Apareció publicada en el BOE de 30 de mayo de 2024 la Orden PJC/507/2024, de 27 de mayo, por la que se nombran miembros del Consejo General de la Mutualidad General Judicial. Dicho Consejo es el órgano de participación de los y las mutualistas para el control y vigilancia de la gestión de la Mutualidad, creado por el Real Decreto 96/2019, de 1 de marzo, de reordenación y actualización de la estructura orgánica de la Mutualidad General Judicial
Este Real Decreto de 2019 suprimió la anterior Asamblea de la Mutualidad, en la que desde el año 2006 hasta el año 2019 sus miembros eran elegidos democráticamente por los y las mutualistas, y en el que la mitad de sus integrantes pertenecían a los Cuerpos de Tramitación Procesal y Administrativa, Ayudantes del INTyCF y de Auxilio Judicial, que son alrededor del 50 % de los y las mutualistas, y la otra mitad eran elegidos entre los y las mutualistas de las carreras judicial y fiscal, y Cuerpos de LAJS, Forenses, Gestores Procesales y Administrativos y Técnicos Especialistas de Laboratorio del INTyCF
Tras la supresión unilateral de la Asamblea, y su sustitución por un órgano denominado Consejo General compuesto por 2 Jueces, 2 Fiscales, 2 Lajs, 2 Forenses o Facultativos del INT, 2 Gestores/as o TEL del INT, 2 Tramitadores/as o Ayudantes del INT y 2 Auxilios, siendo designados todos ellos por el Ministerio de Justicia salvo los pertenecientes a las carreras judicial y fiscal, CCOO rechazó participar en el primer Consejo General constituido en el año 2019 por suprimir la elección democrática de sus integrantes (ahora los elige a dedo el Ministerio de Justicia) y sobre todo, porque privilegia injustificadamente a los Cuerpos de Titulación superior (Jueces, Fiscales, LAjs, Facultativos y Forenses, que apenas suponen el 35 % de los y las mutualistas, pero ahora tienen un 57 % de los puestos del Consejo General) frente a los y las mutualistas de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, TEL, Tramitación Procesal y Administrativa, Ayudantes y Auxilio Judicial, que son más del 65 % del colectivo, pero no alcanzan el 50 % de miembros del Consejo General. Privilegio clasista que se mantiene en el llamado Consejo Rector de la MUGEJU
Si bien es cierto que el Consejo General carece de competencia ejecutiva alguna en la MUGEJU, pues estas competencias recaen en la Gerente de la MUGEJU, y que su función se suele limitar a hacer propuestas que pueden o no (que es lo más habitual) ser tenidas en consideración, CCOO adoptó en 2019 la decisión de no participar en dicho órgano (a pesar de que un delegado de CCOO fue nombrado miembro por la ministra de justicia sin que lo hubiéramos solicitado) y desde entonces ha promovido en solitario numerosas acciones (recurso ante el Tribunal Supremo, queja ante el Defensor del Pueblo, reuniones con grupos parlamentarios, etc) para tratar de revertir la situación y que en los órganos de participación de la Mutualidad no haya privilegios en función del Cuerpo o Carrera al que se pertenece, pues en la Mutualidad se supone que todos y todas somos mutualistas, sin distinción del Cuerpo o Carrera. CCOO no quiso legitimar, con su participación, la actuación antidemocrática y clasista del Ministerio de Justicia al reformar los órganos de la Mutualidad y privilegiar a unos pocos, los de siempre
Finalizado el mandato de 4 años del anterior Consejo General, el Ministerio de Justicia, ahora en manos supuestamente progresistas, solicitó en enero de 2023 a las asociaciones profesionales reconocidas de forma oficial y las organizaciones sindicales más representativas a nivel estatal que propusieran a dos personas por cada Cuerpo cuyo nombramiento correspondía al Ministerio de Justicia. CCOO decidió rechazar efectuar propuesta alguna, dado el carácter clasista de la composición del Consejo General, sin que ello haya supuesto o suponga dejar de defender los derechos de todos y todas las mutualistas ante la MUGEJU y de efectuar propuestas para su mejora, y reivindicó una vez más la modificación de la composición del Consejo General de la MUGEJU así como de su forma de designación o elección
Mediante la Orden publicada en el BOE del 30 de mayo, el Ministerio de Justicia “progresista” da una vez más carta de naturaleza a la composición antidemocrática del Consejo General de la MUGEJU, pues privilegia a unos Cuerpos frente a otros simplemente en función de su titulación de acceso, cuando en la Mutualidad todos y todas somos iguales (se supone). En el listado de personas designadas para ser miembros del Consejo General de la Mugeju, hay personas pertenecientes a CSIF, UGT y STAJ, y por tanto propuestos por estos sindicatos
CCOO HACEMOS UN LLAMAMIENTO A TODAS LAS ORGANIZACIONES SINDICALES
PARA QUE DIMITAN DE INMEDIATO DE SUS PUESTOS EN EL CONSEJO GENERAL DE LA MUGEJU
Y MANIFESTAR UNA CONDUNTENTE PROTESTA Y RECHAZO CONTRA ESTA ACTITUD DEL
MINISTERIO DE JUSTICIA, SIEMPRE CLASISTA
Y DISCRIMINATORIA CON EL PERSONAL DE MENOR TITULACIÓN
En la tesitura actual, en que estamos sufriendo una involución en la Administración de Justicia donde se está privilegiando, económica y laboralmente, a Jueces y LAJS en detrimento del personal de los Cuerpos Generales y Especiales, que somos la mayoría, con una actitud clasista del Ministerio de Justicia en todos los ámbitos de negociación, CCOO sigue considerando que no es oportuno participar en el Consejo General de la Mugeju, por ser muestra evidente del clasismo que impera en el Ministerio de Justicia, gobierne quien gobierne. CCOO seguirá defendiendo, si cabe con más ahínco, los derechos de los y las mutualistas, en todos los ámbitos, pero rechaza participar en el Consejo General de la Mugeju, legitimando con su presencia , en un órgano en que todos deberíamos ser iguales, que se privilegie a unos pocos en detrimento de la mayoría