CCOO
RECLAMA LA INCLUSIÓN
EN EL CONCIERTO SANITARIO DE MUGEJU DE LAS MEJORAS INTRODUCIDAS EN EL
DE MUFACE
CCOO
DEMANDA
DE NUEVO AL GERENTE DE MUGEJU QUE CUMPLA CON EL COMPROMISO QUE
ADQUIRIÓ, EN LA ASAMBLEA DE COMPROMISARIOS DE NOVIEMBRE DE 2017, Y
DICTE UNA RESOLUCIÓN QUE GARANTICE QUE, EN CASOS DE URGENCIA VITAL O
EN POBLACIONES DE MENOS DE 20.000 HABITANTES, LAS PERSONAS
MUTUALISTAS PODRÁN ACUDIR A UN CENTRO DEL SERVICIO PÚBLICO DE SALUD
SIN TENER QUE ABONAR O ADELANTAR GASTO ALGUNO
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En
la reunión de la comisión permanente de MUGEJU el Gerente ha
expuesto los contenidos del informe de gestión de la Mutualidad
General Judicial del cuarto trimestre del año 2017, y ha informado
de algunas decisiones que ha adoptado la Gerencia
Entre
las informaciones, resaltar que, a partir de ahora, la intervención
delegada del Ministerio de Hacienda en MUGEJU se centraliza en el
Ministerio de Justicia. Asimismo, el Gerente ha informado que el 21
de febrero se suscribirá entre MUGEJU y el INSS un convenio por el
que se integran las bases de datos de MUGEJU en el INSS. Además, el
cambio extraordinario de una entidad médica privada (en adelante
EEMM) al INSS solo necesitará el informe médico
El
Gerente ha informado igualmente que el
Consejo de Ministros ha informado favorablemente de la firma, para
2018, de los convenios entre MUGEJU y 9 de las CCAA,
que actualmente ya estaban en vigor. Estos convenios fueron
ratificados en la reunión del Consejo de Ministros del pasado 29 de
diciembre de 2017 (enlace: Consejode ministros aprueba la ratificación de convenios entre CCAA yMugeju, Muface e Isfas )
Sobre
la puesta en marcha de la receta electrónica para
las personas mutualistas adscritas a los servicios públicos de
salud, el Gerente ha confirmado que en el primer semestre de 2018 es
muy probable que ya esté lista para la Comunidad de Aragón. Y que
solo dos CCAA más, Extremadura y Madrid, tienen más avanzado que el
resto las conversaciones para su introducción. Para CCOO esta
es una reclamación insistente, pues representa un avance
incuestionable para los derechos de las personas en materia
sanitaria, y de lo que hacemos un seguimiento constante
CCOO ha
planteado en la reunión que es imprescindible que por la Gerencia de
MUGEJU se haga un enorme esfuerzo para que en el concierto sanitario
se incluyan las mejoras introducidas en el de MUFACE
Tras
comprobar de forma rigurosa las diferencias entre los conciertos
sanitarios para 2018 de MUGEJU y MUFACE, hemos detectado que algunas
prestaciones recogidas en el de MUFACE son superiores a las
establecidas en el de MUGEJU. No es de recibo que se nos haya
dicho desde la dirección de MUGEJU, durante años, que no había
posibilidad de mejorar las prestaciones de MUGEJU si en el caso de
MUFACE, con muchos más mutualistas, la situación era peor
Ahora
comprobamos que algunas prestaciones que ha recogido el concierto
sanitario de MUFACE, que habían sido demandadas
por CCOO reiteradamente
en nuestra propuesta de concierto sanitario para 2018, que no quiso
recoger el Gerente de MUGEJU a pesar de tenerlas en su poder con más
de 2 meses de antelación, sí han sido incluidas en el de MUFACE.
