Cantabria: relación definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as en el concurso específico para provisión de puesto singularizado en el SCT del Tribunal de Instancia de Torrelavega
18 jun 2026
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Resolución por la que se aprueba la relación provisional de concursantes admitidos/as y excluidos/as en el concurso específico para provisión de puesto de trabajo singularizado en la Administración de Justicia en Cantabria (SCT-TI de Torrelavega) retrotraído en ejecución de la Resolución de la Consejera de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa
20 abr 2026
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NUMO Santander: nota informativa sobre la modificación de códigos de algunos puestos de trabajo
11 mar 2026
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Nota informativa y cuadrante del acoplamiento (NUMO Santander)
10 dic 2025
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Letrados/as de la Administración de Justicia: resolución de convocatoria de libre designación (puestos de trabajo de Directores/as de Servicios Comunes Procesales)
28 nov 2025
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Cuadro rectificado del acoplamiento de la Fase III de la implantación de los Tribunales de Instancia en Cantabria (NUMO Santander)
27 nov 2025
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Reunión de la Mesa Sectorial (Cantabria): estado de la Fase III de implantación de los Tribunales de Instancia en Cantabria (NUMO Santander)
21 nov 2025
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El Director General de Justicia y Víctimas del Terrorismo mostró su satisfacción por el ritmo de implantación, que, según él, ha llevado a Cantabria a ser una de las CCAA más avanzadas al respecto, frente a otras que siguen sin publicar las resoluciones sobre estructura y modelo de las oficinas judiciales y/o sin negociar las RPTs. Reiteró su compromiso, expresado en reuniones anteriores, de que no haya modificaciones de espacios de trabajo, más allá del mínimo imprescindible, ni movimientos de funcionarios/as entre edificios. Las obras menores que se consideren imprescindibles se realizarán por personal propio del Gobierno de Cantabria, entre las que se encuentra el cambio de cartelería y rótulos en el interior y el exterior de los edificios para adecuarlos al nuevo modelo. Al efecto, manifestó que están pendientes de la finalización del Protocolo de Actuación - que cree próxima - y de que se concreten los grupos funcionales, lo que condiciona estas tareas, y además el Ministerio de Justicia todavía no ha concluido el acoplamiento de LAJs. El protocolo también es esencial - dijo - para la adaptación del sistema de gestión procesal
Todos estos cambios imprescindibles serán llevados a cabo antes de la implantación, aunque no descarta que pueda haber ajustes posteriores. No obstante, añadió, si se considerara necesario abordar alguna obra más compleja sería relegada al ejercicio presupuestario de 2026
Otras de las tareas que se van a acometer, según el Director General, es la coordinación de la información a trasladar a los colegios profesionales sobre el nuevo modelo de organización, reconociendo que aprenden de los errores en los que incurrieron con ocasión de la Fase I de implantación, en la que, a su juicio, la falta de planificación de esta coordinación informativa dio lugar a confusión, quejas y molestias
En cuanto al proceso de acoplamiento de la Fase III, la Jefa del Servicio Social y de Personal manifestó que, tras la corrección de los errores detectados, el cuadrante de acoplamiento publicado será sustituido por un documento definitivo que esperan tener listo para el miércoles 26 de noviembre y que será objeto de próxima publicación. Se ha realizado para los funcionarios de carrera, comisionados, sustitutos e interinos que van a permanecer en el mismo puesto de trabajo (que no ocupan puestos vacantes). Quedan pendientes puestos singularizados, genéricos diferenciados y personal interino que procede de orden jurisdiccional distinto. En este proceso se respeta, manifestó, la preferencia en la elección de opciones del personal titular con destino definitivo, comisionados, sustitutos y personal interino, por este orden. En cuanto al personal interino, la administración va a permitir la elección a quienes cubren puestos vacantes, a cuyo efecto la oferta será remitida por correo corporativo. Por último, añadió que en la oferta correspondiente al Cuerpo de Auxilio se tendrá en cuenta la antigüedad en el puesto de origen con independencia del orden jurisdiccional, dada la configuración del nuevo modelo
