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CCOO vuele a reclamar subidas salariales en el sector público


20 jun 2025



CCOO vuelve a movilizarse para exigir al Gobierno que cumpla lo pactado y negocie una subida salarial para este año

CCOO convoca una concentración el 25 de junio ante el Ministerio de Hacienda, en Madrid, de 11:00 a 12:00 horas, para exigir el cumplimiento de los acuerdos firmados, como la implantación de las 35 horas, el abono del 0,5% que se nos adeuda desde el año pasado y la negociación de una subida salarial para este año 2025

Las retribuciones pierden poder adquisitivo cada año, lo que sitúa a miles de empleadas y empleados públicos con ingresos reales cada vez más próximos al SMI, sin que se haya abierto un proceso de negociación para el año 2025 y sin que exista la menor intención de actuar para actualizarlas, incumpliendo los acuerdos retributivos, como el 0,5% pendiente desde 2024 y que debería de haber sido abonado ya

Por otro lado, el Gobierno pactó con CCOO a finales del año 2022 la implantación de las 35 horas semanales. Sin embargo, la Administración General del Estado se niega a aplicarlas y, por lo tanto, no son obligatoriamente aplicables en la Administración de Justicia

También el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha sido incapaz de implementar los cambios que exige la reforma de la jubilación parcial en el sector público, y esto ha supuesto la paralización de las solicitudes de jubilación parcial para el personal laboral de la AGE y que se retrase mucho más su aplicación para el personal funcionario de todas las Administraciones Públicas
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El Ministerio de Justicia atiende, pero solo parcialmente, la reclamación de CCOO y extiende el régimen de libranzas tras las guardias del cuerpo de LAJ al resto de cuerpos


19 mar 2025



El Ministerio de Justicia atiende, pero solo parcialmente, la reclamación de CCOO y extiende el régimen de libranzas tras las guardias del cuerpo de LAJ al resto de cuerpos, pero lo publica sin remitirlo previamente a las organizaciones sindicales para poder hacer alegaciones y tampoco equipara las libranzas tras las sustituciones
  • Se modifica la resolución sobre jornada y horarios de la Administración de Justicia para que todo el personal funcionario que hubieren prestado el servicio de guardia (en todas sus modalidades) pueda dejar de asistir a la oficina el propio día de conclusión de la guardia o dentro de los tres días laborables siguientes
CCOO denuncia que esta resolución ha sido publicada en el BOE sin comunicación previa a las organizaciones sindicales, a las que no se nos ha dado traslado previo de un texto y con lenguaje sexista impropio de este Ministerio que dice formar parte de un gobierno feminista, como si no hubiera “funcionarias” ni “letradas”

En el BOE de hoy, 19 de marzo, se ha publicado:

I. Disposiciones generales

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES

Administración de Justicia. Jornada y horarios de trabajo

Resolución de 5 de marzo de 2025, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se modifica la de 5 de diciembre de 1996, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios en el ámbito de la Administración de Justicia


En esta Resolución que se dispone la siguiente modificación:

«16. Normas comunes

e) Al término del servicio de guardia ordinaria, los funcionarios que lo hubieren prestado podrán dejar de asistir a la oficina el propio día de conclusión de la guardia o dentro de los tres días laborables siguientes en los mismos supuestos reconocidos a los Letrados de la Administración de Justicia»

La redacción anterior de este punto e) modificado es:

Tendrán derecho a descanso el día posterior a la finalización del servicio de guardia de permanencia de siete u ocho días, todos los funcionarios que lo hubieren prestado, siempre que durante la rotación prevista en el punto seis hubiere asistido más de un funcionario (gestor procesal, tramitador procesal y auxiliar judicial)

Si hubiere asistido a la rotación un único funcionario cada día, sólo tendrá derecho a la libranza el que hubiere trabajo el domingo. Si finalizase el viernes el servicio de guardia, el día de descanso se trasladará del sábado al lunes siguiente

La modificación del Reglamento Orgánico de LAJ publicada en el BOE del 23 de diciembre de 2024 estableció:

Artículo 85 bis. Libranzas

1) Las sustituciones entre letrados o letradas de la Administración de Justicia motivadas por vacaciones, permisos, libranzas y licencias no retribuidas se compensarán con la concesión de un día de libranza por cada tres días de sustitución, con un máximo de cinco al año

2) Al término del servicio de guardia ordinaria, los letrados de la Administración de Justicia podrán dejar de asistir al despacho el propio día de conclusión de la guardia o dentro de los tres días laborables siguientes en los mismos supuestos reconocidos a los integrantes de la carrera judicial

Durante la negociación de esta modificación del reglamento de LAJ, CCOO habíamos propuesto que el nuevo régimen de libranzas de este cuerpo fuera extensivo al resto, propuesta que el Ministerio de Justicia dijo aceptar

Pero solo lo ha hecho en parte, estableciendo las libranzas para las guardias pero sin contemplarlas para las sustituciones sin relevación de funciones (que especialmente se realizan con asiduidad en el cuerpo de Auxilio y en las Secretarías de los Juzgados de Paz) que sí merecen, a juicio del Ministerio, un día de libranza para el cuerpo de LAJ pero no para el resto de cuerpos, manteniendo así su actitud clasista y discriminatoria

Obvia, además, el Ministerio de Justicia, su obligación a utilizar un lenguaje inclusivo que contemple a las funcionarias (además de a los funcionarios) y a las letradas (además de a los letrados)

Despreciando una vez más el derecho del personal de justicia a la negociación colectiva de sus condiciones de trabajo, el Ministerio de Justicia ha ocultado deliberadamente su decisión a las organizaciones sindicales publicando directamente en el BOE una disposición que no ha negociado y que es insuficiente para CCOO, a pesar del avance que hemos conseguido para que todo el personal que hace cualquier tipo de guardia tenga el día de libranza, ya que la posibilidad de disfrutarlo en los tres días siguientes a la finalización de la guardia era un criterio habitual en la mayoría de los ámbitos territoriales con competencias en materia de Administración de Justicia y no supone, por tanto, ninguna mejora significativa


