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CCOO y UGT acuerdan la convocatoria de una huelga general este otoño


6 oct 2026



CCOO y UGT acuerdan la convocatoria de una huelga general este otoño

Los sindicatos incorporan el conflicto de rentas en el marco de las grandes movilizaciones por la vivienda. Los salarios no alcanzan a pagar la vivienda y hacer frente a la inflación

Los sindicatos CCOO y UGT acuerdan la convocatoria de una huelga general de 24 horas este otoño para reivindicar salarios dignos para acceder a una vivienda digna, acuerdo que tendrá que ser ratificado por sus máximos órganos de dirección

Las organizaciones dan así el paso que adelantaban el pasado viernes, cuando, tras el rechazo del Congreso de los Diputados a los reales decretos-leyes de vivienda, anunciaron que reunirían a los órganos de dirección para decidir cómo incorporar el mundo del trabajo a la movilización, en unidad de acción sindical y en confluencia con los movimientos sociales, vecinales y de inquilinas e inquilinos

La fecha definitiva de la huelga se analizará con las organizaciones sociales y el sindicato de inquilinas, con el objetivo de movilizar a las personas trabajadoras para secundar este paro general de 24 horas, por el derecho a la vivienda y salarios dignos para pagarla. Las manifestaciones del pasado fin de semana han mostrado la fuerza de esa demanda, y la respuesta debe construirse entre todas las organizaciones que la sostienen

Las propuestas sindicales se enmarcaban en las demandas incrementos salariales entre el 4% y el 7%, clausulas de revisión salarial y clausulas para facilitar el acceso a la vivienda, así como en la Propuesta Sindical Unitaria impulsada por ambos sindicatos, que recoge un decálogo por el derecho a la vivienda, que reclama un pacto social y político, un parque público de vivienda protegida y permanente, la limitación del precio de los alquileres y la aplicación efectiva de la Ley por el Derecho a la Vivienda en todos los territorios

La huelga general interpela a las diferentes administraciones públicas que tienen competencias en materia de vivienda y a las organizaciones empresariales que deben asumir que los salarios tienen que garantizar el acceso a un bien básico como es la vivienda

CCOO y UGT llaman a las personas trabajadoras a sumarse a esta campaña, en los centros de trabajo y en la calle, y a secundar la huelga general. Seguiremos en la movilización y en la negociación colectiva hasta que la vivienda deje de ser un privilegio, y los salarios permitan vivir con dignidad
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CCOO exige salarios dignos, más empleo público y el cumplimiento inmediato de los acuerdos firmados en la Función Pública


5 oct 2026



CCOO exige salarios dignos, más empleo público y el cumplimiento inmediato de los acuerdos firmados en la Función Pública
  • El Área Pública de CCOO reclama una apuesta firme por los servicios públicos: subida salarial acorde con la carestía de la vida, ningún salario por debajo de 1.500 euros, fin de la temporalidad estructural, mejora de las pensiones de clases pasivas y recuperación de los derechos laborales, retributivos y sociales recortados
Ver información completa en la web de CCOO de Justicia
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CCOO rechaza el abordaje bilateral y sectorial del Gobierno sobre las clases pasivas


2 oct 2026



CCOO rechaza el abordaje bilateral y sectorial del Gobierno sobre las clases pasivas
  • El sindicato califica de “absolutamente inaceptable” la decisión del Gobierno de negociar de forma bilateral y sectorial la mejora de los haberes reguladores del personal sujeto al régimen de clases pasivas, y exige que esa negociación se lleve al grupo de trabajo aprobado en el Acuerdo marco para la mejora del empleo público y servicio a la ciudadanía
Las Federaciones de Servicios a la Ciudadanía y de Enseñanza de CCOO han conocido que el Ministerio del Interior, a través de la Secretaría de Estado de Seguridad, está manteniendo negociaciones con organizaciones representativas de la Policía Nacional y de la Guardia Civil para introducir importantes modificaciones que afectan al sistema de jubilación y, en particular, a la cuantía de los haberes reguladores del Régimen de Clases Pasivas del Estado

Según la información hecha pública por estas organizaciones, la Secretaría de Estado de Seguridad ha planteado una nueva metodología de cálculo dirigida a incrementar sustancialmente los haberes reguladores de los Grupos A1, A2 y C1 aplicables a estos colectivos, que alcanzarían al personal integrado en clases pasivas. La propia información señala que la negociación se encuentra ya en su “recta final”, estando previsto su cierre en una próxima reunión a celebrar el 11 de noviembre

“Desde CCOO queremos dejar absolutamente claro que no cuestionamos que policías nacionales y guardias civiles puedan reivindicar y obtener mejoras en sus pensiones, algo que obviamente podemos compartir. Lo que consideramos absolutamente inadmisible es que el Gobierno aborde de manera bilateral y sectorial esta cuestión con un solo colectivo, ya que afecta a todo el personal sujeto al régimen de clases pasivas”

Los haberes reguladores no solo son de aplicación a policías nacionales y guardias civiles que accedieron a la función pública antes del 1 de enero de 2011, sino también a todos los colectivos de personal funcionario que establece el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado. Se incluyen, entre otros, los cuerpos de la Administración de Justicia, de la Administración General del Estado, del sector docente o del sector postal

En enero de 2026, CCOO ya situó públicamente la mejora de las pensiones de clases pasivas entre sus prioridades para el desarrollo del Acuerdo marco. Y precisamente para desarrollar esta materia se constituyó, el pasado 3 de julio, el Grupo de trabajo específico de Mutualismo y Clases Pasivas, al que CCOO ha trasladado propuestas concretas dirigidas al conjunto del personal funcionario afectado. Según se comprometieron en dicha reunión, el grupo de trabajo debería haberse reunido nuevamente a mitad del presente mes de septiembre, cosa que hasta la fecha no se ha cumplido. El sindicato considera urgente que se celebre esa reunión y que las negociaciones se puedan cerrar antes de final de año, en la línea preacordada por el Ministerio del Interior y las organizaciones representativas de la Policía Nacional y de la Guardia Civil

Por todo ello, CCOO ha dirigido un escrito a la Secretaría de Estado de Función Pública para exigir que cualquier modificación que afecte a los elementos estructurales del Régimen de clases pasivas sea negociada con carácter general en el grupo de trabajo constituido al efecto y resulte aplicable, en condiciones de igualdad, al conjunto del personal funcionario incluido en dicho régimen cuando concurra la misma situación jurídica

“El Gobierno no puede defender un Acuerdo marco y, al mismo tiempo, vaciar de contenido los ámbitos de negociación creados para desarrollarlo mediante acuerdos paralelos con determinados colectivos”, advierten.
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CCOO EXIGE CARRERA PROFESIONAL, CONCURSO DE TRASLADO, TELETRABAJO, REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL, RESOLUCIÓN DE LOS PROCESOS SELECTIVOS: ¡¡¡YA!!!