Recordamos que una de las reivindicaciones esenciales de CCOO en las alegaciones que presentó por escrito al inicio de este proceso, reiterada posteriormente en las sesiones de la Mesa Sectorial, era el respeto a la voluntariedad en todas las fases del proceso de acoplamiento, lo que, unido a otra de nuestras reivindicaciones básicas, la creación de áreas, y subsidiariamente equipos (en las resoluciones sobre estructura y modelo y con traslado a las RPTs) por jurisdicciones y especialidad de órganos, habría dado lugar, en nuestra modesta opinión, a unas relaciones laborales más sanas, a unas líneas jerárquicas y funcionales más equilibradas y a un servicio público más eficiente y satisfactorio para los ciudadanos/as usuarios/as, con resultados más óptimos que, en definitiva, es - o al menos debería ser - el interés de la administración. Ha habido algunas concesiones, como la posibilidad de opción entre SCT y SCEJ o entre éstos y las OGRC para los/las funcionarios/as destinados en juzgados con competencias en materia de Registro Civil, pero consideramos que el derecho a optar podía haber sido reconocido en un espectro mucho más amplio. El Director General resumió estos cambios repitiendo que han llegado, en sus concesiones, hasta donde les ha parecido razonable, y no vamos a insistir ahora, una vez más, en nuestras diferencias de criterio sobre lo que es razonable y sobre los fundamentos de calidad de un servicio público
En el apartado de formación online sobre Vereda, los representantes de la administración manifestaron que, según les han trasladado de TRACASA, la presentación de solicitudes empezó con buen ritmo pero se ha estancado recientemente, quedando bastantes compañeros y compañeras que todavía no lo han efectuado
En cuanto a la Resolución sobre la ampliación del período de disfrute de vacaciones y días de permiso por asuntos particulares correspondientes a 2025 hasta el 31 de marzo de 2026, ya publicada (recordamos que CCOO la solicitó por escrito presentado el 6 de noviembre) el Director General adujo que una de las razones por las que se decidieron a publicarla, además de los problemas genéricos relacionados con el cambio de modelo que argumentábamos en nuestra petición, es que en la semana del 12 al 16 de enero personal de TRACASA dará soporte presencial (que será precedido de unas jornadas informativas que se celebrarán la semana próxima), y durante esos días serán muy estrictos en lo que respecta a concesión de permisos y vacaciones, pues ese soporte requerirá la presencia física en las oficinas judiciales. Esto, añadieron los representantes de la administración, también conducirá a una modificación en cuanto a los días previstos, en enero, para la libranza de San Raimundo de Peñafort: dado que el día 16 de enero era una de las opciones previstas en el borrador del calendario laboral para 2026, para el disfrute de ese día de libranza, esta opción será sustituida por el día 19 de enero
Por último, y en lo tocante a refuerzos, los representantes de la administración manifestaron que han trasladado a los partidos judiciales de la Fase I de implantación de los Tribunales de Instancia que, en lo sucesivo, las solicitudes de refuerzos deberán pasar por un "filtro" consistente en la evaluación de las cargas de trabajo en relación con la eficiencia del nuevo modelo basándose en datos objetivos, y que tanto TRACASA como el Ministerio de Justicia disponen de unos "cuadros de mandos" para la estimación de estas variables. Insistieron en que la implantación del nuevo modelo se basa en la premisa de que no hay incremento de plantilla porque se cree que la nueva organización optimizará la relación entre dotación de personal y carga de trabajo, lo que a juicio de CCOO es una quimera, al menos parcialmente, pues ni siquiera se ha acometido la reforma con un estudio previo y serio de cargas de trabajo. O mucho nos equivocamos, o no tardarán en llegar los "parcheos"
Para terminar, el Director General no descartó la convocatoria de una nueva reunión de la Mesa Sectorial antes de fin de año