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Convocatoria de la Mesa Sectorial (Cantabria)


25 oct 2024



En el día de hoy hemos recibido la siguiente convocatoria:

"Por orden de la Excma. Sra. Consejera de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa, se le convoca a la reunión de la Mesa Sectorial del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, que se celebrará el próximo 28 de octubre del 2024 a las 12,00 horas, en la Sala Bahía de la 4ª planta del edificio del Gobierno de Cantabria sito en la c/ Peña Herbosa nº 29, para tratar el siguiente

ORDEN DEL DÍA

1. Aprobación, si procede, del acta de la reunión anterior, de 22 de octubre de 2024

2. Continuación del punto dos del orden del día para la Mesa Sectorial de 22 de octubre de
2024 “análisis de las propuestas con contenido económico que se ha propuesto incorporar
al Acuerdo para la Modernización y Mejora de la Eficiencia del Servicio Público de la Justicia en la Comunidad Autónoma de Cantabria”

3. Propuesta de calendario de sesiones de la Comisión Técnica para la elaboración de los
proyectos normativos de las órdenes de interinos, sustituciones, comisiones de servicio, jornada, vacaciones y permisos y Decreto regulador de la Oficina Fiscal

4. Ruegos y preguntas..."

Por lo que respecta al incremento del complemento específico, esperamos que, en esta ocasión, la administración nos presente una propuesta que merezca el calificativo de "presentable", valga la redundancia
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Protesta de CCOO por la demora de los incrementos retributivos de 2024


26 ene 2024



El Gobierno se compromete con CCOO a cumplir íntegramente el Acuerdo Marco y a negociar un nuevo Acuerdo que garantice el poder adquisitivo y condiciones laborales de las empleadas y empleados públicos

Sin embargo, no está previsto aplicar el incremento salarial de 2024 hasta que se apruebe la Ley de Presupuestos de este año

El Área Pública de CCOO, primer sindicato de las Administraciones públicas, se reúne con la nueva secretaria de Estado de Función Pública, Clara Mapelli, para retomar de inmediato el desarrollo del Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI y, posteriormente, iniciar una nueva mesa de diálogo social que incluya, entre otras materias, la negociación de un nuevo Acuerdo en la función pública que garantice el poder adquisitivo de las empleadas y empleados públicos, la mejora de las condiciones de trabajo, así como la transformación digital de las administraciones y sector público empresarial

Desde el sindicato se ha insistido en el encuentro que se mantuvo ayer, 24 de enero de 2024, en respetar el Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI aún vigente, entre otros, los incrementos pactados para el 2024 y la parte variable del 0’5% del 2023, una vez que se conozca el dato de haber superado el objetivo del 2’1 del PIB en 2023

La Administración nos ha comunicado sobre la subida de 2024 que, al no haberse incluido en ningún RD-Ley que lo contenga, irá en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2024 que se espera esté publicada en mayo; ahí vendrá con carácter retroactivo desde enero de este año, junto a un 0,5 de subida con efectos desde el 1 de enero de 2023 por el incremento del PIB

CCOO es el único sindicato que exige y ha exigido la aprobación de estos incrementos mediante RD-Ley, sin esperar a la ley de presupuestos, pero el Gobierno dice que no puede hacerlo porque no está justificada la urgente necesidad y porque los grupos políticos que apoyan al gobierno no lo admiten, al contrario de lo que ha ocurrido con la subida de las pensiones

Desde CCOO estamos solicitando reuniones con estos grupos parlamentarios para que apoyen que el incremento retributivo de 2024 se haga de forma inmediata y mediante Real Decreto Ley

A los incrementos retributivos antes mencionados hay que sumarles los temas pendientes del Acuerdo Marco, como son la recuperación de la jubilación parcial para el personal funcionario o el carácter de mínimos de los permisos, la implantación de las 35 horas y el teletrabajo en el ámbito de la Administración del Estado, la carrera profesional; así como la implantación del grupo B y la adaptación al Marco Español y marco europeo de las cualificaciones del nuevo cuadro de clasificación profesional

Igualmente, CCOO ha recordado los compromisos con el sector público institucional, la necesidad de tener una mesa específica para ello que, respetando la negociación colectiva en cada ámbito, pueda ayudar a desbloquear o solucionar los distintos conflictos que tenemos o se puedan dar, como el caso, en estos momentos, de la situación de las empresas de aguas, en algunos casos con salarios por debajo del SMI, Renfe o Adif, con claros incumplimientos

Del mismo modo, esta organización sindical incide en que de manera inmediata se retomen las distintas mesas de negociación en el ámbito de la Administración del Estado y local para, entre otras, poder acometer la negociación de la Ley de Función Pública, incluida las materias del RDL 6/2023, la negociación de temas específicos pendientes del servicio exterior, SEPE o Justicia

Por último, CCOO ha trasladado la preocupación por el retraso en la resolución de los procesos de estabilización en el empleo público, la necesidad de acometer la recuperación de empleo público y el rejuvenecimiento de las plantillas

Por ello, desde el sindicato se considera necesario la convocatoria urgente de la comisión de seguimiento del Acuerdo del plan de choque, así como todo lo que ha de trasladarse a los PGE 2024, donde hemos insistido en la necesidad de mejora de las pensiones de clases pasivas, pluses de residencias, entre otras materias de gran calado

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Preacuerdo para la subida salarial en el Sector Público y otras materias


3 oct 2022



El Área Pública de CCOO admite la oferta salarial presentada en la Mesa General de las Administraciones Públicas

El acuerdo está supeditado al cierre de un pacto más amplio que contemple el resto de mejoras de condiciones de trabajo, asumidas por el Gobierno en el marco del diálogo social

