivo para acceso, por el turno libre, por el sistema selectivo de concurso, en el Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, convocado por Orden JUS/1321/2022, de 28 de diciembre
Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses
Orden JUS/782/2023, de 3 de julio, por la que se aprueba la relación definitiva de personas admitidas y excluidas y se nombra el Tribunal Calificador Único del proceso selectivo para acceso, por el turno libre, por el sistema selectivo de concurso, en el Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, convocado por Orden JUS/1323/2022, de 28 de diciembre
Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses
Orden JUS/783/2023, de 3 de julio, por la que se aprueba la relación definitiva de personas admitidas y excluidas y se nombra el Tribunal calificador único del proceso selectivo para acceso, por el turno libre, por el sistema selectivo de concurso, en el Cuerpo Especial de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, convocado por Orden JUS/1316/2022, de 28 de diciembre
EN LAS TRES ÓRDENES SE ESTABLECE:
APROBAR LAS RELACIONES DEFINITIVAS DE PERSONAS ADMITIDAS Y EXCLUIDAS A LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO, POR EL TURNO LIBRE, POR EL SISTEMA SELECTIVO DE CONCURSO
NOMBRAR EL TRIBUNAL CALIFICADOR DEL PROCESO SELECTIVO PARA INGRESO, POR EL TURNO LIBRE, POR EL SISTEMA SELECTIVO DE CONCURSO
Contra la presente orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Ministerio de Justicia, en el plazo de un mes, o contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses. El plazo, en ambos casos, se contará a partir del día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente orden
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