El Gobierno ha asegurado que, en estos momentos, el abuso de temporalidad afecta a menos de 200.000 trabajadores, algo que se da cuando el empleado lleva más de tres años con contratos de duración determinada. En total, la Administración tiene a 900.000 personas en situación temporal. Datos de 2025 cifran en un 32% los trabajadores del conjunto de las administraciones que concatenaron contratos en 2025, unos 3,1 millones, según el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.El área que dirige el ministro Óscar López trabaja con las comunidades autónomas para intentar paliar esta situación. Así, estudia un sistema de alertas que avise a las empresas cuando algún trabajador supere los tres años enganchando contratos. Además, valora la posibilidad de endurecer las sanciones a aquellas empresas públicas que cometan estos abusos de temporalidad.
En el horizonte, la vigilancia de la Unión Europea que empezó hace más de una década. Desde 2014, Bruselas investiga a España por incumplir la directiva 1999/70 de la UE que regula el trabajo temporal y establece que los titulares de estos contratos deben recibir el mismo trato que aquellos que son fijos. En este tiempo, varias sentencias de la justicia europea han señalado la ineficiencia de España para remedir esta situación.
Acaba el plazo de Bruselas para presentar medidas
El calendario apremia. El pasado 29 de junio, el Ejecutivo solicitaba una prórroga de dos meses a la Comisión Europea. Ese día acababa el plazo otorgado por Bruselas para que el Ministerio de Transición Digital y Función Pública presentase su plan para remediar el abuso de temporalidad. Bruselas concedió un aplazamiento de dos meses que cumple el 29 de agosto.
A la Comisión Europea, tras varias sentencias de la justicia europea, no le han bastado las medidas adoptadas por el Gobierno. Hace cinco años, el Ejecutivo aprobaba el Real Decreto-ley 14/2021 que modificó el Estatuto Básico del Empleado Público para evitar los contratos de duración determinada. Meses después, llegaría la Ley 20/2021 "de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público".
Desde 2024, la justicia europea ha dado varios tirones de orejas al Tribunal Supremo español con este asunto. Ese año, las sentencias comunitarias dictaminaron que en nuestro país se abusa de contratar a trabajadores de forma temporal en la Administración. El origen de este conflicto está en la denuncia de 2016 de una trabajadora española que encadenó más de 6 interinidades en un centro público de la Comunidad de Madrid. El caso llegó al Supremo que lo remitió, a su vez, al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En mayo de 2026, el Alto Tribunal sentenció que solo los interinos que hayan aprobado una oposición podrían convertirse en fijos. El Pleno de la Sala Social del Tribunal Supremo determinaba que quienes no hayan superado un procedimiento de acceso al empleo público "sujeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad" no podían adquirir la condición de fijos. La sentencia señala que para reparar el abuso de temporalidad, los perjudicados tenían derecho a una indemnización en caso de despido y si se demostraba que habían solapado contratos durante años.
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