El área pública de CCOO, como Primer sindicato en el ámbito de las Administraciones Públicas, ha dado el visto bueno a la oferta de subida salarial presentada en el día de hoy en la mesa general, algo que valora pues, aun siendo insuficiente, es la primera vez que se revisa al alza la subida contemplada en los PGE, que será de un del 1.5% adicional con carácter retroactivo desde el uno de enero, y que se materializará en una sola paga antes de final de año, a lo que se acompañará un acuerdo plurianual con una subida del 9’8% acumulado y un conjunto de avances en materias importantísimas demandadas por el sindicato

Hay que recordar que desde el cierre del Acuerdo del 2018, con el Gobierno de Montoro, las subidas salariales del 0.9% del 2021 y 2% del 2022 fueron impuestas por el Gobierno, sin que se hubiese producido negociación alguna. De ahí que CCOO iniciara un proceso de movilización cuyo punto de inflexión ha sido la concentración frente al Congreso de los Diputados el pasado 14 de Julio, y que ha dado como resultado la apertura de la mesa de diálogo social y el pre-acuerdo salarial y de condiciones de trabajo que el Gobierno ha comprometido, que se materializará en un nuevo Acuerdo 2022/2024

Además de los incrementos retributivos, este Acuerdo contempla, entre otras cuestiones, el desarrollo y actualización del EBEP, Estatuto Marco y Ley de Función Pública de la AGE, el cambio normativo en materia de igualdad, la derogación de los recortes impuestos en 2012, que contempla, entre otros, la recuperación de derechos sindicales, el derecho a la negociación colectiva, así como el reconocimiento de los acuerdos y convenios colectivos, el 100% de IT sin condicionamiento, la eliminación de restricciones para la implantación de la Jornada de 35 horas para todas las administraciones públicas así como la plena aplicación de la clasificación profesional, la negociación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en lo que respecta a la modernización y digitalización de las Administraciones Públicas, la mejora en el empleo público, el acceso, promoción y movilidad, el desarrollo en el ámbito de la Administración General del Estado del Teletrabajo, la recuperación de la jubilación anticipada parcial del EBEP, así como la flexibilización de la tasa de reposición para recuperar empleo público

Junto a esta batería de medidas se contempla, de una vez por todas, el pleno reconocimiento al sector público empresarial, el derecho a la negociación colectiva y la afectación directa del contenido del Acuerdo, así como dos deudas históricas pendientes, la actualización salarial en el servicio exterior y la revisión del modelo de centros penitenciarios

CCOO valora este pre-acuerdo que se deberá cerrar en pocas semanas, calendarizado para su desarrollo, y seguirá trabajando por la recuperación del resto de materias que aún no se han podido conseguir, como la mejora de haberes reguladores de clases pasivas, la indemnización por residencia, o la aportación a los planes de pensiones públicos, entre otros, que lo haremos en la tramitación parlamentaria de los PGE 2023 con los grupos parlamentarios
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Ante las presiones de CCOO el Gobierno convoca mesa para la negociación de las retribuciones y condiciones de trabajo en el Sector Público


23 sept 2022



El Gobierno responde a CCOO y convoca la mesa de negociación, en el marco del diálogo social, para dar cumplimiento a su compromiso de cerrar un Acuerdo de retribuciones y de condiciones de trabajo en la Función Pública

El Área Pública de CCOO ve positiva la convocatoria de la mesa de negociación, algo que veníamos exigiendo, pero advierte al Gobierno de que, para cerrar un Acuerdo, debe garantizarse el poder adquisitivo de las y los empleados públicos, la calidad del empleo y la mejora sustancial de las condiciones de trabajo, que pasa necesariamente por la derogación de los recortes de 2012

 

Entendemos que esta convocatoria responde al escrito que hemos dirigido al Gobierno de Sánchez, por lo que no vamos a rebajar las expectativas que nos hemos propuesto para el posible cierre de un nuevo Acuerdo en la Función Pública

 

En consecuencia, desde CCOO, vamos a plantear la necesidad de cerrar un Acuerdo plurianual, que permita el mantenimiento del poder adquisitivo y esto incluye revisar al alza los incrementos también para este año 2022, fijados imperativamente en el 2% en los PGE 2022.  En este sentido, ya advertimos que no vamos a permitir la constante pérdida de poder adquisitivo, , ni dejar atrás al sector público empresarial, al que hay que garantizarle el derecho a la negociación colectiva y la afectación plena de los Acuerdos de la Función Pública

 

Este nuevo Acuerdo, que, insistimos, tiene que ser plurianual, debe contener otra batería de materias que venimos demandando y que son igualmente prioritarias, como la implantación de la jornada de 35 horas, el desarrollo y actualización del EBEP, Estatuto Marco y la Ley de Función Pública de la AGE, actualización de la Ley de bases de régimen local y derogación de la ley de racionalización y sostenibilidad, así como un cambio normativo en materia de igualdad

 

También es necesario acometer mejoras en el acceso al empleo público y muy especialmente en la carrera, promoción y clasificación profesional, así como, entre otros, culminar los compromisos adquiridos en determinados ámbitos

 

En materia de empleo, además de llevar a buen término la estabilización de las plantillas, resulta del todo imprescindible avanzar en la eliminación de tasa de reposición y acometer de manera urgente un plan de empleo para el rejuvenecimiento de las plantillas

 

Junto a estas materias y de cara a la negociación de los PGE 2023, es necesario acometer otras no menores, como la revisión de las indemnizaciones por razón de servicio o de residencia, las mejoras de haberes reguladores de clases pasivas y la recuperación de las aportaciones a los planes de pensiones públicos o la jubilación anticipada

 

Tenemos razones de sobra, por lo que, si no tenemos respuesta inmediata, anunciaremos nuevas movilizaciones

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Desde CCOO exigimos subidas salariales que compensen la pérdida de poder adquisitivo del personal de los servicios públicos


28 jun 2022


 