29 sept 2026



CCOO EXIGE CARRERA PROFESIONAL, CONCURSO DE TRASLADO, TELETRABAJO, REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL, RESOLUCIÓN DE LOS PROCESOS SELECTIVOS: ¡¡¡YA!!!
  • El Sector de la Administración de Justicia de CCOO nos hemos concentrado hoy ante el Ministerio de Justicia para denunciar que ya estamos hartos de anuncios, de promesas incumplidas, de grupos de trabajo y, en definitiva, de la desidia, dejación y mostrada incompetencia, y exigiendo al Ministerio de Justicia que respete y reconozca los derechos de las miles de personas afectadas por su inacción

El Ministerio eterniza la resolución de los procesos selectivos. Olvida deliberadamente que hay personas que llevan esperando meses y meses para poder tomar posesión de una plaza, cuya oposición superaron hace ya más de dos años, en el el caso de la OEP 2023 del turno libre. Personas que han estudiado durante años, que han aprobado una oposición y que no entienden por qué una administración que presume de digitalización necesita una eternidad para resolver sus propios procesos selectivos. Y mientras tanto hay miles de puestos que deben cubrirse, órganos judiciales con necesidades de personal y una administración con una tasa de temporalidad por la que el Estado ya ha sufrido sanciones de la UE. Eso no es eficiencia. Eso es incapacidad de planificación y de gestión

Exactamente el mismo problema sufrimos con los CONCURSOS DE TRASLADOS. Estamos terminando septiembre de 2026 y seguimos reclamando la convocatoria del concurso ordinario de cuerpos generales y Facultativos. El concurso de traslados no es una concesión graciosa del Ministerio. Es un instrumento esencial de movilidad y un derecho del personal funcionario que, según la normativa vigente, debería convocarse en el primer trimestre de cada año. Pero con un Ministerio que hace caso omiso al principio de legalidad esta previsión se vulnera sistemáticamente. Detrás de cada plaza hay personas que llevan meses esperando poder acercarse a su familia, cambiar de localidad, conciliar su vida personal y laboral o simplemente ejercer su legítimo derecho a la movilidad voluntaria

Mención aparte merece la CARRERA PROFESIONAL, pendiente de regulación básica desde la reforma de la LOPJ operada en el 2018, hace ya 8 años. ¿Cuántos grupos de trabajo tienen que celebrarse para reconocer algo tan elemental como que la experiencia, la formación, la responsabilidad y el desarrollo profesional de quienes trabajamos en la Administración de Justicia deben tener reconocimiento profesional y económico? CCOO lo viene diciendo con absoluta claridad: queremos una carrera profesional real, negociada y retribuida

Y si para el desarrollo básico de la carrera profesional están necesitando más de 8 años, la misma suerte va camino de correr va el Reglamento del Registro Civil. Cinco años han transcurrido ya desde que entrara en vigor la nueva Ley del Registro Civil, y seguimos sin Reglamento, sin respuesta a nuestros escritos y propuestas, sin negociación ninguna al respecto. Exigimos el Reglamento del Registro Civil ya, que recoja las propuestas que hemos realizado durante años

Y qué decir del TELETRABAJO. Resulta especialmente difícil de explicar. Durante años hemos escuchado hablar de digitalización, expediente electrónico, Justicia digital, trabajo deslocalizado y nuevas tecnologías. El propio Ministerio llegó a reconocer en sus documentos estratégicos que el teletrabajo y el trabajo deslocalizado habían venido para quedarse. Pues parece que llegaron para quedarse… pero se quedaron esperando en la puerta del Ministerio. La propia Ley de Eficiencia del Servicio Público de la Justicia, de la que tanta gala hace el señor Bolaños, ya contempla expresamente esta modalidad de prestación de servicios en la Administración de Justicia. Así que basta ya de excusas!!! Y mientras esta modalidad de prestación de servicios avanza en la práctica totalidad de las administraciones públicas, en la decimonónica Administración de Justicia se nos sigue negando

¡¡¡NEGOCIACIÓN, REGULACIÓN E IMPLANTACIÓN YA DEL TELETRABAJO!!!

Por eso y por muchos más despropósitos, desde CCOO hoy nos vuelto a concentrar ante el Ministerio. Se acabó el tiempo de las buenas palabras

¡¡Queremos que los procesos selectivos se resuelvan inmediatamente!!

¡¡Queremos la convocatoria inmediata y regular de los concursos de traslados!!

¡¡Queremos una carrera profesional con contenido real y económico!!

¡¡Queremos el Reglamento del Registro Civil!!

¡¡Queremos teletrabajo!!

¡¡Queremos negociación colectiva efectiva!!

Y queremos que cualquier transformación de la Administración de Justicia se haga CON SU PERSONAL y no A COSTA DE SU PERSONAL

EXIGIMOS RESPUESTAS, PLAZOS, NEGOCIACIÓN y RESULTADOS
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CCOO denuncia el cese fraudulento de personal interino


28 sept 2026



CCOO denuncia el cese fraudulento de personal interino

“La temporalidad no la crea el personal interino, la crea la mala gestión de las Administraciones Públicas. Basta ya de utilizar a las personas trabajadoras”


El Área Pública de CCOO denuncia las decisiones que se están adoptando en determinadas Administraciones Públicas y organismos del sector público respecto a la contratación de personal interino. “Bajo falsos argumentos en cumplimiento del Estatuto Básico del Empleo Público y evitar posibles reclamaciones judiciales, se pretende cesar a personas interinas, a la vez que bloquean o retrasan contrataciones necesarias para el funcionamiento del servicio público”. Para CCOO el problema no es el personal interino o temporal, el problema es la incapacidad o dejadez de las Administraciones Públicas para gestionar adecuadamente sus plantillas y cumplir sus propias obligaciones legales

Durante años, las Administraciones Públicas han recurrido a la contratación temporal para cubrir necesidades estructurales. “De forma irresponsable, han hecho dejación de sus obligaciones, como la de planificar, convocar ofertas de empleo, resolver procesos selectivos en tiempo y forma, estabilizar las plantillas y cubrir las necesidades de las mismas”, critica CCOO. “Así, cuando llegan las consecuencias de esa mala gestión, parece que algunas pretenden trasladar toda la responsabilidad a quienes no tienen responsabilidad: los empleados y empleadas públicas que han prestado servicio a la ciudadanía y han sostenido el funcionamiento de las mismas”