Nota informativa y cuadrante sobre el acoplamiento de la Fase III de implantación de los Tribunales de Instancia en Cantabria (NUMO Santander)
18 nov 2025
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Se ha publicado en la página web del gobierno de Cantabria:
Criterios de acoplamiento NUMO Santander
14 nov 2025
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La Dirección General de Justicia y Víctimas del Terrorismo ha publicado en la página web del Gobierno de Cantabria:
Nota informativa sobre confirmación (acoplamiento NUMO Santander)
30 oct 2025
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Adjudicación puestos genéricos diferenciados y puesto de Gestión VSM (NUMO Santander)
29 oct 2025
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Cantabria: confirmación de oficio (acoplamiento NUMO Partido Judicial de Santander)
28 oct 2025
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Se ha publicado en la página web del Gobierno de Cantabria la Resolución de 27 de octubre de 2025, de la Dirección General de Justicia y Víctimas del Terrorismo de la Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa, por la que se da inicio a la fase de confirmación en el acoplamiento y se acuerda publicar la relación de puestos confirmados de oficio en las oficinas judiciales de Santander
Nota informativa sobre el acoplamiento (NUMO Santander)
24 oct 2025
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Información importante sobre la fase de confirmación en el proceso de acoplamiento
22 oct 2025
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CCOO recuerda que quien sea acoplado en la fase de confirmación no tiene obligación de realizar tareas de otra jurisdicción o especialidad distinta a la del puesto de origen
- Así está regulado en la nueva redacción del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo del personal de la Administración de Justicia
“Salvo voluntad expresa de la persona afectada por la confirmación no se le podrá encomendar, en el destino adjudicado, tareas sobre materias que fueren propias de órganos judiciales de diferente clase a aquel en que estuviere destinado antes del acoplamiento. Esta limitación no se aplicará a quienes voluntariamente participen en un posterior concurso de traslado, en cuyo caso las funciones y tareas vendrán definidas en las respectivas relaciones de puestos de trabajo y protocolos de funcionamiento de las oficinas.”
Este párrafo solo es de aplicación para quien haya sido acoplado en un puesto en la fase de confirmación. No se aplica cuando se otorgue un puesto en el resto de fases de acoplamiento (puestos de libre designación, concurso específico para puestos singularizados, solicitud de puestos genéricos diferenciados, reordenación de efectivos o reasignación forzosa)
RECUERDA:
SI TE HAN ASIGNADO UN PUESTO DE TRABAJO EN LA FASE DE CONFIRMACIÓN DEL PROCESO DE ACOPLAMIENTO, NO TE PUEDEN OBLIGAR A REALIZAR TAREAS SOBRE MATERIAS DE DIFERENTE CLASE A LAS DEL ÓRGANO U OFICINA EN QUE ESTÁS TRABAJANDO EN LA ACTUALIDAD
LA LEGALIDAD TE PROTEGE Y AMPARA,
CCOO TE INFORMA Y DEFIENDE TUS DERECHOS
Cantabria: adjudicación definitiva del concurso específico y convocatorias para la provisión de puestos genéricos diferenciados y puesto de Gestión VSM (NUMO Santander)
17 oct 2025
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Se ha publicado en la página web del Gobierno de Cantabria:
Reunión de la Mesa Sectorial (Cantabria): más sobre el acoplamiento de la Fase III de implantación de los Tribunales de Instancia (NUMO Santander)
14 oct 2025
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1) Proceso de acoplamiento para la adscripción del personal funcionario de los cuerpos generales al servicio de la Administración de Justicia a los puestos resultantes de la fase III de implantación del nuevo modelo de Oficina Judicial
2) Ampliación de la dotación del servicio de guardia del Tribunal de Instancia de Torrelavega, de acuerdo con el artículo 501 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
ACOPLAMIENTO FASE III