  • Las empleadas y empleados públicos hemos demostrado una vez más en esta crisis sanitaria, la profesionalidad y entrega en nuestra labor como servidores públicos y no vamos a permitir que se menosprecie nuestro trabajo, hecho que sin duda se hace si no se cierra un nuevo acuerdo salarial, de reconocimiento y mejora de nuestras condiciones de trabajo

Desde el Área Pública de CCOO exigimos la negociación de un nuevo acuerdo salarial y de condiciones de trabajo, que garantice el poder adquisitivo, derogue los decretos de recortes de derechos del 2010/12 y mejore sustancialmente las condiciones de trabajo en el sector público, subidas salariales que compensen la pérdida de poder adquisitivo del personal de los servicios públicos

CCOO Exigimos un Acuerdo plurianual que contemple:

SUBIDA SALARIAL

  • Recuperación de la pérdida de poder adquisitivo

  • Pago de los fondos adicionales 2021-2024 dónde aún no se hayan abonado

  • Derogación Decretos 2010 y 2012 de recortes

CARRERA PROFESIONAL

  • Extensión de la Carrera Profesional a todos los y las empleadas públicas

CLASES PASIVAS

  • Incremento sustancial de haberes reguladores de los grupos del A2 al E

IGUALDAD

  • Cambio y adaptación normativa para los Planes de igualdad y los protocolos de acoso sexual y por razón de sexo

EMPLEO

  • Eliminación de la tasa de reposición

  • Planes de empleo para rejuvenecimiento de las plantillas

JORNADA LABORAL

  • Implantar las 35 horas semanales en el conjunto del Sector Público

JUBILACIONES ANTICIPADAS

  • Analizar puestos de trabajo o colectivos para anticipar la edad de jubilación

MEJORAR EN DERECHOS

  • Participación en los procesos de Digitalización y Modernización de las Administraciones Públicas. Formación y Cualificación Profesional

  • Salud Laboral, Prevención de Riesgos Laborales

  • Desarrollo y Mejoras del EBEP. Ley AGE y leyes de Función Pública de las CCAA

  • Revisión de la indemnización por residencia e indemnizaciones por razón de servicios (Kilometraje y dietas)

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CCOO exige mejoras salariales para el conjunto del sector público


5 may 2022



CCOO
exige al Gobierno que convoque ya la Mesa General de la Función Pública para la subida salarial de más de tres millones de empleadas y empleados públicos
  • Este sindicato no va a permitir que se desprecie al personal de los servicios públicos y exige subidas salariales que compensen la pérdida de poder adquisitivo y la vinculación al índice de precios al consumo (IPC), compromisos que sí están contraídos para las pensiones
Igualmente, en materia del empleo público, es necesaria una revisión de los sistemas de acceso, promoción y traslados, cualificación y clasificación profesional o formación, igualdad, el desarrollo de la carrera profesional, el establecimiento de la jornada de 35 horas o el desarrollo del teletrabajo y la mejora de haberes reguladores y pensiones del personal de clases pasivas

CCOO denunció la falta de negociación de los Presupuestos Generales del Estado para este año 2022, donde solo se ha contemplado una subida del 2%, algo del todo insuficiente, por lo que exige al Gobierno iniciar la negociación de un nuevo acuerdo salarial plurianual que garantice el mantenimiento del poder adquisitivo

El anterior Acuerdo, negociado con el Partido Popular, fue el inicio de la recuperación de los salarios para las empleadas y empleados públicos, con un acuerdo trianual 2018/2020, donde se pudo compensar en parte la pérdida salarial, tras el periodo de austeridad establecido con la excusa de la crisis económica anterior. Desde entonces, a pesar de las reiteradas peticiones por parte del sindicato, no se ha renovado, por lo que urge ya la negociación

Este nuevo Acuerdo debe además contener otras materias imprescindibles como el empleo. Se debe cerrar un gran pacto por el empleo público, que consiga recuperar los estándares de empleo, así como acometer el rejuvenecimiento de las plantillas, teniendo en cuenta la edad próxima a la jubilación de una parte importante de las administraciones públicas y del sector público empresarial

Igualmente, en materia del empleo público, es necesaria una revisión del Estatuto básico del Empleo Público, en todo lo concerniente a los sistemas de acceso, promoción y traslados, así como cualificación y clasificación profesional o formación; al igual que también es imprescindible la actualización y reforma de determinados apartados del Estatuto Marco

Dentro del resto de materias, CCOO quiere priorizar la modificación normativa en materia de igualdad, el desarrollo de la carrera profesional, el establecimiento de la jornada de 35 horas con carácter básico o el desarrollo del teletrabajo, garantizando la prestación directa de los servicios públicos a la ciudadanía, y la mejora de haberes reguladores y pensiones del personal de clases pasivas

Son muchas las tareas pendientes, derechos de las y los trabajadores públicos, por lo que CCOO pedirá de manera inmediata la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas, de lo contrario no se descarta ninguna medida de acción para llevarlo a cabo
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El 22 de febrero comenzará la negociación para el conjunto de las administraciones públicas


11 feb 2022



Reunión de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo sobre Temporalidad

CCOO, UGT y CSIF exigen a Función Pública que “ordene” el desarrollo de los procesos de estabilización

Los tres sindicatos hemos trasladado a Función Pública las distintas casuísticas que se están produciendo en las últimas fechas y que desvirtúan lo establecido en la Ley 20/2021

Hemos exigido que ordene de manera inmediata los criterios comunes que deben imperar en el desarrollo de los procesos selectivos para reducir la temporalidad en las administraciones públicas y en el sector público empresarial

Para CCOO, UGT y CSIF deben establecerse criterios uniformes para que:
  1. Se convoquen todas las plazas que estén ocupadas de manera temporal al menos durante tres años, con independencia de que estén o no en las relaciones de puestos de trabajos, plantillas, catálogo o cualquier otra ordenación de recursos humanos
  2. El desarrollo de los procesos selectivos ofrezca seguridad jurídica y garantice el principio de equidad para evitar que se produzcan situaciones lesivas para las personas que participen en ellos
Las tres organizaciones sindicales hemos insistido en que estos procesos deben conciliarse con los procesos de promoción interna y los concursos de traslados, ejecutándose de manera simultánea su resolución