Para el sindicato, el miedo a las demandas judiciales no puede justificar el cese del personal o el bloqueo de las contrataciones porque consideran que no es la solución. “Va en perjuicio del propio personal y en detrimento del servicio público, con el agravio que se infringe a la ciudadanía española y a la satisfacción de sus derechos en un Estado social de derecho”

CCOO incide en que cada contratación que no se realiza, repercute directamente en las condiciones laborales, en la conciliación, en la organización del trabajo del personal y, finalmente, en la calidad del servicio que recibe la ciudadanía

Además, el sindicato considera que existe un discurso cada vez más preocupante que parece convertir a las y los trabajadores interinos en el origen de todos los problemas de la temporalidad. “El personal ha accedido a sus puestos mediante los procedimientos establecidos por la propia Administración Pública, ha trabajado cuando se le ha requerido, contribuyendo al mantenimiento de servicios esenciales en muchas ocasiones en condiciones difíciles. Pretender ahora presentarles como un riesgo jurídico o como un problema organizativo es una falta de respeto intolerable. Es la consecuencia de años de falta de planificación y de la incapacidad o desidia de las Administraciones Públicas para dotarse de mecanismos eficaces para la cobertura definitiva de plazas”

El Acuerdo Marco para la mejora del empleo público y servicio a la ciudadanía que firmó CCOO junto al resto de sindicatos, incide precisamente en esa incapacidad de planificación de los recursos humanos por parte de las Administraciones Públicas, instando a cambiar las limitaciones establecidas respecto a la tasa de reposición y su sustitución por una herramienta de gestión integral y plurianual de los recursos humanos. Por ello CCOO propone soluciones, no busca culpables donde solo hay damnificados

“Desde el Área Pública de CCOO defendemos el acceso al empleo público bajo los principios constitucionales y garantía de la igualdad de oportunidades. Igualmente entendemos que es necesario perfeccionar la actual normativa, fundamentalmente en lo referente a la estabilidad en el empleo y la responsabilidad. Las consecuencias del incumplimiento deben recaer sobre quien incumple, no sobre quien trabaja. Si durante años no se han convocado plazas suficientes, si los procesos selectivos se han retrasado o si las necesidades estructurales se han cubierto con temporalidad, la responsabilidad es exclusivamente de los órganos gestores. No vamos a aceptar que se utilice la ley como coartada para amortizar puestos, reducir contrataciones, perjudicar al personal o generar incertidumbre entre las plantillas”

CCOO cree que la solución no pasa por cesar las contrataciones sino por cubrir todas las necesidades reales de personal; convocar y resolver con agilidad los procesos selectivos pendientes; garantizar la estabilidad en el empleo; reforzar, atender nuevas necesidades, y renovar las plantillas en un colectivo con una edad media alta; garantizar el derecho a la promoción y carrera profesional; proteger los derechos de las personas trabajadoras; y garantizar un servicio público de calidad para la ciudadanía

“Todo lo demás son excusas para ocultar problemas de gestión que vienen de lejos. La Administración no puede incumplir durante años sus obligaciones y después pretender resolver el problema sacrificando a quienes han contribuido a mantener en pie los servicios públicos. Desde CCOO no lo vamos a permitir”
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Movilizaciones para reclamar la Carrera Profesional, el Teletrabajo, el Reglamento del Registro Civil, la resolución de los procesos selectivos y la convocatoria del concurso de traslado


23 sept 2026



CCOO se suma a la concentración ante el Ministerio de Justicia del día 29 de septiembre

  • Exigimos al Ministerio con esta movilización la carrera profesional, el teletrabajo, la convocatoria inmediata del concurso de traslado, el reglamento del Registro Civil, la finalización sin demoras de los procesos selectivos pendientes

CCOO, además, seguiremos reclamando en las mesas de negociación (sin descartar futuras movilizaciones) sustituciones voluntarias y retribuidas, mejoras retributivas y laborales en las guardias, la eliminación de los grupos de población…

…Y TAMBIÉN LA DIFERENCIACIÓN DE LOS CENTROS DE DESTINO POR EQUIPOS EN CADA SERVICIO COMÚN, EL RECONOCIENDO PROFESIONAL Y RETRIBUTIVO DE LAS FUNCIONES DE CADA CUERPO Y EL INCREMENTO DE LAS PLANTILLAS EN LOS MISMOS PORCENTAJES QUE LAS PLAZAS DE JUECES Y FISCALES Y PARA ADECUARLAS A LAS CARGAS DE TRABAJO


Uno de los sindicatos firmantes del catastrófico acuerdo para implantación de la Ley de Eficiencia ha convocado en solitario esta concentración para reivindicar algunas de las anteriores reclamaciones de CCOO y el conjunto del personal de la Administración de Justicia

Delegados y delegadas sindicales de CCOO nos vamos a sumar a esa concentración porque, a pesar de nuestras enormes diferencias con algunos sindicatos, seguimos luchando por la unidad de todo el personal de la Administración de Justicia, y, para eso, combatimos también todo sectarismo que impida la unidad contra medidas injustas e inaceptables de las administraciones, ahora contra el Ministerio de Justicia, por sus retrasos inaceptables y el desprecio a nuestros derechos

Ponemos por delante los derechos de las personas; por eso, aunque en las movilizaciones anteriores convocadas por CCOO nos dejaran solos, nos sumamos a esta concentración por entender que las reivindicaciones, aunque faltan algunas importantes, están plenamente justificadas y son compartidas por la inmensa mayoría de los trabajadores y las trabajadoras a quienes representamos


CONCENTRACIÓN EN MADRID ANTE EL MINISTERIO DE JUSTICIA

MARTES, 29 DE SEPTIEMBRE, A LAS 12:00 HORAS

- Carrera Profesional

- Concurso de Traslado

- Teletrabajo

- Reglamento del Registro Civil

- Resolución de los Procesos Selectivos

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Implantación de las 35 horas en toda la Administración de Justicia


16 sept 2026


 


EL MINISTERIO POR FIN TRASLADA A LA ORDEN DE JORNADA EL “ACUERDO MARCO PARA UNA ADMINISTRACIÓN DEL SIGLO XXI” NEGOCIADO Y FIRMADO ÚNICAMENTE POR CCOO Y UGT CON EL GOBIERNO EN EL AÑO 2022

