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Estado de la negociación sobre el levantamiento de la suspensión del Acuerdo de 2008 (80 euros)


31 ene 2016


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  • Nueva propuesta retributiva de la administración: pago de los 80 euros pendientes desde enero de 2017.
Informamos sobre las dos sesiones de negociación que se han celebrado tras la reunión de la Mesa Sectorial de funcionarios de la Administración de Justicia en Cantabria de 9 de diciembre de 2015, y de los dos borradores de acuerdo elaborados hasta el momento por la administración, que adjuntamos.
Tras la celebración de la reunión de la Mesa Sectorial de funcionarios de la Administración de Justicia en Cantabria el pasado 9 de diciembre de 2015, de la que ya informamos en su momento, se han celebrado dos reuniones de negociación en la Dirección General de Justicia derivadas de la misma, en las que se nos han entregado sendos borradores de acuerdo, que hacemos públicos


MESA DE NEGOCIACIÓN 22 DE ENERO DE 2016

En esta primera reunión se debatió un primer borrador que ni tan siquiera cubría la oferta inicial con la que el Consejero de Presidencia y Justicia abrió la sesión de la Mesa Sectorial. Como podéis comprobar, dicho documento:

Nada recogía sobre equiparación del régimen de descuentos por Incapacidad Temporal de los funcionarios de la Administración de Justicia en Cantabria al establecido para Jueces, Fiscales, Letrados de la Administración de justicia y funcionarios del ámbito no transferido. El argumento de la administración era que dicha equiparación tendría que ser aprobada en la Mesa General de Función Pública de Cantabria, con el inconveniente de que el régimen de descuentos sería distinto para los funcionarios de Justicia que para el resto de funcionarios de la administración autonómica. CCOO manifestó con claridad, como ya lo hizo en la Mesa Sectorial, que la desigualdad que contemplamos es la que se produce con los compañeros del ámbito no transferido (no olvidemos que somos cuerpos nacionales) y la que se ha creado en las oficinas judiciales de Cantabria por la existencia de distintos regímenes de descuentos, siendo el más privilegiado el de Jueces, Fiscales y Letrados de la Administración de Justicia, y que, como sindicato de clase, dejando claro que no aceptamos ningún descuento por enfermedad, no podemos tolerar semejante discriminación, que conlleva un ensañamiento con los económicamente peor retribuidos.

En materia de retribuciones tampoco respondía a la contrapropuesta sindical conjunta  (consistente, como ya hemos informado, en que , en caso de que no se abone el resto de la paga extra de diciembre de 2012 antes del mes de junio del 2016, se adelante el pago del primer plazo de los 80 € (32) a junio de 2016), manteniendo el mismo calendario de devolución anunciado por el Consejero en la Mesa Sectorial. El Argumento de la administración para negarlo fue que ya están aprobados los Presupuestos Generales de Cantabria para 2016, lo que impide nuevos incrementos retributivos, admitiendo el Director General su inexperiencia por no haber previsto este obstáculo, pues para el cumplimiento de otros acuerdos sectoriales, como el del Servicio Cántabro de Salud, se introdujo una disposición adicional en la LPGC para 2016. CCOO opuso el argumento de que, estando ya presupuestada la devolución del resto de la paga extra de 2012, no debería suponer un esfuerzo tan titánico la fijación por escrito de la garantía solicitada, siendo además cuestionable que pueda considerarse la devolución de estas cantidades como un incremento retributivo. Además CCOO manifestó que, del mismo modo que el gobierno regional practicó los recortes mediante una reforma de la Ley de Presupuestos de Cantabria para 2010, también puede proceder a la restitución de los derechos económicos, si es preciso, mediante una reforma de la Ley de Presupuestos de Cantabria para 2016. El Director General se comprometió a explorar esa vía

No hacía mención alguna a la recuperación de los programas de Acción Social, al menos la ayuda para discapacitados, como CCOO solicitó en la Mesa, 

- No contenía tampoco la más mínima alusión a la Oferta de Empleo Público, ni al sistema de consolidación de refuerzos pedido por CCOO, ni a la revisión al alza de la Planta y la Plantilla, que también solicitamos. etc. 