Función Pública nos ha trasladado que tras la próxima reunión que mantendrán con la Comisión de Coordinación de Empleo nos trasladarán un borrador sobre criterios comunes en el desarrollo de dichos procesos de estabilización

CCOO, UGT y CSIF han solicitado a Función Pública que clarifiquen la situación de los procesos selectivos que se hayan convocado con anterioridad a la publicación de la Ley 20/2021

CCOO, UGT y CSIF trasladan a Función Pública la prioridad sobre los puntos que deben ser objeto de negociación

Pese a que por los interlocutores de Función Pública se trasladó en la reunión que este no era el ámbito para negociar el incremento de retribuciones, los tres sindicatos insistimos en que es imprescindible que en la negociación debe hablarse, en este u otro ámbito de negociación, sobre de retribuciones si aspiran a conseguir un acuerdo para el resto de legislatura

Hemos trasladado las materias que consideramos deben ser objeto de negociación:
  • Movilidad y Promoción Interna
  • Retribuciones
  • Jubilación (régimen general y clases pasivas)
  • Empleo
  • Jornada laboral de 35 horas
  • Desarrollo del EBEP
  • Problemática del Sector Público Empresarial
Función Pública nos emplaza para el próximo día 22 de febrero, fecha en que se iniciará la negociación y se avanzará sobre los criterios comunes de desarrollo de los procesos de estabilización
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Nota de Prensa: los sindicatos mayoritarios de las Administraciones Públicas exigen a la ministra de Política Territorial y Función Pública, Carolina Darias, que garantice la negociación y recuperación del poder adquisitivo de más de tres millones de empleadas y empleados públicos


22 oct 2020



Los sindicatos mayoritarios de las Administraciones Públicas exigen a la ministra de Política Territorial y Función Pública, Carolina Darias, que garantice la negociación y recuperación del poder adquisitivo de más de tres millones de empleadas y empleados públicos


CCOO, UGT y CSIF se han dirigido por escrito a la ministra de Política Territorial y Función Pública reclamando la apertura inmediata de la negociación de un tercer Acuerdo que garantice entre otros, la recuperación del poder adquisitivo y la creación de empleo público para erradicar los déficits estructurales en las plantillas de las distintas Administraciones Públicas

Madrid 22 de octubre de 2020

Los tres sindicatos mayoritarios de la Función Pública demandan el cumplimiento íntegro de los Acuerdos suscritos en el 2017 y 2018 en materia de empleo, estabilización y consolidación, planes de igualdad, retribuciones, jornada y resto de materias contenidas en los mismos

Igualmente exigen abrir de manera inmediata la negociación de un Nuevo Acuerdo que garantice la recuperación del poder adquisitivo y seguir mejorando las condiciones de las trabajadoras y trabajadores de los servicios públicos, desterrar definitivamente la precariedad, incrementar las plantillas y eliminar las limitaciones generadas por la tasa de reposición

En este sentido igualmente resulta imprescindible un mayor compromiso con el desarrollo del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley de Función Pública de la Administración General del Estado, y el resto de materias, tales como la carrera y clasificación profesional, jubilación anticipada, planes de igualdad o la formación en clave digital

Por ello los sindicatos firmantes hemos requerido a la sra. ministra que abra el diálogo de forma permanente y en correspondencia con el desempeño de los cometidos a los que su cargo en el Gobierno le obliga. Así como ponga fecha de manera inmediata a la preceptiva negociación de los PGE 2021 y la negociación de un nuevo acuerdo de la función pública tal y como se comprometió en el mes de junio

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Aprobada la Ley para hacer frente al COVID-19 en la Administración de Justicia


16 sept 2020




APROBADO HOY EN EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS EL PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS PROCESALES Y ORGANIZATIVAS PARA HACER FRENTE AL COVID-19 EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA (PROCEDENTE DEL REAL DECRETO-LEY 16/2020, DE 28 DE ABRIL)

Este Real Decreto-Ley, que contenía medidas tales como la jornada de tarde, la movilidad forzosa dentro del municipio o la habilitación del mes de Agosto, ha sido modificado en su tramitación urgente como Proyecto de Ley mediante enmiendas en el Congreso y en el Senado, desoyendo el Ministerio de Justicia y los grupos parlamentarios las principales propuestas que CCOO les habíamos solicitado

El texto de la Ley finalmente aprobada, y que entrará en vigor tras su publicación en el BOE, en lo que afecta a las condiciones de trabajo del personal de Justicia incluye las siguientes disposiciones:

Artículo 21, que prorroga hasta el 20 de junio de 2021 la posibilidad actual de que “los secretarios coordinadores provinciales podrán asignar a los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia la realización de cualquiera de las funciones que, siendo propias del cuerpo al que pertenecen, estén atribuidas a cualesquiera otras UPAD, Juzgado o Tribunal”. Si no hay personal voluntario esta movilidad podrá ser forzosa y siempre dentro del mismo orden jurisdiccional y localidad

Artículo 22, que prorroga también hasta el 20 de junio de 2021 la posibilidad de establecer jornadas de mañana y tarde en las mismas condiciones en que se hace en la actualidad

Estas medidas, que permanecen con la misma redacción que en el RD Ley 16/2020 fueron duramente contestadas por CCOO (Ver las siguientes notas informativas)

24 de abril - CCOO no aceptara imposiciones del ministro de Justicia que no garanticen por encima de todo la salud del personal de Justicia

26 de abril - CCOO vuelve a exigir al ministerio de justicia la negociación colectiva para que la jornada de tarde y la movilidad sean siempre voluntarias y se garanticen los medios de protección

