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Publicada en el BOE la nueva Ley de Movilidad Sostenible


4 dic 2025



PUBLICADA EN EL BOE LA NUEVA LEY DE MOVILIDAD SOSTENIBLE
  • Esta nueva Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, impone, entre otras cuestiones, la obligatoriedad de que todos los centros de trabajo de más de 200 personas trabajadoras dispongan de un plan de movilidad sostenible
Esta Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible, reconoce la movilidad como un nuevo derecho de los ciudadanos que los poderes públicos deben regular y salvaguardar, diferenciándose del mero transporte, que no es más que un instrumento necesario para garantizar dicha movilidad

Con esta nueva Ley, las empresas y entidades del sector público deberán disponer de un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo cuando:

- El centro de trabajo tenga más de 200 personas trabajadoras (o más de 100 por turno). Esto supone una mejora significativa con respecto a la regulación anterior, en que con carácter general sólo era obligatorio disponer de planes de movilidad en aquellos centros de trabajo de más de 500 personas

- El plazo para disponer de estos planes es de 24 meses desde la entrada en vigor de la ley

Asimismo, se establece el contenido mínimo de los planes, que deben incluir soluciones de movilidad sostenible, tales como:

- Impulso de la movilidad activa (caminar, bicicleta)
- Transporte colectivo y movilidad de bajas o cero emisiones
- Servicios de movilidad compartida o colaborativa
- Facilidades para el uso y recarga de vehículos cero emisiones
- Teletrabajo, cuando sea posible
- Medidas para mejorar la seguridad vial y la prevención de accidentes

Pero además se establece que los PMST deben ser negociados con la representación legal de las personas trabajadoras y la obligatoriedad de elaborar un informe de seguimiento cada dos años desde la aprobación del plan

Por último, y en relación a los centros de trabajo de alta ocupación, esto es, aquellos que cuentan con más de 1.000 personas trabajadoras situados en municipios o áreas metropolitanas de más de 500.000 habitantes, se deberán adoptar medidas específicas para reducir movilidad en horas punta o durante la jornada laboral

Desde CCOO exigiremos desde ya, tanto al al Ministerio como a las comunidades autónomas con competencias transferidas el cumplimiento de esta Ley de movilidad sostenible, instando a la adopción de medidas recogidas en la propia ley, como por ejemplo el teletrabajo

No obstante, y a pesar de lo indudables avances que supone esta ley, desde CCOO lamentamos profundamente que no se imponga ningún tipo de sanción para los responsables de la administración que la incumplan -como sucede con otras tantas normas-,  cosa que las acaba convirtiendo, al menos en el ámbito de las administraciones públicas, en agua de borrajas ante determinados gobiernos que, desgraciadamente, poco o nada predican con el ejemplo
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