- Vuelve a la carga con su propuesta de regular y retribuir las sustituciones de LAJ y no las del resto de cuerpos, a pesar de que se comprometió a hacerlo en el acuerdo firmado en 2015 y, posteriormente, en una nueva reunión de la Mesa Sectorial de diciembre de 2020
En ambas reuniones CCOO denunciamos nuevamente esta actitud clasista del Ministerio de
Justicia que negocia las condiciones de trabajo de LAJ con sus asociaciones
profesionales y, posteriormente, para cubrir el expediente y la obligación
legal de negociación colectiva, convoca las mesas de negociación sin contenido
alguno y en las que no se da respuesta a ninguna de las propuestas sindicales
1.- En relación con las sustituciones de LAJ, CCOO hemos formulado una “enmienda a la totalidad” de este documento (puede verse en este enlace) y hemos exigido su retirada y el comienzo inmediato de las negociaciones de las sustituciones y comisiones de servicio de todos los cuerpos
CCOO no podemos admitir que el mecanismo normal de la sustitución consista en el desempeño conjunto de dos puestos de trabajo y menos durante 180 días como plantea el Ministerio con el único de objetivo de reducir gastos, ahondando en el corporativismo y limitando las posibilidades de promoción profesional del cuerpo de Gestión
En su lugar hemos planteado:
- Que las sustituciones sean siempre retribuidas, voluntarias y a solicitud de la persona interesada
- Que todas las plazas vacantes o por ausencia de larga duración de su titular sean ofrecidas para ser cubiertas mediante sustitución (vertical por personal del Cuerpo de Gestión u horizontal por personal del Cuerpo de LAJ) y siempre con relevación de funciones del puesto de origen y solo si no hubiere solicitantes se cubran con personal interino o sustituto
- En el caso de sustituciones coyunturales de corta duración y sin relevación de funciones quien efectúe la sustitución lo hará con prolongación de jornada debidamente retribuida y con las retribuciones del puesto que se sustituya si son superiores al de origen
- En las sustituciones con relevación de funciones la retribución será por todos los conceptos la misma del puesto en el que se sustituye
- Las retribuciones por sustitución tendrán una cuantía fija, eliminando la expresión “cuantía máxima” que propone el Ministerio
- El tiempo que dure la sustitución de Gestión a LAJ computará como tiempo de trabajo efectivo en el cuerpo de Gestión
CCOO hemos manifestado que la propuesta es elitista y clasista porque, en la nueva situación que se plantea, el personal de la carrera judicial y del cuerpo de LAJ que efectúe sustituciones sin relevación de funciones cobrará por ello, mientras que para el resto de los cuerpos no se plantea dicha retribución, por ejemplo para el personal de Auxilio Judicial que asista a vistas de juicios otros juzgados, como viene ocurriendo constantemente
En febrero de 2019 se publicó en el BOE un Real Decreto igual que el que ahora se presenta a negociación, el cual no fue negociado con las organizaciones sindicales como ordena la Ley, motivo por el que fue anulado por los Tribunales de Justicia a raíz de la demanda que interpuso CCOO
Como consecuencia de ello, el Ministerio de Justicia, obligado a negociar por sentencia firme, convocó la Mesa Sectorial en diciembre de 2020 y presentó la misma propuesta de Real Decreto anulada, a la que CCOO hicimos las mismas alegaciones que hemos hecho el día de ayer. Sin explicación alguna, el Ministerio interrumpió la negociación y no fue hasta junio de 2022 cuando retomó la misma remitiendo, de nuevo, el mismo texto de Real Decreto para ser negociado, lo que provocó nuevamente las contundentes protestas de CCOO
Ante las presiones de CCOO, en esta nueva reunión de la mesa de junio 2022 el Ministerio comunicó que esa ya no era su propuesta y que enviaría una nueva que incluiría las sustituciones de todos los cuerpos, no solo de LAJ, acordándose el inicio de las negociaciones, lo que está incumpliendo el Ministerio. Así, convocó nuevamente la mesa de negociación para el 14 de julio de 2022 y remitió una propuesta para regular las sustituciones de todos los cuerpos; tras esa reunión, el Ministerio interrumpió unilateralmente las negociaciones de este tema y nunca más se supo