29 de abril - El ministro Campo consuma su desprecio al derecho a la negociación colectiva y al personal de Justicia

CCOO se pone como siempre a disposición de todo el personal de Justicia para evitar la movilidad y jornadas de tarde forzosas cuando se intente llevar a cabo por algún/a responsable judicial o de la Administración

Señalamos también algunos artículos de este texto aprobado que afectan a nuestro trabajo diario en los juzgados, tribunales y fiscalías:

- El Artículo 14 sobre la celebración de actos procesales mediante presencia telemática

- El Artículo 16 sobre las exploraciones médico-forenses y de los equipos psicosociales

- El Artículo 18 sobre la atención al público

- La disposición adicional primera sobre ampliación de plazos en el ámbito del Registro Civil

- La disposición adicional cuarta sobe los actos de comunicación del Ministerio Fiscal

- La disposición adicional quinta sobre creación de 100 nuevas unidades judiciales en el plazo de 3 años

- La disposición final cuarta que modifica la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia

El texto aprobado hoy en el Congreso puede verse en el siguiente enlace. A partir de la página 3 figura el texto aprobado inicialmente en el Congreso con las enmiendas del Senado que han sido aprobadas hoy

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Nota informativa de la Dirección General de Justicia con recomendaciones y aclaraciones ante el pase a la Fase 3


8 jun 2020



La Dirección General de Justicia ha publicado en la página web del Gobierno de Cantabria una nota informativa con "recomendaciones y aclaraciones" ante la activación, desde el 9 de junio de 2020, de la Fase 3 del Plan de Desescalada en la Administración de Justicia en Cantabria


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Reunión con el Director General de Justicia para negociación de la Resolución de adaptación de criterios de aplicación de la Fase 3 del Plan de Desescalada en la Administración de Justicia en Cantabria


6 jun 2020



REUNIÓN, POR VIDEOCONFERENCIA, CON EL DIRECTOR GENERAL DE JUSTICIA, SÁBADO 6 DE JUNIO DE 2020

La tercera fase del Plan de Desescalada comenzará el 9 de junio, en Cantabria, sin turno de tarde como criterio general pero con una peligrosa excepción que podría convertirse en regla: la celebración de juicios o vistas en horario de tarde

CCOO se opone a esta posibilidad y formula además otras alegaciones para que el trabajo en turno de tarde sea exclusivamente voluntario o por razones de conciliación de la vida laboral y familiar y para potenciar y flexibilizar el acceso al teletrabajo
En la tarde del sábado 6 de junio de 2020 se ha celebrado una nueva reunión, por videoconferencia, con el Director General de Justicia, convocada el mismo día tras la publicación, en el BOE, de la Orden JUS/504/2020, de 5 de junio, por la que se activa la Fase 3 del Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19
El Director General de Justicia quiso destacar en su intervención inicial que, sin perjuicio de que será trasladado, tras la negociación, a la Comisión de Seguimiento Territorial, en el borrador han optado por mantener el trabajo en jornada ordinaria con carácter general salvo excepciones relacionadas con la conciliación de la vida laboral y familiar y la posibilidad de señalamientos de vistas o juicios por la tarde, añadiendo que se concreta el límite de duración de los permisos por deber inexcusable y se introduce un mínimo régimen jurídico para el teletrabajo. Al respecto, conviene recordar que CCOO presentó propuestas por escrito y solicitó la convocatoria de una Mesa Sectorial al efecto, pues el teletrabajo constituye un cambio sustancial en las condiciones de trabajo que no puede ventilarse con una negociación mínima por su relación con cuestiones conexas, y mucho menos sin negociación
En su intervención, CCOO formuló las siguientes alegaciones:
  • Rechazamos tajantemente la posibilidad establecida en el apdo. 1.2 b) donde se menciona el trabajo de “los funcionarios necesarios para la celebración de juicios o vistas en horario de tarde. Por mucho que se predique la voluntariedad, a falta de voluntarios se activaría la movilidad forzosa, que también rechazamos por considerarlo contrario a lo establecido en la LOPJ como CCOO ya ha manifestado reiteradamente. Hemos argumentado, además, que existe un riesgo más que probable de que esta excepción suplante a la regla general, que la posibilidad plantea problemas logísticos, por exigir un refuerzo de las tareas de limpieza y desinfección, entre otras, cuando no se está cumpliendo a rajatabla el protocolo ni siquiera en horario de mañana, y choca frontalmente con otras normas que persiguen reducir o excluir la presencia de usuarios en las sedes judiciales por la tarde. Todas las organizaciones sindicales hemos coincidido en el rechazo
  • Hemos solicitado la adición de un apartado en el que también se permita trabajar por la tarde, voluntariamente, a compañeros y compañeras especialmente sensibles a determinados riesgos, conforme al art. 25 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, cuyo estado pueda haber sido afectado por la modificación de las condiciones de trabajo tras la aplicación de las medidas preventivas
  • En el apartado 3.1, en lo relativo a la solicitud del teletrabajo, hemos solicitado que se sustituya la expresión “previa petición del responsable funcional” por “previa petición del/ de la interesado/a. De la autorización de dará traslado al responsable funcional del órgano o unidad en que esté destinado/a”
  • En el apartado 3.2, sobre el horario del teletrabajo, hemos pedido que se añada la expresión “salvo que por necesidades de servicio o por conciliación de la vida laboral y familiar la administración autorice que se haga en horario de tarde”
  • En el apartado 3.5 sobre el porcentaje máximo de los/las funcionarios/as de cada órgano que pueden prestar simultáneamente servicios en régimen de teletrabajo, hemos reclamado una flexibilización mediante la adición al texto de la expresión “salvo que con un porcentaje mayor queden cubiertas las actuaciones, presenciales o telemáticas y la atención a vistas y señalamientos que deban realizarse cada día en sede judicial”
  • En el apartado 3.6, que requiere que los funcionarios que estén prestando servicios en régimen de teletrabajo acudan presencialmente al menos dos días a la semana (excepto los excluídos de presencialidad por ser especialmente sensibles frente a la exposición al COVID-19 y los que tengan concedido permiso por deber inexcusable), también hemos pedido flexibilidad, añadiendo al texto “salvo si, por acuerdo de los integrantes del órgano, servicio o unidad, ratificado por la Administración, queda garantizada con otra frecuencia presencial la cobertura de las actuaciones, presenciales o telemáticas, la atención a los usuarios y los señalamientos de vistas o actos que ineludiblemente deban realizarse cada día en la sede judicial”
  • En el apartado 2 del segundo epígrafe (Permiso por deber inexcusable) hemos solicitado que se sustituya la expresión “extinguiéndose sus efectos el 21 de junio de 2020”, al final del primer párrafo, por “extinguiéndose sus efectos cuando así se determine para el conjunto de las administraciones públicas”. Si estos permisos dimanan de normativa general de Función Pública, no es de recibo que el Ministerio de Justicia ni la Dirección General de Justicia se aparten unilateralmente de la regla común en perjuicio del personal de Justicia
  • En el mismo apartado 2 y en el siguiente párrafo, sobre permisos y licencias, hemos rclamado que se sustituya la última expresión por “mantendrán intacta su efectividad y los criterios de su devengo, con la flexibilidad excepcionalmente reconocida en lo relativo al período de disfrute”
Asimismo, hemos exigido que se incorporen al texto algunas cuestiones importantes que no figuran en el borrador:
  • Mención expresa del protocolo a seguir en casos de contacto estrecho con personas contagiadas (aislamiento en su domicilio de las personas afectadas durante 14 días y permitir la reincorporación solo tras resultado negativo en test PCR
  • Por enésima vez hemos reivindicado la realización de test PCR a todo el personal
  • Por último, hemos pedido que se recoja expresamente en la resolución la obligatoriedad de la limpieza de salas de vistas y de videoconferencias, su mobiliario y objetos, después de cada uso y previamente al siguiente
La administración no ha dado señales de acoger ninguna de las alegaciones de las organizaciones sindicales, y además aún debe dar traslado del borrador a la Comisión de Seguimiento Territorial. En cualquier caso, la resolución definitiva se publicará el 6 o 7 de junio
Reiteramos los enlaces al borrador de la Resolución y a la norma matriz, la Orden JUS/504/2020
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Reunión con el Director General de Justicia para el pase a la Fase 3: CCOO se opone a la modificación del régimen de disfrute de vacaciones y a la imposición del turno de tarde