CCOO LOGRA LAS 35 HORAS EN TODA LA ADM. DE JUSTICIA

EL MINISTERIO LO HACE, NO OBSTANTE, TARDE, MAL Y A CUENTAGOTAS

  • Según hemos podido saber, hoy mismo se ha pasado a firma la nueva Orden de jornada y horarios del personal al servicio de la Administración de Justicia, que recoge expresamente la jornada de 35 horas semanales lograda por CCOO y se publicará previsiblemente -aún sin confirmación oficial del BOE- el próximo 21 de septiembre

  • CCOO lamentamos profundamente que, una vez más, el Ministerio de Justicia se limite a cumplir estrictamente con la legalidad más básica (de la que ya se disfruta de hecho en muchos ámbitos), desaprovechando la ocasión para introducir con carácter general otras mejoras que sí quedan recogida en la normativa de la Administración General del Estado y en la jurisprudencia

Recordamos que el establecimiento de las 35 horas surge inicialmente del “Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI” negociado y firmado únicamente por CCOO y UGT con el Gobierno de España en el 2022, y que años después se trasladó al Acuerdo firmado para el ámbito de la AGE (a este último y ya a tiro hecho sí se sumó CSIF) que dio lugar a la Resolución de 14 de abril de 2026, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos. El STAJ, por mucho que pretenda arrogarse el mérito, y como en todo lo demás que excede del exclusivo ámbito de Justicia, ni pincha ni corta

Esta Resolución de la AGE no sólo implanta por fin la nueva jornada laboral de 35 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, sino que además fija las normas sobre el calendario laboral y recoge otras mejoras fundamentalmente relacionadas con la conciliación

Cabe mencionar que, tal y como CCOO ya habíamos recordado al Ministerio en nuestro escrito presentado el pasado 31 de marzo, esta jornada ya nos era de aplicación directa, toda vez que el art. 502.2 de la LOPJ establece que “La duración de la jornada general semanal será igual a la establecida para la Administración General del Estado”, pero no así otras cuestiones que también se recogen en la Resolución de 14 de abril de 2026 de la Secretaría de Estado de Función Pública, y que el Ministerio de Justicia -a pesar de nuestras reiteradas alegaciones- NO INCORPORA A ESTA NUEVA ORDEN

Podéis consultar estas medidas en nuestra hoja de 21 de mayo de 2026 (consulta aquí)

Pero CCOO vamos aún más allá, y exigimos al Ministerio el derecho a disfrutar de un día adicional de descanso por cada festividad laboral retribuida y no recuperable que coincida en sábado, así como que el mismo criterio se aplique a quienes presten el servicio de guardia en día no laborable. No es ninguna quimera ni nos hemos vuelto locos. Entre otra mucha jurisprudencia al respecto, así se pronuncia -por último- la Sentencia 130/2026, de 13 de julio, de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, dictada en un procedimiento de conflicto colectivo promovido por la FSC de CCOO. Cierto que se trata jurisprudencia de lo Social, pero igual de cierto es que los principios a los que alude son plenamente extrapolables a la contenciosa. Y así lo solicitamos expresamente en el escrito presentado por registro el pasado 28 de julio de 2026 y así se ha recogido ya, por ejemplo, en el calendario laboral firmado por los compañeros de la SS de la Seguridad Social de CCOO (podéis consultar la información completa aquí)

Por último, cabe mencionar que tras la publicación de la Orden por el Ministerio cada administración prestacional debería, en el ámbito de sus competencias, proceder a la adaptación de sus calendarios laborales previa negociación con la representación del personal en la Mesa correspondiente.

CCOO nos felicitamos por este logro histórico pero no nos conformamos. Hemos exigido y seguimos exigiendo del Ministerio que incorpore TODAS y cada una de las mejoras en la Orden de Jornada y horario de las que ya disfrutan nuestros compañeros de la Administración General del Estado

Mientras esto no sea así, deberemos seguir peleando porque todas estas u otras mejoras que pudieran acordarse se recojan en los calendarios laborales que de verdad deberá dictar cada CCAA con transferencias en su ámbito o el propio Ministerio de Justicia para los territorios no transferidos

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CCOO insta al Gobierno a retomar la negociación y el cumplimiento de los acuerdos sobre empleo público


10 sept 2026



CCOO insta al Gobierno a retomar la negociación y el cumplimiento de los acuerdos sobre empleo público

  • El Área Pública de CCOO demanda a la Secretaría de Estado de Función Pública la reactivación urgente de los grupos de trabajo del nuevo Acuerdo marco para el empleo público y servicio a la ciudadanía. Así lo trasladará también en la reunión prevista el 29 de septiembre de la Comisión de seguimiento del citado Acuerdo marco

Son materias que afectan a todas las Administraciones Públicas, entre los que, para la Administración de Justicia, resaltamos las mejoras en los procesos selectivos y en la promoción interna, el desarrollo obligatorio de la carrera profesional, la subida de los complementos de residencia en los territorios extrapeninsulares, la subida de las pensiones de clases pasivas, las mejoras en el mutualismo administrativo y la jubilación anticipada del personal funcionario

Para CCOO, es necesario reanudar cuanto antes los trabajos que permitan abordar las siguientes materias comprometidas:

Temporalidad: agilización de los procesos de estabilización para garantizar la reducción de la temporalidad y acabar con la precariedad laboral, así como dar soluciones conforme a las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y del Tribunal Supremo en cumplimiento de la directiva comunitaria 1999/70

Empleo público, promoción y carrera profesional: poner en marcha el cambio normativo comprometido para garantizar la recuperación del empleo público con Ofertas de Empleo Público (OEP) anuales, el rejuvenecimiento de las plantillas y la promoción interna y carrera profesional

Respecto a otras materias recogidas en el Acuerdo Marco 2025-2028, CCOO considera que la convocatoria de la Comisión de seguimiento del Acuerdo marco comprometida para este mes de septiembre debe centrarse, entre otras cuestiones, en la actualización del Observatorio del empleo público; la mejora de los complementos de residencia; la indemnización por razón de servicios; además de desarrollar un nuevo instrumento de gestión plurianual de recursos humanos que sustituya a la ineficaz y fallida tasa de reposición, respondiendo así a las necesidades reales de las plantillas

Por ello el sindicato pide la reactivación de los cinco grupos de trabajo creados para el desarrollo de las actuaciones y medidas contempladas en el Acuerdo marco, que son el de salud laboral, igualdad, empleo, IA y digitalización, clases pasivas y mutualismo administrativo