En este apartado se han concretado algunos aspectos que quedaron pendientes de decisión, por parte de la administración, en la reunión informativa de 4 de octubre, y, de entrada, el Director General de Justicia y Víctimas del Terrorismo anunció la decisión de la administración de permitir la opción de acoplamiento entre el SCTRAM y el SCEJ donde sea posible -veremos al entrar en los detalles en dónde va a permitir la administración esa opción- y confirmó la confirmación de oficio (valga la redundancia) de los cuatro puestos de Tramitación PA de atención al público en el SCG, que serán ocupados por quienes actualmente están destinados/as en el SCNE o SCACE
Por el Subdirector General de Justicia se presentó más detalladamente el desarrollo del proceso de acoplamiento en sus sucesivas fases, que es como sigue:
1) Las provisión de los puestos singularizados está actualmente en fase de adjudicación provisional, como es sabido
2) Convocada la provisión de los anteriores puestos, se procederá a la oferta de puestos genéricos diferenciados (con mayor complemento específico cuya forma de provisión es el concurso de traslado) de la siguiente forma:
- El puesto de trabajo adicional de Gestión PA con clave "VSM" que se añadió finalmente a la RPT será ofertado a todos los gestores actualmente destinados en Juzgados de Instrucción. Y posteriormente, los puestos con clave "GU" serán ofertados al personal de los cuerpos de Gestión y Tramitación actualmente destinados en Juzgados de Instrucción
- Confirmados en el SCG los compañeros y compañeras del Cuerpo de Auxilio de Actos de Comunicación, los cinco puestos adicionales de este cuerpo añadidos en la RPT serán ofertados a todos/as los/las funcionarios/as de este cuerpo destinados en Santander
- Confirmación de oficio en los cuatro puestos de Tramitación de Atención al Público en el SCG, antes mencionados, y también de oficio serán confirmados los puestos de Gestión del área de actos de comunicación del SCG
La administración prevé que la oferta de puestos genéricos diferenciados pueda ser publicada el próximo lunes, 20 de octubre. El plazo de presentación de solicitudes será de cinco días. La oferta incluirá, al menos, los cinco puestos adicionales de actos de comunicación del cuerpo de Auxilio, y, posiblemente, el puesto de Gestión adicional de VSM
3) Personal sujeto a confirmación "automática" (la expresión no es nuestra) o directa:
- Los de la Secretaría de Gobierno
- Personal de Gestión y Tramitación del TSJ, en el SCTRAM del TSJ
- Personal de Gestión y Tramitación de la AP, en el SCTRAM de la AP
- Personal de Gestión y Tramitación de Violencia sobre la Mujer, en el SCTRAM del TI, área penal
- Personal de Gestión y Tramitación de Vigilancia Penitenciaria, en el SCTRAM del TI, área penal
- Personal de Gestión y Tramitación del actual Decanato y de la Secretaría de la Audiencia Provincial, en el SCG, área de servicios generales
- Los puestos de trabajo de Gestión y Tramitación de la Oficina General del Registro Civil serán ofertados a todos los funcionarios y funcionarias del Juzgado de 1ª Instancia nº 6 + los que desempeñan sus funciones en el actual Registro Civil. Los funcionarios de Auxilio del Juzgado de 1ª Instancia nº 6 serán confirmados de oficio en la OGRC
4) Personal que podrá optar por su confirmación en el STRAM o en el SCEJ del TI
- Personal de Gestión y Tramitación de los Juzgados de Primera Instancia, de lo Social, de lo Contencioso-Administrativo, de lo Mercantil, de lo Penal y de Menores
- El personal del cuerpo de Auxilio será confirmado, en la medida de lo posible, en los equipos del SCG correspondientes a su jurisdicción de procedencia. Respecto al personal de este cuerpo destinado en el Decanato, que no se corresponde con una jurisdicción concreta, podrán optar por cualquiera de los tres equipos disponibles en el SCG
5) Seguidamente se pasaría a las fases de reordenación de efectivos, en los puestos no cubiertos en las fases anteriores, y, finalmente, la reasignación forzosa
Recordamos que el criterio de preferencia, tanto en el supuesto de que sea mayor el número de funcionarios/as a confirmar que el de puestos a cubrir, como para el ejercicio de las opciones, en su caso, es la antigüedad en el puesto de origen y, subsidiariamente, en caso de empate, la antigüedad en el cuerpo
En cuanto al personal interino, si la plaza que ocupan está provista con carácter definitivo, seguirán al/la titular, esto es, continuarán desempeñando sus funciones en el puesto de trabajo en que sea confirmada la persona titular. En cuanto a las plazas vacantes, serán cubiertas con criterios similares a los que se aplican al personal titular: antigüedad en el puesto de origen y, subsidiariamente, en caso de empate, antigüedad en la bolsa del cuerpo correspondiente al puesto a cubrir. Concretamente, se hizo referencia a los puestos vacantes de la AP, que pasarán al SCTRAM, área Civil/Familia, con lo que el personal interino que los ocupa se trasladaría a los nuevos puestos de trabajo