3 jun 2020




REUNIÓN CON EL DIRECTOR GENERAL DE JUSTICIA, PREPARATORIA PARA EL PASE A LA FASE 3 DEL PLAN DE DESESCALADA EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN CANTABRIA

CCOO se opone a la modificación del régimen ordinario de disfrute de vacaciones, permisos y licencias y al establecimiento de turnos de tarde si no es por razones sanitarias o de conciliación, y siempre que se respete la voluntariedad, como requiere la LOPJ

El miércoles 3 de junio de 2020 ha tenido lugar una reunión por videoconferencia con el Director General de Justicia del Gobierno de Cantabria, convocada por él mismo el día anterior, sin orden del día, para conocer la opinión de las organizaciones sindicales acerca de todo lo concerniente al pase a la fase 3 en la Administración de Justicia en Cantabria, con presencia del 100%100 de los trabajadores y trabajadoras. Más concretamente, quería nuestra opinión sobre la conveniencia de establecer turnos de trabajo de mañana y tarde y sobre la posible modificación del régimen de disfrute de las vacaciones y permisos correspondientes a 2020  – y los que aún quedan pendientes de 2019-, ya que el Ministerio de Justicia intenta imponer, en su ámbito de gestión, un régimen mucho más restrictivo que el ordinario

Manifestó el Director General que ha participado en una videoconferencia con el Ministerio de Justicia en la que se le informó sobre los borradores de dos circulares que el Ministerio de Justicia pretende dictar, que serán obligatorias en su ámbito, si bien aspira a un seguimiento de las demás administraciones prestacionales: una de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia sobre las vacaciones de los funcionarios de los cuerpos generales y especiales de la Administración de Justicia del territorio no transferido para el año 2020, y otra de la Secretaría General de la Administración de Justicia que establece medidas para la conciliación de la vida personal y profesional de los funcionarios y profesionales de la Justicia durante el mes de agosto de 2020

El régimen de disfrute de vacaciones que el Ministerio pretende imponer, según el borrador de la circular correspondiente, es el siguiente:
  • Durante los primeros diez días del mes de agosto, salvo en los juzgados que presten servicio de guardia, u otras necesidades del servicio debidamente justificadas, el número máximo de funcionarios que podrá trabajar en cada órgano judicial, fiscalía, unidad o servicio común será del diez por ciento de la plantilla
  • Durante el resto de los días del mes de agosto, sin contar los juzgados que presten servicio de guardia, el número máximo de funcionarios que podrá trabajar en cada órgano judicial, fiscalía, unidad o servicio común será de entre el veinte y el treinta por ciento de la plantilla, determinándose el número concreto en cada territorio por el respectivo responsable funcional, en función de las necesidades del servicio
  • Durante los meses de junio, julio y septiembre, no podrán disfrutar de vacaciones simultáneamente funcionarios que superen el 20% de la plantilla de cada órgano judicial, fiscalía, unidad o servicio común, excepto que en el órgano concreto haya menos de cinco funcionarios, en cuyo caso no podrán disfrutar simultáneamente de días de vacaciones o asuntos propios más de un funcionario
En cuanto al borrador de la circular de la Secretaría General de la Administración de Justicia, establece un régimen de vacaciones similar para los Letrados de la Administración de Justicia, además de otras normas sobre limitación de actuaciones con presencia física en los días hábiles de agosto, limitación de actos de comunicación y de presencia de ciudadanos y profesionales en las sedes judiciales, etc

