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Suspensión cautelar del proceso de estabilización por concurso de méritos


6 ago 2024



La Audiencia Nacional acuerda, como medida cautelar, suspender el proceso selectivo de estabilización por concurso de méritos hasta que se dicte sentencia sobre la omisión de plazas reservadas para personas con discapacidad, cuya votación y fallo está señalado para el 10 de septiembre

El Ministerio de Justicia ha informado a CCOO que, en aplicación de esta medida cautelar, ha paralizado este proceso selectivo a la espera de lo que resuelva la Audiencia Nacional en su sentencia y de la actuación e instrucciones de la Secretaría de Estado de Función Pública, sin que, por el momento, este Ministerio vaya a hacer ninguna comunicación en su página web

La Audiencia Nacional ha dictado con fecha 16 de julio de 2024 un auto por el que acuerda como medida cautelar la suspensión de los procedimientos de estabilización de concurso de méritos para los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, convocados por la Orden JUS/1318/2022, de 27 de diciembre, una vez ya finalizada la fase de alegaciones a las valoraciones provisionales de los méritos, hasta la sentencia que se dicte en el procedimiento, cuya votación y fallo está señalada para el día 10 de septiembre

El recurso en que se ha dictado la medida cautelar tiene por objeto, conforme el mencionado auto, el reconocimiento individualizado del derecho de una persona a participar en los procesos selectivos por el cupo de reserva general de discapacidad en los procesos selectivos extraordinarios convocados, incluyendo su baremación dentro del cupo general de personas con discapacidad. Subsidiariamente solicita la nulidad parcial de los procesos objeto de recurso, y que se acuerde la incorporación a las convocatorias del cupo de reserva para personas con discapacidad, procediéndose a habilitar un periodo de subsanación de su solicitud a fin de poder optar expresamente por dicho cupo

Tras haber anulado el Tribunal Supremo mediante sentencia de 16 de julio de 2024 el Real Decreto 408/2022, por el que se aprobó la oferta de empleo público para la estabilización del empleo público en la Administración General del Estado correspondiente a la Ley 20/2021, en la medida en que dicha convocatoria no previó la reserva legal para personas con discapacidad, la Audiencia Nacional estima que es procedente suspender el presente proceso selectivo de estabilización “con el objeto de evitar consolidación de situaciones irreversibles o de difícil reversibilidad; y que en su caso sea posible un resultado útil del procedimiento jurisdiccional, sin menoscabo de los procedimientos de estabilización en su conjunto; de suerte que puedan conservarse las actuaciones que hubieren de reputarse válidas, y subsanarse, si a ello hubiera lugar, los defectos de los que pudieran adolecer las convocatorias impugnadas”

La suspensión del procedimiento de estabilización es hasta la sentencia que resuelva el recurso interpuesto, cuya fecha para deliberación, votación y fallo es el 10 de septiembre de 2024
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