Nuevo
atentado contra la democracia interna en la MUGEJU
DENEGADA LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA SOLICITADA POR
LA CASI TOTALIDAD DE COMPROMISARIOS Y COMPROMISARIAS
CCOO denuncia que
la Ministra de Justicia y la Gerente de MUGEJU se niegan a dar la cara ante la
representación legítima de los y las mutualistas
En estos días los y las compromisarias de
MUGEJU están recibiendo una comunicación del Presidente por la que se deniega
la celebración de la Asamblea Extraordinaria que se había solicitado casi por
unanimidad, cuando el mínimo exigido era un cuarto de miembros de la Asamblea,
argumentando la entrada en vigor del nuevo Real Decreto 96/2019 que regula la
nueva estructura de la Mutualidad
La Ministra y la Gerente han utilizado al
Presidente de la MUGEJU como mensajero para denegar la celebración de la
Asamblea General Extraordinaria solicitada por la práctica totalidad de los
compromisarios. Un Presidente en
retirada y que hace unos días se despidió por carta de los sindicatos después
de muchos años en el cargo y tras una larga carrera como Magistrado
Para CCOO esta reacción demuestra claramente la
alevosía y la premeditación que se esconden detrás de este atraco, que
únicamente persigue la intervención de los órganos de control de la Mutualidad
y poner fin a su democracia interna
Mal comienzo de la “nueva MUGEJU” y anuncio de
lo que nos espera es que se justifique la denegación de la reunión manipulando
a capricho la normativa, para no dar la cara y explicar este cambio de modelo
de Mutualidad, que se ha llevado a cabo a escondidas y con mala fe, ya que no
ha existido información, ni la más mínima consideración al trabajo que han
venido desarrollando los compromisarios y las compromisarias elegidas por
sufragio universal, libre y directo
El actual Real Decreto 96/2019, establece en su
Disposición Transitoria Única que “Los actuales compromisarios de la Asamblea
General y su Presidente permanecerán en sus cargos hasta el nombramiento de los
miembros del Consejo General ejerciendo las funciones que se atribuyen al
Consejo General en este Real Decreto”
El artículo 10.1, que regula el funcionamiento
del Consejo General, en su punto 1 establece que “El Consejo General celebrará sesión
ordinaria una vez al año para ser informado de los extremos a que se refieren
las letras a), b) y c) del artículo anterior, y cuantas extraordinarias
convoque el Presidente, oído el Consejo Rector, o lo solicite una cuarta parte,
al menos, de sus miembros”
Por lo tanto, conforme a lo
establecido en el nuevo Real Decreto 96/2019 que regula los nuevos órganos de
control de la Mutualidad, debería haberse convocado la reunión extraordinaria
solicitada, por dos motivos:
- La reunión ha sido solicitada por los compromisarios, quienes permanecen en sus cargos ejerciendo las funciones que se atribuyen al Consejo General en el nuevo Real Decreto
- El Consejo General debe convocarse cuando lo soliciten al menos una cuarta parte de sus miembros
CCOO CONVOCA CONCENTRACIONES DE PROTESTA
20 de marzo
A partir de las
9:30 horas ante la sede de Mugeju en Madrid
Desde las 13:30
horas ante el Ministerio de Justicia
DEFENDAMOS LA DEMOCRACIA EN MUGEJU
Puedes expresar tu protesta a la Ministra de Justicia remitiéndole el escrito que CCOO está poniendo a disposición de todos y todas las mutualistas