- Se introducía un epígrafe sobre sustituciones en el que por la administración se pretendía hacer pasar como voluntad del gobierno de Cantabria la implantación de las sustituciones verticales entre distintos centros de trabajo (sustituciones verticales cruzadas) cuando lo cierto es que dicha implantación es el cumplimiento ineludible de una sentencia ganada por CCOO en el TSJ de Cantabria y posteriormente, tras el recurso de casación interpuesto por el ejecutivo anterior, en el Tribunal Supremo, por lo que no era de recibo que se nos "vendiera" como liberalidad del gobierno el reconocimiento de un derecho para cuya consecución hemos tenido que llegar hasta la más alta instancia judicial. CCOO solicitó la supresión de este párrafo o, en su defecto, para hacer honor a la verdad, que se expresara con claridad que el establecimiento de las sustituciones verticales entre distintos centros de trabajo se hace en virtud de sentencia judicial firme, pues no se trata de un derecho que vaya a crearse con este acuerdo, en el caso de que sea firmado. En el mismo epígrafe se anunciaba el inicio de una renegociación de las bolsas de interinos.

-  Finalmente, en el borrador se plasmaba el reconocimiento de la festividad propia de los funcionarios de la Administración de Justicia en Cantabria (San Raimundo de Peñafort), remitiéndose a la negociación de los calendarios laborales para la concreción del régimen de su disfrute

- Capítulo aparte merece la introducción del borrador, de la que CCOO pidió una sustancial modificación, pues se nos obligaba a "comulgar con ruedas de molino" hasta extremos como explicar los recortes que hemos padecido desde 2010 derivándolos del Real Decreto 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, lo que constituye un ingenioso y sorprendente "viaje en el tiempo"

El documento no hacía mención a otras postulaciones de CCOO, como la recuperación de los complementos de penosidad para los juzgados con competencias en materia de violencia de la mujer o el establecimiento de un Plan de Igualdad, aunque estas cuestiones, que se remitieron a mesas de trabajo, ya no están relacionadas con la suspensión del Acuerdo de 2008, pues los primeros desaparecieron con las transfererencias y el segundo no se ha implantado hasta el momento. Tampoco recogía la reiterada petición de CCOO, repetida en la úlitma Mesa Sectorial, de que se integraran, en las nóminas, los epígrafes "acuerdos sindicales" en el complemento específico transitorio.


MESA DE NEGOCIACIÓN 29 DE ENERO DE 2016

En la segunda sesión se nos ha entregado un nuevo borrador con algunos avances mientras otras cuestiones permanecen invariables:

- En materia de descuentos por Incapacidad Temporal hay avances, pero por una vía que no nos parece acertada y nos puede llevar a escollos en el futuro: el gobierno se compromete a aumentar la relación de supuestos excepcionales en los que podremos percibir el 100% de nuestras retribuciones en caso de IT modificando la Instrucción sobre el régimen de retribuciones en los casos de incapacidad temporal para el personal al servicio de la Administración de Justicia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Esta solución, si bien podría servir para erradicar la discriminación que padecemos con respecto al régimen de Jueces, Fiscales y Letrados de la Administración de Justicia actualmente, podría significar una trampa en el futuro en caso de que el gobierno estatal decidiera nuevamente privilegiar a alguno de estos colectivos en esta materia, lo que no puede considerarse una hipótesis de laboratorio, por varios motivos: en primer lugar, porque ya ha ocurrido en el pasado reciente; en segundo lugar, por el criterio clasista que habitualmente han venido empleando los distintos ejecutivos estatales, independientemente del color político, beneficiando a Jueces y Fiscales en detrimento de nuestros derechos y condiciones de trabajo, y en tercer lugar, por la costumbre inveterada que los gobiernos han mantenido de negociar separadamente con los Secretarios Judiciales (hoy Letrados de la Administración de Justicia), ignorando las facultades negociadoras de las organizaciones sindicales más representativas, que sólo son convocadas para mantener las apariencias formales cuando de la regulación de los derechos de este colectivo se trata. Si esto ocurriera, ni siquiera podríamos alegar un incumplimiento del acuerdo, en caso de que estampáramos nuestra firma en este borrador, porque el gobierno regional habría cumplido su compromiso.  En lugar de esta fórmula, CCOO aspira a arrancar del gobierno de Cantabria el compromiso de equiparación y que dicho compromiso se mantenga en el futuro. En otras palabras, el mantenimiento de esa equiparación, garantizando, como mínimo, para los funcionarios y funcionarias al servicio de la Administración de Justicia en Cantabria, el mismo régimen que el que disfruten sus compañeros del ámbito no transferido, insistiendo en que no renunciamos, ni renunciaremos nunca, a la abolición total de estos recortes. 