Asimismo, CCOO considera que urge culminar definitivamente el desarrollo del Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI, especialmente en lo relativo a la puesta en marcha de la jubilación parcial anticipada del personal funcionario y estatutario, la clasificación profesional prevista en el artículo 76 del EBEP e implantación del Grupo B, así como el desbloqueo de la Ley de Función Pública del Estado

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Nota de Prensa: CCOO exige al Ministerio de Justicia la convocatoria inmediata del concurso de traslados de 2026 para el personal de su Administración


8 sept 2026



CCOO
exige al Ministerio de Justicia la convocatoria inmediata del concurso de traslados de 2026 para el personal de su Administración

El sindicato ha presentado una queja formal ante el Defensor del Pueblo por el incumplimiento de los plazos legales y la falta de respuesta del Ministerio. “A 7 de septiembre, el concurso que debía convocarse dentro del primer trimestre sigue paralizado, perjudicando la movilidad y la conciliación de miles de personas trabajadoras”, denuncia CCOO


Madrid, 8 de septiembre de 2026

El Sector de la Administración de Justicia de FSC-CCOO ha exigido nuevamente al Ministerio de Justicia la convocatoria inmediata del concurso de traslados de 2026 para los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, así como para el cuerpo especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF)

Para el sindicato, la demora es absolutamente injustificable. El Ministerio no sólo ha incumplido el calendario legal, sino también los compromisos trasladados reiteradamente por sus responsables, que aseguraron que el concurso se convocaría antes del verano. Entretanto, miles de funcionarios y funcionarias continúan viendo bloqueadas sus legítimas expectativas de movilidad, conciliación personal y familiar, acercamiento a su lugar de residencia y desarrollo profesional


CCOO lleva la inacción del Ministerio ante el Defensor del Pueblo

Ante la gravedad y persistencia de esta situación, CCOO ha presentado una queja formal ante el Defensor del Pueblo para que investigue la actuación del Ministerio de Justicia y su incumplimiento de las obligaciones legales que rigen la convocatoria anual del concurso de traslados. El sindicato considera inadmisible que la falta de planificación y la pasividad administrativa terminen recortando, en la práctica, derechos reconocidos al personal funcionario

CCOO recuerda que el artículo 531 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que los concursos de traslados deben convocarse, al menos, una vez al año y en la misma fecha en todo el territorio del Estado. Además, el artículo 44.1 del Real Decreto 1451/2005 ordena que el concurso estatal para cubrir puestos vacantes se convoque dentro del primer trimestre de cada año natural

Como subraya CCOO, no estamos ante una concesión discrecional del Ministerio, sino ante el procedimiento ordinario de provisión definitiva de vacantes y una garantía esencial del derecho a la movilidad voluntaria

“Pero los incumplimientos y la mostrada incompetencia del Ministerio de Justicia no es algo puntual. Tal y como denunciamos por escrito presentado el pasado mes de abril, este hecho se repite año tras año. Así, el concurso de traslado que deberían haber convocado en el primer trimestre del año 2024, fue finalmente convocado en el mes de enero de 2025, con un año de retraso y sin que en el mismo se ofertaran las plazas vacantes ubicadas en los partidos judiciales correspondientes a la fase 1 de su nefasta Ley de eficiencia del Servicio Público de Justicia, que salieron ofertadas en noviembre de 2025. Y puesto que las plazas vacantes del año 2024 no fueron ofertadas hasta el año 2025, dicho año 2025 tampoco se convocó el concurso de traslado correspondiente”

El sindicato advierte, además, de que mantener paralizado el concurso compromete la correcta gestión de los procesos selectivos pendientes, puesto que su previa convocatoria y resolución resulta necesaria para disponer de plazas desiertas que puedan ofrecerse a las personas aprobadas, conforme al artículo 488.3 de la LOPJ. CCOO incide en que el Ministerio “debe cumplir la ley, respetar los derechos del personal y publicar el concurso de traslados de inmediato”
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CCOO con el pueblo colombiano afectado por el terremoto


13 ago 2026



Solidaridad de CCOO con las víctimas del terremoto de Colombia

Expresamos nuestra más profunda solidaridad y condolencias con el pueblo colombiano, especialmente con las víctimas, familiares y comunidades afectadas por el devastador terremoto de magnitud 7,4 que sacudió el oeste del país el lunes 10 de agosto de 2026


El seísmo ha causado al menos 111 personas fallecidas, decenas de heridos y graves daños materiales en ciudades como Cali, Pereira, Manizales, Quibdó y otras localidades del Eje Cafetero y el Valle del Cauca. Además, miles de familias han perdido sus hogares y se enfrentan a una situación de emergencia humanitaria

CCOO se suma al dolor de la clase trabajadora, del movimiento sindical y del conjunto de la sociedad colombiana en estos momentos tan difíciles

Hacemos un llamamiento a la comunidad internacional y a las instituciones a extremar los esfuerzos de ayuda humanitaria, rescate y atención a las personas afectadas, priorizando las necesidades básicas de vivienda, alimentación, agua potable, asistencia sanitaria y apoyo psicológico

Reiteramos nuestro compromiso con la solidaridad internacional y con la defensa de los derechos de las personas trabajadoras y de los sectores más vulnerables ante las catástrofes naturales. En estos momentos de dolor, la unidad y la cooperación son imprescindibles
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Escrito presentado ante la Inspección de Trabajo por parte de CCOO ante la inacción de la DG en relación con las altas temperaturas


31 jul 2026





Denuncia de CCOO ante la inspección de trabajo sobre las condiciones laborales de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia en Cantabria.


Publicamos el escrito presentado ante la Inspección de Trabajo ante la inacción de la DG en relación con las altas temperaturas que se soportan en todas las oficinas judiciales.


https://drive.google.com/file/d/1odKqMEhDpyBz_pB84Lxbn3zFpPYaVOVK/view?usp=sharing

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CCOO reclama la incorporación de los permisos de fuerza mayor al Estatuto Básico del Empleado Público y que se consoliden estos derechos para todas las empleadas y empleados público


28 jul 2026



CCOO reclama la incorporación de los permisos de fuerza mayor al Estatuto Básico del Empleado Público

El sindicato considera que es imprescindible consolidar este derecho en el marco normativo básico para asegurar la igualdad de trato de todas las empleadas y empleados públicos, con independencia de la Administración en la que presten servicio