CCOO intentó una vez más, sin éxito, que la administración aceptara la extensión de la voluntariedad a todas las fases del proceso de acoplamiento, así como la oferta generalizada de los puestos de trabajo diferenciados, criterio que no afectaría ni a la garantía de retribuciones ni a la garantía de guardias ni variaría sustancialmente el resultado final debido a la preferencia que beneficia al personal a confirmar, pero que al menos dejaría una vía alternativa a quien así lo desee, pero a la administración le parece que nuestra propuesta carece de sentido. No obstante, bienvenidos sean los avances
DOTACIÓN ADICIONAL DEL SERVICIO DE GUARDIA EN EL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE TORRELAVEGA
En realidad se trata de un turno especial de guardia de VSM y de apoyo al servicio de guardia ordinario, que CCOO propuso en la Mesa Sectorial de 5 de julio como petición subsidiaria, ante la negativa de la administración a introducir en las RPTs áreas o equipos de VSM así como puestos singularizados o genéricos diferenciados con dicho código, porque no estaban contemplados en los modelos de referencia de la Fase I que asumió. Desde entonces hemos venido reiterando esa petición, y, por tanto, bienvenida sea también su aprobación, aunque lamentamos que no haya habido mayor flexibilidad, en este aspecto, en la elaboración de las resoluciones sobre la estructura y organización de las oficinas judiciales y de las RPTs, que hubiera permitido la dotación de áreas o equipos específicos. Se prevé que el servicio entre en funcionamiento en noviembre, paralelamente a la desaparición del programa de actuación por objetivos en ese partido judicial
Relaciones de Puestos de Trabajo de Letradas y Letrados de la Administración de Justicia en varias comunidades autónomas (Oficinas Judiciales y Oficinas Generales del Registro Civil)
9 oct 2025
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Cantabria: designación de los miembros de las comisiones de valoración del concurso específico para la provisión de puestos singularizados de cuerpos generales (NUMO Santander)
7 oct 2025
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Corrección de errores en las RPTs de la Agrupación de Oficinas de Justicia en el Municipio de Bárcena de Cicero y de la Oficina Judicial de Medio Cudeyo
30 sept 2025
Reunión de la Mesa Sectorial (Cantabria): bases de la convocatoria del concurso específico
23 sept 2025
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En el acto de apertura de la sesión, el Director General de Justicia y Víctimas del Terrorismo recurrió al habitual argumento de falta de tiempo para justificar que la negociación de las bases del concurso específico debía agotarse en esta sesión, ya que la convocatoria se publicará en el BOC el próximo viernes 26 de septiembre y hay que proseguir después con el proceso de acoplamiento. Debido a la proximidad de la publicación de la convocatoria, y al hecho de que el plazo de presentación de solicitudes, como figura en el borrador definitivo que se publicará, tan solo será de cinco días hábiles, nos pide un esfuerzo de divulgación a fin de que los/las compañeros/as interesados/as en participar en el concurso puedan ir solicitando y reuniendo el soporte documental necesario para acreditar los méritos que vayan a alegar. Asimismo, y a propósito de divulgación, nos transmitió su aspiración de que la información que la administración facilite sobre el proceso de acoplamiento y la que difundamos las organizaciones sindicales sea uniforme, y para esa uniformidad, como CCOO ya manifestó en la reunión anterior, lo más conveniente es que esa información se plasme por escrito, pues, si bien es cierto que la administración ya publicó su documento sobre criterios del proceso de acoplamiento con ocasión de la implantación de la Fase I, no está de más que se publique otro específico de esta tercera fase, por la mayor complejidad estructural, por la mayor tipología de órganos afectados y de puestos de trabajo resultantes y el número holgadamente superior de puestos singularizados, y por la cantidad y variedad de "fakes" que hay en circulación. Cuando la información solo circula verbalmente es muy difícil que no se distorsione
