sumarios

CCOO seguimos exigiendo la negociación de todas las reivindicaciones de la huelga


2 abr 2024



CCOO volveremos exigir con toda contundencia al Ministerio de Justicia en la Mesa Sectorial de mañana, 3 de abril, la negociación, sin más demora ni artimañas, de todas y cada una de las reivindicaciones de la huelga

Esperamos que el resto de sindicatos convocantes de la huelga se muestren igual de contundentes para impedir, con el apoyo de todos los trabajadores y todas las trabajadoras, que el Ministerio continúe ninguneando la solución al conflicto que se inició hace ahora un año, en el que reivindicamos la subida del Complemento General del Puesto, el reconocimiento profesional y retributivo de las funciones que hacemos y otros cobran y de las que se derivan de las Leyes de Eficiencia, que queden garantizadas las condiciones y derechos laborales y retribuciones ya conquistados en la que ahora llaman Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia (antes LOEO) y el desarrollo inmediato de la Carrera Profesional

Como hemos informado, el Gobierno aprobó, sin siquiera empezar su negociación con los sindicatos, y ha remitido a las Cortes para su tramitación parlamentaria el Proyecto de “Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia y de acciones colectivas para la protección y defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios” (antigua LOEO)

Posteriormente, el Ministerio ha convocado reunión de la Mesa Sectorial para las 12 horas del día 3 de abril con el siguiente y único punto del orden del día, impuesto unilateralmente por el Ministerio de Justicia:

  • Negociación de aquellos aspectos del anteproyecto de ley de orgánica de medidas en materia de eficiencia del servicio público de justicia y de acciones colectivas para la protección y defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios, que inciden en las condiciones de trabajo de los funcionarios de la Administración de Justicia

Como habíamos informado con anterioridad, tras recibir la convocatoria de esta reunión CCOO solicitamos por escrito al Ministerio de Justicia la ampliación del orden del día añadiendo al anterior punto el resto de reivindicaciones de la huelga (incremento del Complemento General del Puesto de todos los cuerpos generales y especiales de la Administración de Justicia en cantidades equiparables a la subida retributiva acordada para el cuerpo de LAJ, redefinición y reconocimiento de las funciones de los cuerpos generales para adaptarlas a las que efectivamente se realizan en el trabajo diario, negociación del Real Decreto de carrera profesional, eliminación al alza de las diferencias retributivas por grupos de población y negociación del Reglamento y RPTs de los Registros Civiles)

Que sepamos, CCOO hemos sido el único sindicato que ha pedido esta modificación del orden del día, lo que nos resulta incomprensible. Pareciera que somos la única organización sindical que mantiene las reivindicaciones de la huelga pero esperamos que no sea así y que, si no antes, en la propia reunión de la Mesa Sectorial, todos los sindicatos convocantes de la huelga cumplamos el compromiso adquirido con los trabajadores/as durante casi tres meses de largo conflicto y no sólo exijamos la negociación de todas las reivindicaciones que lo iniciaron, sino que impidamos las maniobras y artimañas del Ministerio para seguir ninguneándolas mientras avanza en sus proyectos en los que el personal seremos el único perdedor y consolida sus políticas clasistas y discriminatorias

LA “NUEVA” LEY DE EFICIENCIA DEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA ES COPIA DE LA ANTERIOR LOEO QUE COMBATIMOS CON FUERTES MOVILIZACIONES HACE UN AÑO

Como decimos, el Gobierno aprobó por la puerta de atrás, sin la menor información previa, el Proyecto de Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia que ya ha remitido a las Cortes iniciándose su tramitación en el Congreso de los Diputados el pasado día 22 de marzo fijando inicialmente un plazo brevísimo para presentación de enmiendas, en principio, hasta el día 4 de abril (un día después de la convocatoria de la reunión de Mesas Sectorial)

En sus disposiciones transitorias el Gobierno ha vuelto a dejar patente las prisas por implantar esta Ley en tres fases en un período máximo de seis meses, desde el día 1 de enero de 2025 al día 1 de junio del mismo año

Su apartado de eficiencia del servicio público de justicia es una copia literal de la antigua Ley de Eficiencia Organizativa, cuyo contenido combatimos desde hace más de un año con contundentes movilizaciones. Se mantienen, por tanto, en este Proyecto de Ley los aspectos extremadamente perjudiciales para nuestras condiciones de trabajo que CCOO ya denunciábamos en la anterior LOEO:

- Los Tribunales de Instancia sustituirán a todos los actuales Juzgados, incluidos los Juzgados Centrales. En cada partido judicial existirá un ÚNICO Tribunal de Instancia apoyado por una ÚNICA Oficina Judicial

- Las modificaciones organizativas que se introducen suponen una modificación de las condiciones laborales, ponen en riesgo los puestos de trabajo, las funciones y las retribuciones de los trabajadores y las trabajadoras de la Administración de Justicia

- Los tribunales de instancia podrán asumir la competencia de más de un partido judicial o de más de una provincia, con lo que verían muy incrementada su carga de trabajo sin que esté previsto el incremento de personal. Por contra, en los partidos judiciales y provincias en los que algunas de sus competencias sean asumidas por el tribunal de instancia de otro partido judicial o a más de una provincia se reducirán sustancialmente el número de puestos de trabajo

- No existe garantía alguna de que, en estos casos, no se imponga la movilidad forzosa del personal afectado, tanto funcional como geográfica, ni de que se perciban la totalidad de las retribuciones del puesto de origen

- Desaparecen los puestos de trabajo en órganos o jurisdicciones concretas o en secciones concretas de los servicios comunes: una sola unidad procesal de tramitación y el conjunto de cada servicio común procesal como destino en cada partido judicial, con lo que se elimina o se reduce al mínimo la movilidad voluntaria dentro de un mismo municipio

- Se impide elegir en los concursos de traslado, ni al personal de nuevo ingreso, una jurisdicción concreta (ni siquiera un edificio concreto en las grandes poblaciones en las que hay más de una sede judicial) y se facilita la movilidad forzosa del personal. El puesto de trabajo como tal desaparece, quedando diluido en estos pocos centros de destino, en los que la persona responsable funcional del mismo podrá “trasladar” con carácter forzoso a cualquier funcionario o funcionaria de un puesto a otro, físicamente o funcionalmente, encomendándole en cada momento funciones relativas a una u otra jurisdicción o secciones de los Tribunales de Instancia

- Habrá puestos de trabajo en los que se establezca que su actividad es compatible con distintas unidades de la Oficina Judicial, en los que se trabaje de forma compartida o exclusiva para unidad distinta del lugar físico en que se encuentra, incluidas las de otras localidades diferentes

…Y TODO ELLO IMPONIENDO UNILATERALMENTE UNAS NUEVAS RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO SIN NEGOCIACIÓN COLECTIVA PREVIA:

- Se dispone un calendario de fechas muy urgente para la entrada en funcionamiento de los nuevos Tribunales de Instancia y Oficinas de Justicia del municipio y simultáneamente de las nuevas RPTs. Según el Proyecto de Ley el calendario previsto para la implantación de los Tribunales de Instancia y, de forma simultánea, de la Oficina Judicial, se inicia en enero de 2025 y finaliza el 1 de julio de 2025

- De esta forma, a fecha concreta, las actuales RPTs o las plantillas, donde no está implantada actualmente la Oficina Judicial, se transformarían, con negociación previa o sin ella, en las nuevas RPTs

- La ley de eficiencia no obliga a que las nuevas RPTs se hayan negociado para que entren en vigor y podrán imponerse por el Ministerio de Justicia o las CCAA con competencias en sus ámbitos respectivos. Dada la urgencia y premura de las fechas, en el supuesto de ser negociadas tendría que hacerse en muy breve plazo, sin las necesarias reuniones de las Mesas de Negociación en un asunto de tanta complejidad

- La posibilidad de aprobar las RPTs sin negociar y la obligación de hacerlo con tanta urgencia abre la puerta al Ministerio y comunidades autónomas para no aceptar ninguna de las propuestas sindicales

- Por todo ello, el Ministerio de Justicia y las CCAA con competencias tienen la posibilidad de imponer para los nuevos puestos de trabajo su ubicación, los requisitos establecidos para su desempeño, sus retribuciones complementarias sin garantía de las actuales, si es genérico o singularizado, el número y ubicación de los puestos de trabajo que hacen guardias, el número de puestos compatibles y/o deslocalizados, si se provee por concurso o por libre designación, el cuerpo o cuerpos que pueden desempeñarlo, sus funciones específicas y el número de puestos de trabajo en cada localidad y en cada oficina judicial

Igual que dijimos NO a la LOEO digamos con contundencia NO a esta “nueva” Ley de Eficiencia. EXIGIMOS UNA NEGOCIACIÓN REAL PARA SU MODIFICACIÓN Y SEGUIMOS EXIGIENDOLA NEGOCIACIÓN DE TODAS LAS REIVINDICACIONES DE LA HUELGA

Imprimir artículo