Madrid, 28 de julio de 2026

El Área Pública de CCOO valora positivamente que el Gobierno haya reconocido expresamente que las situaciones de fuerza mayor justifican las ausencias del personal al servicio de las Administraciones Públicas. “Este avance responde a una reivindicación que nuestra organización ha defendido siempre, al considerar que los derechos reconocidos a las personas trabajadoras en el Estatuto de los Trabajadores deben tener su reflejo en el empleo público”, afirman

La disposición aprobada supone un paso importante al extender estos permisos al personal de las Administraciones Públicas. Sin embargo, desde CCOO entienden que este reconocimiento no puede quedar limitado a una disposición adicional, sino que debe incorporarse de forma expresa y permanente al Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), garantizando así seguridad jurídica y una aplicación homogénea en todas las Administraciones Públicas

El sindicato considera que el empleo público no puede depender de interpretaciones diferentes ante situaciones de emergencia o fuerza mayor. “Es imprescindible consolidar este derecho en el marco normativo básico para asegurar la igualdad de trato de todas las empleadas y empleados públicos, con independencia de la Administración en la que presten servicio”

El Área Pública de CCOO, en línea con lo recogido en el Acuerdo Marco para la mejora del empleo público y servicio a la ciudadanía, seguirá insistiendo en la modificación del EBEP para que este tipo de permisos por fuerza mayor formen parte de manera estable del régimen jurídico del empleo público, consolidando un derecho que hoy da un paso adelante, pero que todavía necesita una regulación definitiva
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Campaña de CCOO por el derecho a la vivienda


29 may 2026



CCOO impulsa una campaña por el derecho a la vivienda

El pasado 24 de mayo las calles estallaron en un grito para recuperar la dignidad de la vivienda. Bajo el lema ‘La vivienda nos cuesta la vida’, miles de personas acudieron a la convocatoria para exigir la bajada de los precios y denunciar cómo la especulación y el rentismo están menoscabando gravemente el derecho constitucional a la vivienda digna en nuestro país

Pero esto no acaba tras el 24 de mayo, y es por eso que desde CCOO lanzamos la página web derechoavivienda.ccoo.es, en la que os ofrecemos toda la información sobre las próximas movilizaciones, y os animamos a firmar por el derecho a la vivienda para todas y todos. Porque no trabajamos para pagar, trabajamos para vivir, y la vivienda es un derecho y no un negocio. En esta web encontraréis también el decálogo con las principales medidas impulsadas desde CCOO

CCOO ponemos sobre la mesa un decálogo de propuestas para garantizar el derecho a la vivienda

Firma el decálogo y compártelo


No trabajamos para que todo nuestro salario se vaya en pagar un alquiler o una hipoteca. Trabajamos para vivir

La vivienda es un derecho, no un negocio. Sabemos que es posible garantizarlo

Movilízate con CCOO por el derecho a la vivienda

Consulta tu movilización más cercana

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CCOO consigue una nueva sentencia favorable al cómputo del tiempo desempeñado en sustitución


22 may 2026



CCOO consigue una nueva sentencia favorable al cómputo del tiempo desempeñado en sustitución igual que el tiempo desempeñado como personal interino en los concursos de traslado
  • Esta sentencia, dictada por el Tribunal de Instancia de Santander, no es firme pero supone una importante y nueva etapa para eliminar esta injustificada discriminación
Estamos a la espera del pronunciamiento del Tribunal Supremo en un recurso de casación interpuesto contra otra sentencia (ésta de la Audiencia Nacional) que también se pronunció en primera instancia a favor de esta pretensión de CCOO

El Servicio Jurídico de CCOO de Cantabria ha obtenido sentencia favorable del Tribunal de Instancia de Santander en recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la desestimación, por la Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa del Gobierno de Cantabria, del recurso de reposición de CCOO contra la Orden de convocatoria del concurso de traslado de cuerpos generales publicada en enero de 2025

CCOO solicitaba en el recurso la anulación de la Base Tercera de la Orden PRE/3/2025 por infracción de los Principios Constitucionales de acceso a la Función Pública en condiciones de Igualdad y por vulneración de los Principios de Mérito y Capacidad reconocidos en los artículos 14, 23 y 103 de la Constitución española, al no regular la baremación de la antigüedad de los periodos de tiempo de prestación de servicios como funcionario sustituto referidos al Cuerpo o Escala para el que participa en el concurso de traslado

Recordemos que CCOO-Justicia inició tras la publicación de la convocatoria de este concurso una campaña a nivel estatal presentando recursos por este motivo en los distintos ámbitos competenciales. Esta sentencia favorable, aunque no es firme, supone un éxito, al menos parcial y provisional, en la lucha contra la discriminación que viene padeciendo el personal titular sustituto en las valoraciones de méritos fijadas por las bases de las convocatorias de los concursos de traslado de todos los ámbitos convocantes

A la discriminación se refiere precisamente la sentencia cuando dispone, en su fundamentación jurídica, que "...valorar a efectos de antigüedad los servicios prestados por los interinos y no valorar los mismos servicios prestados por los sustitutos en régimen de sustitución vertical supone tratar a estos últimos de forma discriminatoria al introducir una desigualdad en el concepto de mérito sin que sea de apreciar que para ello concurre una causa objetiva y razonable, incurriendo así en arbitrariedad con extralimitación del margen de apreciación de que dispone la Administración para configurar los méritos a tener en cuenta...La Administracion-Gobierno de Cantabria cuando dictó la Resolucion recurrida actuó dentro de sus competencias, a tenor de los articulos 42 y 44 del Estatuto de Autonomia de Cantabria pero ampliando la Norma del Estado introduciendo una desventaja que supone violentar el Principio de Igualdad..."

Insistimos en que se trata de una sentencia de instancia que por ahora no es firme, pero seguimos caminando en la dirección que consideramos justa y razonable
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CCOO logra una sentencia favorable a los derechos del personal de Justicia: el TSJ de Asturias declara la nulidad de la Resolución por la que se aprueba la estructura de la Oficina Judicial, Fase I


14 may 2026



Los Servicio Jurídicos de CCOO Asturias
logran una sentencia favorable a los derechos del personal de Justicia: la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha decidido estimar el recurso Contencioso-administrativo interpuesto por Comisiones Obreras de Asturias contra la Resolución, de 12 de mayo de 2025, de la Consejería de Hacienda, Justicia y Asuntos Europeos por la que se aprueba la estructura de la Oficina Judicial de los Tribunales de Instancia incluidos en la primera fase de implantación, conforme a las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, que comprende el diseño, dimensión y organización de la Oficina Judicial en los partidos judiciales de Cangas de Narcea, Cangas de Onís, Castropol, Grado, Laviana, Lena, Llanes, Piloña, Pravia, Siero, Tineo, Valdés y Villaviciosa (BOPA 16/05/2025) y, en consecuencia, declaran la nulidad de la misma por ser contraria a derecho