A continuación se nos informó acerca de los cambios de última hora introducidos en el último borrador de la convocatoria del concurso específico, cuya última versión, una vez más, se nos entregó al inicio de la reunión en formato papel. Y eso después de no habernos dado, prácticamente, tiempo material para el análisis de la versión anterior. Estos cambios son los siguientes:
- Cambio en la identificación de la persona que presidirá las tres comisiones de valoración que se reunirán (una por cada cuerpo general de funcionarios/as al que están adscritas las jefaturas de área y de equipo a proveer), que será un/a funcionario/a de la Dirección General de Justicia de cuerpo perteneciente al grupo A2 o superior para la comisión relativa a las jefaturas del cuerpo de Gestión, del Grupo C1 o superior para la relativa a las jefaturas de Tramitación y del Grupo C2 o superior para las jefaturas del cuerpo de Auxilio Judicial. Esto es así porque se pretende que el funcionamiento de las tres comisiones sea simultáneo
- Se ha incluido en la redacción de forma expresa que habrá un plazo de alegaciones de tres días hábiles, tras la publicación en la Intranet de la propuesta de adjudicación y antes de la resolución definitiva
- Se ha eliminado el requisito de que los/las aspirantes presenten currículum, para facilitar y agilizar el trámite de presentación de solicitudes, dado el reducido plazo disponible, y por razones de objetividad
- Se ha introducido el límite de los 10 años anteriores para la valoración de la formación, el mismo límite temporal que obra en el borrador para la valoración de la experiencia
- Empezando por la última de las novedades antes referidas, la acotación temporal de la formación valuable, la solución de la administración es una de las posibilidades que evita, por ejemplo, tener que valorar cursos de informática sobre sistemas y aplicaciones obsoletas y en desuso, cursos de formación procesal sobre materia derogada y procedimientos actualmente inexistentes, etc. En cualquier caso, nuestra aspiración es que haya una correlación entre formación y experiencia: o se acota temporalmente todo (como al parecer va a ocurrir) o no se acota temporalmente nada
- Hemos solicitado el cambio de denominación de algunos méritos, valorables en jefaturas de equipo del SCG, que en el borrador se denominan "experiencia en oficinas de registro y reparto" y "experiencia en SCAC" por "experiencia en tareas de registro y reparto" y "experiencia en actos de comunicación y ejecución" respectivamente. Consideramos que lo importante es la experiencia cualitativa, no el destino previo en una oficina con determinada denominación institucional
- Hemos reclamado también la eliminación del mérito "conocimientos de estadística", por doble motivo: porque la función estadística es exclusiva de los/las integrantes del Cuerpo de Letradas y Letrados de la Administración de Justicia, y porque la inclusión de este mérito obligaría a valorar títulos facultativos de disciplinas que poca o ninguna relación tienen con el trabajo de los/las funcionarios/as de los cuerpos generales al servicio de la Administración de Justicia por el simple hecho de que en los planes de estudios que conducen a la obtención de dichos títulos figura la estadística fundamental o aplicada, lo que ocurre en materias tan dispares como las ciencias exactas, ciencias del comportamiento y ciencias humanas en general, y hasta ciencias descriptivas y experimentales. El Director General manifestó que dicho mérito figura en la RPT y que deben ser coherentes con ella, ante lo que CCOO propuso, para el caso de que la administración no acceda a quitarlo, que se cambie la expresión por "experiencia en tareas de recopilación de datos necesarias para el ejercicio de la función estadística" o algo similar que sea respetuoso, tanto con la distribución funcional que la LOPJ dispuso, como con el sentido común
