La MUGEJU pretende
que ya no se elija democráticamente a los representantes de los
mutualistas, sino que los designe directamente el Ministerio de
Justicia
Sólo se garantiza
la presencia de Jueces y Fiscales en dichos órganos. Los demás
mutualistas ya no tendrían representación en la Comisión Rectora
que sustituiría a la actual Comisión Permanente
Se quitan
competencias al órgano que sustituiría a la actual Asamblea
General. Desaparecen funciones de vigilancia en la gestión de la
MUGEJU
Con peor estructura
que otras Mutualidades y similares prestaciones, la Gerente propicia
la desaparición de la MUGEJU como mutualidad independiente
Este pasado lunes,
CCOO presentó su informe rechazando completamente el Proyecto de
Real Decreto elaborado por la Gerencia de la Mutualidad General
Judicial (que parece ser que es quien tiene la iniciativa legislativa
en esta materia, en vez del Ministerio de Justicia) por el que se
regulan la composición y funciones de los Órganos de Gobierno,
Administración y Representación de la Mutualidad General Judicial
Conforme
dicho Proyecto:
-
Desaparecería la Asamblea de la Mutualidad General Judicial,
formada hoy por los mutualistas elegidos democráticamente
en cada Comunidad Autónoma cada cuatro años, para
transformarla en un Consejo General en el que por ley sólo tendrían
asegurada la representación los Jueces y Fiscales, y éstos y los
demás miembros ya no serían elegidos democráticamente por los
mutualistas sino designados y cesados libremente
por el CGPJ, Fiscalía General del Estado y Ministerio de Justicia,
sin criterio alguno. Además sus
competencias se reducirían sensiblemente.
-
Desaparecería la actual Comisión Permanente,
en el que hay 6 representantes de los mutualistas y 3 del Ministerio
de Justicia, para transformarla en una Comisión Rectora formada por
4 representantes del Ministerio de Justicia, el Fiscal General del
Estado, el Presidente y Vicepresidente del Consejo General del Poder
Judicial y el Presidente del Consejo General de la Mutualidad, sin
representación alguna de los mutualistas.
Aumentarían las
competencias de dicha Comisión rectora a costa de la actual
Asamblea.
Para
CCOO
resulta sorprendente
e incomprensible que
para dar solución a los dos problemas puntuales actuales relativos a
la composición de los órganos de representación de los mutualistas
de la Mutualidad General Judicial, como son garantizar la presencia
de jueces y fiscales en los mismos al no obtenerla por la vía
democrática de las urnas y la designación del Presidente de la
Mutualidad, cuya redacción dada en Real Decreto 1206/2006,
fue anulada por
Sentencia del Tribunal Supremo por entender que no existía
justificación alguna para que esta persona tuviera que ser
necesariamente un Juez, se elabore un Proyecto de Real Decreto que
deroga completamente el vigente, y se
pretenda aprobar un nuevo marco de órganos de participación de los
mutualistas en la gestión y vigilancia de la Mugeju que no son
representativos ni democráticos, que es claramente retrógrada y que
supone un retroceso absoluto, volviendo a las épocas más oscuras de
la gestión de la Mugeju. Ese es el resultado de la nefasta gestión
de la Gerente durante estos años, que CCOO viene denunciando y
combatiendo con propuestas desde hace dos años.
La
finalidad del Proyecto no es dar solución a problema alguno, sino
directamente cargarse
toda función de vigilancia, control, crítica y propuesta de los
mutualistas en la gestión de la Mutualidad,
pues su presencia desaparece de la Comisión Rectora, y los que
formen parte del Consejo General son directamente designados y
cesados por el Ministerio de Justicia, sin criterio ni justificación
alguna, coartando de esta forma cualquier crítica a la gestión de
la MUGEJU por parte de sus órganos gestores y al Ministerio de
Justicia como órgano del que depende.
Cualquier
solución que quiera darse a la falta de presencia de Jueces y
Fiscales en la actual Asamblea de la MUGEJU, motivada porque sus
candidatos no son votados por los mutualistas, y que busque
garantizar su presencia en la
Asamblea de la MUGEJU debe garantizar, y en proporción a su peso en
el conjunto de mutualistas, la presencia de los funcionarios de los
demás Cuerpos y Carreras.
El proyecto no lo hace.
CCOO
rechaza además la configuración de la Comisión
Rectora que
sustituiría a la actual Comisión Permanente
por cuando no
existe en la misma representación de los mutualistas
más allá del Presidente de Consejo General y se otorga excesivo
peso a la presencia de representantes de la Administración,
con un diseño estructural que convierte
al vigilado en vigilante
y conlleva un desapoderamiento progresivo de los órganos de
vigilancia y control de los mutualistas frente a los de dirección y
gestión. Se ve que les molestan nuestras propuestas.
El
proyecto mantiene la figura del Delegado Provincial ahora designado
de entre una terna propuesta por la Gerente (alguno tiene nostalgia
de épocas pasadas) y no hace referencia alguna a la necesidad de
aprobar la RPT de la MUGEJU, obstaculizando la oferta de empleo
público precedida de la correspondiente convocatoria del concurso de
traslado.
A
la vista del Anteproyecto, es fácil deducir que lo
pretende el Ministerio de Justicia y el de Hacienda y
Administraciones Públicas es acabar integrando en el corto plazo la
MUGEJU en la MUFACE, o incluso, acabar con la Mutualidad General
Judicial. CCOO
defiende y aboga por el mantenimiento de la Mutualidad General
Judicial y que todos sus órganos de representación de los
mutualistas para participación en el control y la vigilancia en la
gestión de la Mutualidad sigan siendo elegidos de forma democrática
y representativa, y que se mantenga la estructura y funciones
actuales de dichos órganos.
En
el caso de que por parte de la Gerencia y la Presidencia de la MUGEJU
se pretenda aprobar este Anteproyecto con estos contenidos, y que por
el Gobierno de la nación se dé su respaldo en los términos
propuestos, CCOO
estudiará la presentación de las acciones legales pertinentes para
la defensa de los derechos de los mutualistas, y trabajará para
presentar las alternativas contra las graves consecuencias que se
derivan del contenido de este proyecto, porque la Mutualidad General
Judicial, si se aprueba finalmente en estos términos, habrá perdido
las señas de identidad logradas de democracia, control y
participación de los mutualistas en su gestión, que habíamos
conquistado entre todos en los últimos años
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