Contra dicha resolución cabe interponer recurso de casación

Este no es el único recurso interpuesto por el Sector de Justicia de CCOO de Asturias, que ha recurrido también la Resolución por la que aprueba el proceso de acoplamiento, la Resolución por la que se aprueba la estructura de la Oficina Judicial de los Tribunales de Instancia incluidos en la tercera fase de implantación y una instrucción de organización

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La temporalidad abusiva en las Administraciones Públicas no puede seguir saliendo gratis




La temporalidad abusiva en las Administraciones Públicas no puede seguir saliendo gratis

La reciente sentencia del Tribunal Supremo de 11 de mayo de 2026 (STS 475/2026), dictada por la Sala de lo Social, ratifica la fijeza si se ha superado un proceso selectivo, en la lucha contra el abuso de la contratación temporal en las Administraciones Públicas

Recordamos que la presente sentencia afecta exclusivamente al personal laboral que, mediante resolución judicial, ostenta la condición de indefinido no fijo. El sindicato precisa que esta figura jurídica no existe en el ámbito contencioso-administrativo, que regula al personal funcionario y estatutario

Madrid, 14 de mayo de 2026

El Área Pública de CCOO valora esta resolución como un movimiento importante que evidencia la presión ejercida por la jurisprudencia europea y por años de reivindicación sindical frente a un modelo de precariedad estructural instalado en el empleo público

Durante demasiado tiempo, miles de trabajadoras y trabajadores han sostenido servicios esenciales bajo contratos temporales fraudulentos, encadenando nombramientos y contratos durante años, e incluso décadas, sin que las Administraciones Públicas asumieran consecuencias reales por este abuso

La sentencia viene a reconocer una realidad que el sindicalismo lleva denunciando desde hace años: la temporalidad abusiva no es una anomalía puntual, sino un sistema de precarización que se ha institucionalizado por la desidia de las Administraciones Públicas

El punto de inflexión de esta nueva doctrina se encuentra en las resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), la última de ellas del 14 de abril de 2026, que ha sido contundente respecto al modelo español del personal “indefinido no fijo”

Europa considera que esta figura sigue siendo temporal, algo que CCOO venía denunciado y, por tanto, insuficiente para sancionar el abuso cometido por las Administraciones Públicas

El TJUE ha reiterado además que existe fraude de ley incluso con un único contrato cuando su duración resulta desproporcionadamente larga

Asimismo, el tribunal europeo ha rechazado que la indemnización de 20 días por año trabajado al finalizar el contrato constituya una medida suficientemente disuasoria. En otras palabras: en opinión del TJUE, las Administraciones Públicas podían seguir abusando de la temporalidad porque las consecuencias económicas eran mínimas o asumibles, opinión que ha sido mantenida desde siempre por CCOO

A ello se suma la creciente presión de la Comisión Europea, que ha dado a España un ultimátum de dos meses para adaptar plenamente su normativa a la Directiva europea sobre empleo temporal. De no hacerlo, el Estado se enfrenta nuevamente a un procedimiento ante el TJUE y a posibles sanciones económicas

La STS 475/2026 analiza el caso de una trabajadora, personal laboral, que permaneció encadenando contratos temporales durante catorce años para atender necesidades estructurales de la Administración

El Tribunal Supremo reconoce finalmente su condición de trabajadora fija y no simplemente de indefinida no fija, siempre y cuando se haya superado un proceso selectivo, cumpliendo así con los principios constitucionales y con el TREBEP

La sentencia considera especialmente relevante que la trabajadora hubiera superado previamente un proceso selectivo para plazas fijas, aunque no obtuviera plaza en aquel momento, y que continuara desempeñando funciones permanentes mediante sucesivos contratos temporales

Para CCOO, este pronunciamiento supone un reconocimiento expreso de que las Administraciones no pueden utilizar la temporalidad para cubrir de manera indefinida puestos estructurales mientras ignoran los principios de estabilidad y dignidad laboral

Nueva doctrina: más protección y nuevas indemnizaciones

El Tribunal Supremo establece ahora una nueva doctrina que introduce importantes cambios

La fijeza no se reconoce automáticamente a todas las personas afectadas por abuso de temporalidad, pero sí podrá concederse cuando concurran varios elementos:

1. Haber superado un proceso selectivo para plazas fijas

2. Haber continuado prestando servicios mediante contratos temporales sucesivos

3. Existir una duración excesiva de la relación temporal, especialmente más allá de tres años en interinidad

Junto a ello, la gran novedad de la sentencia es la creación de una indemnización específica por abuso de temporalidad

Se configura así un sistema de doble compensación:

1. La Indemnización tradicional de 20 días por año trabajado al extinguirse el contrato

2. Una nueva indemnización por abuso, compatible incluso con la continuidad en el puesto de trabajo

Esta nueva compensación busca reparar tanto los daños materiales como los daños morales sufridos por las personas trabajadoras que han padecido años de incertidumbre, precariedad y vulneración de derechos

El Tribunal Supremo toma como referencia la LISOS (Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social), fijando cuantías que pueden oscilar entre los 1.000 y los 10.000 euros, e incluso superiores si se acreditan perjuicios mayores

Además, y un dato muy importante, se abre la puerta a sanciones administrativas contra las Administraciones empleadoras mediante actuaciones de la Inspección de Trabajo, reforzando así el carácter disuasorio exigido por Europa

CCOO: “La temporalidad abusiva no puede seguir saliendo gratis”

“Desde CCOO consideramos que esta sentencia representa un avance relevante, pero también insuficiente mientras no exista una reforma integral que garantice estabilidad real para el personal público en abuso de temporalidad”

Para el sindicato, no puede aceptarse que las Administraciones Públicas, que deben ser ejemplo de legalidad y respeto a los derechos laborales, hayan utilizado durante años mecanismos de contratación precaria para sostener servicios esenciales como la sanidad, la educación, los servicios sociales, la Administración de Justicia o la Administración general

Miles de trabajadoras y trabajadores han desarrollado su vida profesional en condiciones de absoluta inseguridad, sufriendo la incertidumbre permanente sobre su futuro laboral pese a desempeñar funciones estructurales y permanentes

No obstante, habrá que esperar qué decide la Sala de lo Contencioso Administrativo, que afecta al personal funcionario estatutario interino, que hasta ahora no se ha pronunciado y está siendo más conservadora en estos casos

