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CCOO denuncia ante el Ministerio de Justicia la falta de respeto al personal que opta a la promoción interna


9 abr 2025



CCOO denuncia ante la Subdirección General de Acceso y Promoción y la Directora General para el Servicio Público de Justicia la pésima gestión de los procesos de Promoción Interna y, más concretamente, los numerosos errores detectados en la baremación definitiva de GPA hecha pública ayer y retirada en el día hoy tras nuestras protestas

En sendos escritos presentados ante ambos responsables del Ministerio de Justicia denunciamos la continua y reiterada vulneración de los derechos de los compañeros y compañeras que se presentan al turno de promoción interna, y habíamos exigido la corrección inmediata y de oficio de los errores detectados en las listas definitivas

Ayer mismo, y una vez constatamos que en la baremación definitiva efectuada en los listados del turno de Promoción Interna a GPA no sólo no habían sido atendidas las alegaciones efectuadas por las personas interesadas ante los palmarios errores cometidos por el TCU en los listados provisiones, sino que además se habían cometido nuevos errores modificando valoraciones que habían sido correctas en los listados provisionales, CCOO nos dirigimos inmediatamente al Subdirector de Acceso y Promoción del Personal de la Administración de Justicia solicitando su intervención ante el Tribunal Calificador Único exigiéndole su corrección

A pesar de que el Subdirector ya nos ha confirmado que así lo ha hecho, siguiendo la demanda de CCOO, y de que gracias a ello ya se han retirado los listados erróneos de la web del Ministerio, hoy mismo hemos remitido el escrito a la Directora General para el Servicio Público de Justicia que reproducimos a continuación:

A LA DIRECTORA GENERAL PARA EL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES

Como usted conoce, la promoción interna es un derecho esencial de los funcionarios y funcionarias públicas reconocida en la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su artículo 490. El artículo 14 del Estatuto Básico del Empleado Público, legislación que nos rige con carácter supletorio, lo consagra como un derecho de carácter individual en correspondencia con la naturaleza jurídica de su relación de servicio. El personal de justicia ejerce su derecho y participa en estos procesos según principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad mediante sistemas objetivos y transparentes de evaluación

Todo ello debiera incentivar el desarrollo profesional y la colaboración con la justicia pública por profesionales con experiencia, pero el maltrato sistemático a los que tratan de acceder a los cuerpos superiores indigna, desmotiva y crea un sistema perverso, al que un número importante de personal público renuncia por la falta de profesionalidad de este Ministerio

La mala praxis se extiende a todos los procesos de promoción interna, con baremaciones deficientes, dilaciones indebidas, que, pese a un número escaso de aprobados por las pocas plazas que se convocan, provocan la indignación y el descrédito de los que participan en la promoción interna de los cuerpos generales de la administración de justicia

A modo de ejemplo, la penúltima convocatoria de Gestión procesal fue desarrollada en la Orden PJC/104/2024, de 31 de enero (BOE de 12 de febrero de 2024)

La presentación de instancias se extendió, cumpliendo el plazo legal, hasta el 13 de marzo de 2024, siendo el examen único celebrado el 29 de junio y publicándose el 2 de julio la plantilla de respuestas

No es hasta el 30 de septiembre, tres meses después, cuando se publica la relación de aptos, de una plantilla que los tribunales conocen desde julio para un examen único tipo test de 100 preguntas, un automatismo que debiera ser cuestión de días se dilata tres meses

El 15 de octubre se abre el plazo para presentar méritos, tan solo cursos de conocimiento jurídico e informáticos básicamente, ya que las titulaciones y antigüedades se recaban de oficio por su Ministerio, en base al artículo 28.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo, (Los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración)

No es hasta el 17 de enero de 2025 cuando se publica una relación provisional de méritos, que no solo indigna por su retraso inasumible, sino que provoca el pasmo y hace saltar todas las alarmas de los aspirantes, plagada de errores, inválida de todo punto, con fallos tan surrealistas como puntuar con un cero la antigüedad, cuando para optar al cuerpo se requieren de forma esencial dos años de antigüedad en el cuerpo desde el que se opta a la plaza

Las personas aprobadas presentan sus alegaciones, piden certificados de tiempos prestados, pese a no ser su obligación y la confusión es máxima. Casi otros tres meses después, el 8 de abril, se publica la baremación definitiva, con tantos errores garrafales como la baremación provisional

Esto no solo es un menosprecio por un derecho del personal público, implica frustrar muchos proyectos vitales, de personas que han de trasladarse, que aspiran a seguir promocionando, o que, hoy en día, casi un año después desconocen si han obtenido una plaza o no en la actual convocatoria, y han tenido que presentarse a la siguiente convocatoria, convocada por Orden PJC/1435/2024, de 4 de diciembre, sin saber si han obtenido plaza en la que ya tienen señalada la fecha para la celebración del ejercicio de la fase de oposición el 28 de junio de 2025

Este ejemplo puede extenderse a todos los procesos de promoción interna convocados recientemente en todos los cuerpos

El artículo 103 de la Constitución nos dice que la Administración debe ser eficaz

El artículo 3.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público  nos dice que las Administraciones Públicas deberán respetar en su actuación y relaciones los siguientes principios:

(…) d) Racionalización y agilidad de los procedimientos administrativos y de las actividades materiales de gestión

No cabe ninguna duda que estos procesos, que se extienden en el tiempo sin justificación, provocan indefensión, situaciones injustas y conculcan los principios de transparencia y celeridad

Por lo tanto le demandamos, en el ejercicio de sus competencias, que tome las medidas oportunas que subsanen de inmediato este problema estructural, que se repite año tras año, dotando de los medios materiales y del personal suficiente a los departamentos correspondientes con el fin de cumplir con la legalidad y respetar el derecho intrínseco de la función pública a la promoción interna

En cuanto a los procesos actualmente en curso y para finalizar, le reclamamos que se corrijan de oficio y de inmediato los errores en la valoración definitiva de méritos de la Orden 104/2024 y se publique un nuevo listado con las valoraciones correctas, atendiendo así las justas reclamaciones efectuadas por las personas opositoras sin necesidad de acudir a posteriores recursos


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