Mientras tanto, a pesar de estar anulado el real decreto, el Ministerio (en su constante afán de atender exclusivamente las reclamaciones de las asociaciones de LAJ mientras que rechaza todas las propuestas sindicales para el resto de cuerpos) utilizó desde junio de 2022 el atajo legal de aprobar y prorrogar semestralmente un Plan de Actuación para que los y las LAJ pudieran seguir cobrando las sustituciones en la misma forma en la que ahora se pretende regular en este nuevo Real Decreto, que nuevamente pasa a una supuesta y falsa negociación colectiva
2.- En relación con la modificación del Reglamento Orgánico de LAJ (ver aquí la propuesta), el representante del Ministerio en la reunión que se celebró por la mañana informó que este asunto tendría una negociación larga y que el inicio que se produciría en la misma tarde de ayer sería una mera presentación de las propuestas del Ministerio (que se nos habían remitido el pasado jueves con más de sesenta modificaciones de dicho reglamento) y una primera toma de contacto con las propuestas sindicales
Sin embargo, al comienzo de la reunión de la tarde, ese mismo representante ministerial comunicó que había recibido instrucciones de sus superiores para que la negociación terminase el viernes de esta misma semana: una muestra más de que el Ministerio no quiere negociar sino simplemente cubrir el trámite legal de reunión con los sindicatos para aparentar una negociación colectiva que realmente es inexistente, porque todo viene ya pactado con las asociaciones profesionales de LAJ
La respuesta de
CCOO ha sido contundente, acusando al Ministerio de Justicia y sus altos cargos
de mentir, de incumplir los acuerdos, de despreciar al colectivo de los cuerpos
generales y especiales de la Administración de Justicia y de limitar el derecho
a la negociación colectiva solo a las materias que interesan al Ministerio
mientras se niega a negociar las propuestas sindicales
La modificación del reglamento que se propone contiene prebendas para el cuerpo de LAJ que no se contemplan para el resto de cuerpos, como son la concesión de días de libranza cuando se realizan sustituciones no retribuidas o la concesión de plazos posesorios retribuidos cuando se cesa en una comisión de servicio. Mantiene además el curso selectivo para quien supere el concurso oposición de promoción interna a LAJ y obliga a realizarlo conjuntamente con el curso del turno libre, lo que significa meses de retraso en la toma de posesión de la promoción interna
En fin, está plagada de contenidos clasistas y rancios (como la especial consideración de las asociaciones profesionales antes mencionada o el mantenimiento de las categorías profesionales) que recuerdan tiempos del pasado impropios de un Ministerio que forma parte de un gobierno progresista del siglo XXI
Solo se salva de la propuesta del Ministerio la inclusión de la reserva de plaza al personal de Gestión que realice sustituciones de la LAJ que tantas veces hemos reclamado desde CCOO
Para el día 28 de mayo ha sido convocada nuevamente la Mesa Sectorial con el único punto del orden del día de la negociación del Proyecto de Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia a la que, esperamos, asistan los altos cargos del Ministerio de Justicia, y en la que daremos desde CCOO una respuesta contundente a las agresiones que están llevando a cabo contra el personal de los cuerpos generales y especiales
Seguiremos exigiendo la negociación del incremento del Complemento General del Puesto, con el reconocimiento profesional y retributivo de las funciones y la eliminación de los grupos de población, así como la garantía de nuestros centros de destino y la negociación del Real Decreto de Carrera Profesional, porque, a pesar de los que diga el Ministro Bolaños, el conflicto en la Administración de Justicia continúa porque no se han atendido ninguna de las reivindicaciones de la huelga de dos meses y medio que realizamos el año pasado