- Asimismo, hemos pedido que se suprima el mérito consistente en conocimientos sobre aplicaciones de gestión procesal. Conviene recordar que se trata de un proceso de acoplamiento en el que, de manera excepcional y por una sola vez, solo podrán participar en este concurso funcionarios/as titulares destinados en los órganos y servicios de Cantabria en los que se va a implantar el NUMO. Con esta premisa, está claro que el conjunto de los aspirantes tiene conocimientos sobre la aplicación de gestión procesal "Vereda", pero podría ocurrir que hubiera aspirantes que, por el hecho de haber estado destinados/as en el pasado en otro ámbito territorial, pudiera presentar diplomas acreditativos del conocimiento de aplicaciones de gestión propias de otros ámbitos territoriales, aplicaciones que ninguna utilidad tienen en Cantabria pero que habría que valorar si se mantiene este mérito en el perfil del puesto de trabajo, creando situaciones de discriminación que se acentuarían en caso de que tras la resolución del concurso algún puesto singularizado quedara desierto. Esta situación ya se ha dado, en el pasado en la baremación de las bolsas de personal interino, favoreciendo a aspirantes procedentes de fuera de Cantabria, y no nos parece de recibo que ahora, tratándose de un proceso de acoplamiento, se vuelva a repetir
- También hemos pedido la eliminación de la valoración del mérito consistente en poseer conocimientos de criminología, disciplina que admitimos que se pueda valorar como mérito general, incluso lo hemos demandado, en determinados procesos de selección, como tantas otras titulaciones académicas que demuestran la adquisición de conocimientos más o menos relacionados con lo jurídico, además de la realización de un esfuerzo, pero no nos parece pertinente en un procedimiento para la provisión de unos puestos singularizados en los que los conocimientos de criminología no tendrán aplicación práctica alguna en el desempeño concreto de esos puestos de trabajo
- Hemos señalado la conveniencia de corregir, en la resolución de convocatoria, algunas expresiones que pueden inducir confusión, como la manía de seguir denominando "media aritmética" (en alusión a la forma de calcular la puntuación de los/las aspirantes por las comisiones de valoración) a lo que por definición es media ponderada -y además esa definición se precisa en el borrador de resolución-, alguna polisemia que ya se corrigió parcialmente a petición de CCOO pero que permanece en otro apartado, etc
- Como ya hicimos con ocasión de la implantación de la Fase I, reivindicamos del borrador la supresión de la base octava, que dispone que los destinos adjudicados se considerarán obtenidos con carácter voluntario (para CCOO, como expusimos en nuestras alegaciones escritas, todo el proceso es forzoso) y que, si en la fecha de entrada en funcionamiento de la Oficina Judicial no se hubiera adjudicado el concurso genérico ordinario, el personal funcionario afectado deberá tomar posesión del destino obtenido en el concurso específico, no teniendo ya opción para el concurso ordinario. El Director General de Justicia argumentó, para mantener esta base, que se basa en normativa preexistente, pero también hay otra normativa preexistente que caracteriza como irrenunciables a los destinos obtenidos por concurso de traslado ordinario para la provisión de puestos genéricos, y además, habiendo incumplido la administración lo dispuesto en el art. 49 del Reglamento de Ingreso ("...Los concursos específicos serán convocados y resueltos por cada Administración competente en su ámbito territorial, procurando que las convocatorias y sus resoluciones no interfieran en los resultados de los concursos convocados por las demás Administraciones...") no nos parece admisible que tengan que ser los/las adjudicatarios/as de los puestos de trabajo que se cubrirán con este concurso específico quienes paguen las consecuencias de la negligencia del Ministerio de Justicia y de la administración autonómica
- Por último, y aunque aburramos a la administración con nuestras reiteraciones, hemos dejado bien claro que las retribuciones asignadas a todos y cada uno de los puestos singularizados -así como las retribuciones de los puestos genéricos- son sustancialmente inferiores a lo que correspondería según la plataforma reivindicativa de CCOO, como a la administración le consta
- Próximamente se publicará en la Intranet una relación con la antigüedad de todo el personal afectado
- Tienen prevista la publicación del nombramiento de los miembros de las comisiones de valoración para el próximo 8 de octubre, y la reunión de las comisiones para el 13 de octubre

