Añadió el Director General que el Ministerio de Justicia va a dictar una instrucción general acerca del régimen de disfrute de los permisos por cumplimiento de deberes de carácter inexcusable y sobre teletrabajo, y que es posible que parte de su contenido, al menos, sea obligatorio para todas las CCAA con competencias

Como punto de partida antes de las intervenciones de los representantes de las organizaciones sindicales, el Director General manifestó que su idea inicial es acoplar el régimen de disfrute de vacaciones y permisos por asuntos particulares no disfrutados – también los correspondientes a 2019 – a lo que se decida en el resto de administraciones competentes

CCOO fue, al respecto, muy tajante: el régimen de disfrute de vacaciones que el Ministerio de Justicia pretende imponer – sin negociación, como es su costumbre- no solo es cuestionable desde el punto de vista jurídico, pues invade la regulación que las CCAA tienen establecida con sus propios instrumentos normativos, e implica una degradación sustancial de derechos y condiciones de trabajo de los funcionarios y funcionarias: es que además es ineficaz para el fin que se pretende, por no decir contraproducente. Esperar que todos los órganos judiciales, cualquiera que sea su estado y jurisdicción, encajen en el mismo corsé, no es más que un producto del desconocimiento de la realidad. Lo verdaderamente oportuno y efectivo, a juicio de CCOO, es el respeto al régimen actual, para que cada órgano o servicio pueda ajustar la fórmula de equilibrio entre los derechos del personal y lo que la situación derivada del confinamiento demanda, aumentando la flexibilidad, y al respecto hemos solicitado que las vacaciones y días de permiso por asuntos particulares correspondientes a 2020 – y los pendientes de 2019- puedan ser disfrutados hasta el 31 de marzo de 2021. Esta misma fue la posición defendida por el resto de organizaciones sindicales

Al Director General de Justicia le pareció excesiva la prolongación del período de disfrute hasta 31 de marzo de 2021, mostrándose partidario de reducirla hasta el 28 de febrero. Con respecto al resto del régimen de vacaciones sigue aspirando a un consenso con las organizaciones sindicales, aunque ya le hemos dejado bien clara nuestra postura, y, a falta de saber si lo que el Ministerio de Justicia disponga será obligatorio en Cantabria o no, especula con la posibilidad de establecer una recomendación, salvo que los servicios jurídicos del Gobierno de Cantabria dictaminen a favor de otra posibilidad

Por lo que respecta a la posibilidad de establecer turno de tarde, CCOO manifestó lo siguiente:
  • El procedimiento de Actuación para los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales frente a la exposición al SARS-Cov-2, dictado por la autoridad sanitaria, exige una evaluación individualizada del riesgo, como ya nos hemos hartado de decirle a la administración verbalmente y por escrito. Asimismo, el apdo. 1.5 del Anexo I de la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, dispone que “Cualquier decisión sobre la proporcionalidad de las medidas preventivas debe basarse en información sobre la evaluación de riesgo de exposición específica y la información aportada por las autoridades sanitarias”. El apdo. 2.3 requiere la utilización de “barreras físicas (mamparas, paneles, mobiliario...) para mantener una separación efectiva entre los puestos de trabajo cuando no se pueda garantizar la distancia entre los mismos”. Y según esta misma norma, estas medidas de protección colectiva (entre las que se incluyen las apuntadas) son de aplicación preferente a las medidas de protección individual, a la fijación de turnos de trabajo e incluso al teletrabajo. Y además, en el Anexo III se deja meridianamente claro que el establecimiento de turnos queda a criterio de cada administración competente, y que solo puede imponerse por razones sanitarias
  • Repasemos: la Dirección General de Justicia no ha hecho, al parecer, una evaluación individualizada de riesgos con la participación de los Delegados de Prevención, como exige la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. De esa evaluación se debieron deducir los riesgos que no pueden evitarse en origen y las consiguientes medidas de prevención y de protección de los trabajadores. Llevamos tres meses reclamando esto, y ahora... ¿pretenden que mordamos el cebo y especulemos sobre dónde conviene poner turnos y dónde no?. Es la Dirección General de Justicia la que conoce el aforo de los espacios judiciales, de lo que no ha informado, y la que debe haber evaluado los riesgos específicos, ante la Pandemia, de cada puesto de trabajo. Además, si el establecimiento de turnos solo es legítimo por razones sanitarias, y si además queda legalmente descartado ante medidas de protección colectiva de aplicación preferente (mascarillas, pantallas de separación de puestos de trabajo, etc) que ya se han implantado ¿Cuál es la respuesta posible?
  • La respuesta de CCOO fue que no está legalmente justificada la imposición de turnos de trabajo de mañana y tarde en lugar de la jornada ordinaria porque no hay razones sanitarias que lo avalen y porque se han adoptado medidas de protección preferentes, con evaluación de riesgos o sin ella. Estamos, no obstante, dispuestos a negociar una vía que posibilite que quienes deseen trabajar por la tarde por razones de conciliación puedan hacerlo, siempre que sea voluntariamente, pero no admitimos que se imponga y mucho menos vulnerando los requisitos de voluntariedad e incentivación establecidos en la LOPJ. Si la administración quiere ampliar el horario de servicio de los órganos de la Administración de Justicia tiene a su disposición otros instrumentos, perfectamente legales y que no vulneran los derechos de nadie
El Director General de Justicia dijo al final de la sesión que se está planteando darnos traslado de una propuesta de resolución en la que se dé preferencia al trabajo por la mañana, pues admite que no hay razones sanitarias que aconsejen el establecimiento de un doble turno. Finalmente, después de la reunión nos ha enviado un documento con un cálculo de los aforos máximos en los órganos judiciales de Cantabria y asegura que recibiremos las fichas individualizadas de los puestos de trabajo
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