- Por lo que respecta a las retribuciones, obviamos hacer muchos comentarios sobre el texto porque en la última reunión, en la que se nos ha entregado este segundo borrador, el Director General ha anunciado que ha recibido la confirmación que le permite ofertar una nueva propuesta que no figura por escrito: el abono íntegro de los 80 euros pendientes desde enero de 2017 como compensación por la imposibilidad, que alegó, de anticipar cantidad alguna en 2016. Añadió que, explorada la posibilidad de reformar la Ley de Presupuestos de Cantabria para 2016, con objeto de posibilitar algún abono este año, la respuesta que ha recibido ha sido negativa. Lo que sí recoge el borrador es la fusión de los epígrafes "acuerdos sindicales" en el cumplimiento específico transitorio, y reproduce la cláusula de garantía de no absorción de los incrementos retributivos que, a petición de CCOO, se plasmó en el Acuerdo de 2008. CCOO ha solicitado que se consigne por escrito esta nueva propuesta en un nuevo borrador

- El epígrafe del primer borrador sobre "sustituciones verticales en distinto órgano, servicio o unidad"  ha sido reemplazado por otro bajo el título "provisión de puestos de trabajo". Es la nueva redacción, la administración se compromete a revisar toda la normativa reguladora de la provisión de puestos de trabajo mediante sustituciones, comisiones de servicio y nombramiento de interinos en nuestro ámbito, con el argumento de que esta provisión temporal "se ha visto afectada por determinadas resoluciones judiciales alterándose el equilibrio existente entre la movilidad dentro del mismo cuerpo a través de la comisión de servicios objetiva, la promoción profesional mediante las sustituciones verticales y el nombramiento de funcionarios interinos por razones de urgencia o necesidad... es necesario analizar la normativa vigente para dar cabida a los recientes pronunciamientos de los tribunales que afectan a su contenido y volver a equilibrar los diferentes derechos concurrentes".  Para empezar, no entendemos el plural ("determinadas resoluciones judiciales ...recientes pronunciamientos de los tribunales"). En segundo lugar, la sentencia ganada por CCOO ya es firme y de obligado cumplimiento sin que sea preciso, para su aplicación, "analizar la normativa vigente". En tercer lugar, se da por supuesto que se ha producido un desequilibrio entre los diferentes mecanismos de provisión de puestos de trabajo, desequilibrio que, a menos que la memoria nos traicione, no fue apreciado cuando se negociaron las vigentes órdenes sobre provisión de puestos y todas las organizaciones sindicales reclamamos la sustitución entre distintos centros de trabajo, compartiendo además todos los sindicatos, excepto uno, el mismo criterio sobre el orden de prelación de los mecanismos de provisión (sustitución, comisión de servicios, nombramiento de interinos). Por tanto, hablar de "desequilibrios" nos parece, además de novedoso, algo aventurado. Estaremos vigilantes para que la solución que se adopte no introduzca, precisamente, un desequilibrio. Conviene aclarar que el recurso interpuesto por CCOO sobre sustituciones fue para la defensa de nuestros derechos, pues las sustituciones están reguladas en el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, de aplicación estatal, norma donde se encuentra la regulación que la administración regional intentó eludir para mayor comodidad en su gestión. Si queremos defender nuestro carácter de cuerpos nacionales, una buena forma de hacerlo es vigilar la observancia de los derechos reconocidos en la normativa común aplicable a los funcionarios de la Administración de Justicia cuando estos derechos son quebrantados por alguna administración gestora

- En el nuevo borrador, la administración sigue sin recordar los programas de Acción Social

- Se añade un epígrafe sobre la Oferta de Empleo Público, con el tímido compromiso de remitir al Ministerio de Justicia "una oferta de empleo público estable". Es una expresión vaga e imprecisa con la que el gobierno, más que contraer una obligación real, se limita a deslizar una mera declaración de intenciones sujeta a interpretaciones subjetivas. Lo que CCOO desearía ver por escrito es que el gobierno regional se obligue, de forma clara e inequívoca, a una convocatoria singularizada anual de oposiciones en la que se oferte la totalidad de plazas desiertas existentes en Cantabria, o como mínimo el máximo que le permita la normativa de ámbito estatal (tasa de reposición), y otro tanto cabe decir del otro mecanismo ordinario de provisión de puestos de trabajo, el concurso de traslados, en el que anualmente deben ofertarse todas las vacantes existentes