CCOO seguirá defendiendo: el cumplimiento íntegro de la normativa europea; medidas verdaderamente disuasorias contra el abuso; procesos de estabilización justos y garantistas; el reconocimiento efectivo de derechos para el personal temporal en fraude de ley; y el fin de la precariedad estructural en el empleo público

Un aviso claro a las Administraciones

La STS 475/2026 evidencia que el modelo español de temporalidad masiva en el sector público ha entrado en crisis jurídica y política

El Tribunal Supremo intenta adaptar la doctrina nacional a las exigencias europeas y evitar nuevos choques con el TJUE, pero incluso el voto particular incluido en la sentencia advierte de que las nuevas medidas podrían seguir siendo insuficientes para garantizar la verdadera disuasión que exige la Unión Europea

Nos encontramos, por tanto, ante una resolución de enorme trascendencia que lanza un mensaje inequívoco: el abuso de la temporalidad ya no puede quedar impune

Desde CCOO continuaremos impulsando la defensa jurídica, sindical y social de todas las personas trabajadoras afectadas, exigiendo estabilidad, dignidad y empleo público de calidad

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Exigencias de CCOO en la Mesa Sectorial sobre la jornada de 35 horas semanales


6 may 2026



CCOO exige al Ministerio de Justicia que la regulación de la jornada laboral no se limite a las 35 horas semanales sino que incorpore la regulación de Función Pública de la jornada reducida de verano, de la compensación por trabajar el 24 y 31 diciembre, de medidas para la conciliación de la vida personal y familiar y del cómputo del tiempo de formación como tiempo de trabajo efectivo

  • Exigimos asimismo que una sola Resolución regule la jornada de LAJ y el resto de cuerpos generales y especiales

Se ha celebrado hoy reunión de la Mesa Sectorial para la adaptación a Justicia del Acuerdo de la Mesa General de Administraciones Públicas conseguido por CCOO y Ugt para la reducción de la jornada laboral a 35 hora semanales (Csif, Ela y Cig, miembros de la Mesa General no quisieron firmarlo, y Staj no forma parte de esa Mesa)

La propuesta del Ministerio de Justicia ha estado limitada a la jornada laboral de 35 horas semanales (37,5 horas en el régimen de dedicación especial) y solo a los cuerpos generales y especiales, obviando el cuerpo de LAJ (ha anunciado su negociación para la próxima semana)

CCOO hemos propuesto en la reunión:

- Que haya una sola Resolución para todos los cuerpos, evitándose así prebendas para el cuerpo de LAJ respecto al resto

- Que la jornada anual sea de 1512 horas y no de 1547 horas como proponía el Ministerio en un cálculo equivocado:

  • En la AGE es de 1533 horas y en Justicia deben ser 21 horas menos (1512) dado que tenemos tres días más de permiso por asuntos particulares que, a razón de 7 horas diarias, suman esas 21 horas

- Que, tal y como establece el art. 500.2 de la LOPJ, no sea necesario para la aprobación de esta Resolución el informe del CGPJ como plantea el Ministerio en su propuesta

- Que las horas de reducción de jornada por festividades tradicionales puedan ser utilizadas en días diferentes en los casos de vacaciones, permisos o licencias durante esos días

- Que por cada día de guardia en el 24 ó 31 de diciembre se disponga de un día más de permiso, además de otros dos días más de permiso con carácter general para todo el personal si estas fechas coinciden en sábado, domingo o festivo. Y que cada día de guardia coincidente con un día festivo se compense con otro día de permiso adicional, a fin de que todos los trabajadores y trabajadoras dispongamos del mismo número de días festivos

- Que todas las horas de trabajo efectivo en las guardias sean computadas como tiempo de trabajo efectivo y los excesos sobre el cómputo mensual se compensen en el mes siguiente con cargo a la parte flexible del horario y, de no ser posible, en días completos de libranza

- Que la jornada reducida de cinco horas diarias sea retribuida con el 80% de las retribuciones ordinarias (en la actualidad es el 75% pero, al reducirse la jornada ordinaria, exigimos adaptar ese porcentaje), y que esta jornada reducida pueda acumularse y disfrutarse en días completos (esto equivaldría a un día a la semana)

- Que la jornada reducida de verano sea de 30 horas semanales desde el 16 de junio hasta el 15 de septiembre o, alternativamente, de 32,5 horas semanales desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre

  • En cualquier caso, esta jornada reducida de verano (que reclamamos que sea de 30 horas semanales) se extenderá desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre para quien tenga menores de 12 años o personas dependientes a su cargo (así está establecido para el personal de la AGE y exigimos la misma regulación en Justicia)

- Que se añadan cada año tantos días de permiso adicionales como días festivos nacionales, autonómicos o locales coincidan en sábado, domingo o día no laborable

- Que se incorporen a esta Resolución las medidas de conciliación establecidas por Función Pública para el personal de la AGE y que proponemos que puedan ser utilizadas en horas o en días completos:

  • Flexibilidad en una hora en el horario fijo cuando existan menores de 13 años o personas dependientes a cargo

  • Flexibilidad en dos horas en el horario fijo para la atención a familiares de primer grado a cargo con discapacidad

  • Modificación del horario fijo hasta en dos horas por motivos de conciliación y para familias monoparentales

  • Derecho a ausentarse del trabajo para someterse a técnicas de fecundación o reproducción asistida
  • Derecho a ausentarse del trabajo para acompañar a hijos o hijas con discapacidad a reuniones del centro donde reciban atención, tratamiento o acompañamiento para recibir apoyo adicional en el ámbito sanitario o social
  • Reincorporación al servicio efectivo a la finalización de un tratamiento de radioterapia o quimioterapia u otros de especial gravedad, con una adaptación progresiva de la jornada de trabajo, que podrá extenderse hasta un mes (ampliable a un mes más) desde el alta médica y podrá afectar hasta un 25 % de la duración de la jornada diaria, considerándose como tiempo de trabajo efectivo
  • Bolsa de horas de hasta un 5 % de la jornada anual para cuidado de hijos o hijas menores de edad y menores sujetos a tutela o acogimiento; y para la atención de personas mayores y personas con discapacidad hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad, horas que deben ser recuperadas
- Que el tiempo destinado a la realización de cursos de formación dirigidos a la capacitación profesional o a la adaptación a las exigencias de los puestos de trabajo sea considerado tiempo de trabajo a todos los efectos

Finalizada la reunión, el Ministerio de Justicia se ha comprometido a valorar estas propuestas de CCOO y a convocar una nueva reunión negociadora en la próxima semana
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