- El borrador sigue sin dar satisfacción a la petición de CCOO de que el gobierno regional se comprometa a considerar de carácter estructural y promover la consolidación y conversión en plazas de plantilla orgánica de todos los refuerzos que superen los tres años de duración

- Se introduce un apartado sobre negociación de plantillas en el que la administración reconoce las "necesidades y discordancias" de las plantillas de los órganos judiciales de Cantabria y conviene en iniciar un estudio conducente a una planificación de recursos. Recordamos que en la Mesa Sectorial de la que se deriva este proceso negociador CCOO solicitó la creación de nuevos órganos, el incremento de plantilla de otros y la homologación al alza de las plantillas de órganos de la misma jurisdicción

- Se añade un epígrafe sobre excedencias en el que se garantiza la reserva de puesto de trabajo a los funcionarios en excedencia por cuidado de familiares mientras permanezcan en esa situación conforme a lo dispuesto en el EBEP y en la LOPJ

Cláusula de no renuncia, similar a la establecida en el Acuerdo entre el Ministerio de Justicia y las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de la Administración de Justicia (ámbito no transferido), en la que se expresa que la firma, en su caso, de un acuerdo, no implica renuncia a la restitución de todos los derechos recortados ni a la reivindicación de cualquier otra mejora laboral o retributiva en el futuro

Comisión de seguimiento. Al igual que en acuerdo de 2008, se crea una comisión paritaria para la interpretación y vigilancia del cumplimiento de este, en el caso de que se suscriba

- Repite, de forma simplificada, lo dispuesto en el primer borrador sobre el reconocimiento del día de libranza profesional (San Raimundo de Peñafort)

- Por último, la introducción ha sido aligerada, se han omitido los "errores" cronológicos y las distorsiones del principio de causa y efecto y se ha reformado parcialmente la "dogmática" del gobierno, aunque no termina de convencernos del todo.

Una vez más queremos recordar que este proceso de negociación es un hito más en un largo camino que comenzó en el año 2010, con la suspensión del acuerdo de 2008, y que ha sido recorrido, en su mayor parte, por CCOO en solitario, que constantemente ha cuidado de que no cayera en el olvido el deber del gobierno regional de devolver los derechos y retribuciones recortados independientemente de su color político, pues nosotros no variamos nuestro perfil combativo y retributivo en función de quién gobierna. Esta lucha solitaria ha sido singularmente palmaria durante la pasada legislatura regional, en la que CCOO, en solitario, introdujo en el debate, en todas y cada una de las reuniones de la Mesa Sectorial que se celebraron  la reivindicación de todos los derechos recortados. Fue CCOO el sindicato que arrancó de la entonces Consejera de Presidencia y Justicia, Leticia Díaz, el compromiso de levantar la suspensión del acuerdo de 2008 cuando Cantabria recuperara una situación de superávit presupuestario, y fue también CCOO, en solitario, quien puso de manifiesto el incumplimiento de su promesa cuando esa condición se cumplió.  Y seguimos planteando las mismas reivindicaciones en nuestros contactos con el actual Consejero y su equipo cuando eran candidatos en las pasadas elecciones regionales así como en las reuniones celebradas tras la investidura del nuevo gobierno

Para terminar, lo más importante: queremos agradecer muy especialmente el esfuerzo entusiasta y la implicación decisiva en este proceso de los afiliados, afiliadas y simpatizantes de CCOO, que denodadamente se han encargado de recordar al Consejero de Presidencia y Justicia y su equipo, en todas las visitas que han realizado a los juzgados de Cantabria, los injustos recortes de derechos y retribuciones  que, bajo el pretexto de la crisis económica, hemos padecido desde la suspensión del acuerdo de 2008, exigiendo su devolución

Próximamente publicaremos la formulación escrita, en forma de enmiendas, de las revindicaciones pendientes, objeciones y observaciones a las que nos hemos referido. Entretanto adjuntamos los dos borradores entregados por la administración


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