Destacamos algunas de ellas en esta nota de urgencia (sin perjuicio
de que vamos a publicar en breve una nota extensa con las diferencias
entre ambos conciertos):
Cambio
de entidad médica privada. En MUFACE dos veces al año
Hospitalización.- En
el concierto de MUFACE, la EEMM cubre también, desde su ingreso
hasta el alta hospitalaria, todos los gastos farmacológicos y la
alimentación del paciente según dieta prescrita. “Incluye de
forma expresa la alimentación del paciente”
Cartera
de servicios de atención de urgencia y emergencia.- “En los
municipios con un nivel asistencial inferior al nivel II de atención
especializada donde exista un centro hospitalario dependiente del
Servicio de Salud de la correspondiente Comunidad Autónoma, se
atenderá la cobertura de la asistencia por su servicio de urgencias
a los beneficiarios que sufran situaciones críticas agudas que
obliguen a un atención no demorable”. ESTA
RECLAMACIÓN (mejor derecho para todas las personas
mutualistas que viven en municipios de tamaño medio o pequeño y
garantiza su derecho a la atención hospitalaria en caso de
urgencias, cuyo concepto se amplía) HA SIDO REALIZADA POR
LOS COMPROMISARIOS/AS DE CCOO DESDE
HACE AÑOS, Y SE HAN APROBADO NUMEROSAS RESOLUCIONES QUE HEMOS
PROPUESTO DURANTE AÑOS, acuerdos que nunca han sido
respetados por las Gerencias de MUGEJU
Transporte
sanitario.- Se incluyen, dentro del transporte sanitario no
urgente a cargo de la entidad, muchas más prestaciones (incluido los
gastos o taxi si el paciente no pudo hacer su traslado por la
entidad, pese a haberlo solicitado) y traslados que en el concierto
de la MUGEJU. Y este es un derecho muy importante para las personas
mutualistas
Médicos
de la entidad.- “La EEMM deberá promover acciones para
evitar actuaciones que supongan diferencia de trato a los
beneficiarios del concierto en relación al resto de usuarios. La
EEMM no podrá realizar acciones para promover el cambio de entidad
por causas debidas a la patología.”
Criterios
de disponibilidad de medios por Niveles Asistenciales.- Existen
más agrupaciones de municipios en los niveles II y III de atención
especializada que en MUGEJU
Relaciones
de Puestos de Trabajo de MUGEJU.- CCOO viene
demandando, desde hace al menos 15 años, y en todas las
Asambleas anuales de compromisarios de MUGEJU, y presentando también
numerosas resoluciones que siempre fueron aprobadas, la
imperiosa necesidad de establecer una RPT negociada que permita que
todos los puestos de trabajo de la Mutualidad gocen de la misma
transparencia que el resto de puestos de trabajo de la Administración
de Justicia
Siempre,
se nos ha negado sistemáticamente esta justa reclamación por el
Presidente y la mayoría de las Gerencias de MUGEJU y por los
responsables del Ministerio de Justicia, siendo todos ellos cómplices
de la falta de transparencia existente en este organismo en la
cobertura de las plazas vacantes y en el cumplimiento de lo
establecido en la LOPJ y en el Reglamento de provisión de puestos
CCOO ha
exigido decenas de veces por escrito al Ministerio y a la Mutualidad
la negociación de la RPT y la convocatoria de todos los puestos de
trabajo vacantes a provisión, de igual modo que el resto de los
puestos de trabajo de la Administración de Justicia, y
estas reclamaciones, o no han sido contestadas o han sido rechazadas
una vez tras otra. Y si actualmente sigue sin existir RPT en la
MUGEJU, es por exclusiva responsabilidad de los que ahora se
convierten de repente en sus defensores
Nos
consta, desde hace tiempo, que el borrador de la RPT está elaborado
y en posesión de la MUGEJU, pero que no se ha querido hasta el
momento iniciar el proceso de su negociación y aprobación. El
Ministerio de Justicia ha incumplido sistemáticamente desde hace
años las obligaciones derivadas de la legislación de función
pública, pasando a ser la Mutualidad General Judicial uno de los
últimos ámbitos en la Administración General del Estado en adecuar
su selección de personal a los principios establecidos en la citada
legislación
Se
ha pretendido por estos responsables eludir sus obligaciones legales
y, en la reunión, por parte de personal dirigente de la
MUGEJU, se ha insultado gravemente a personal titular de la
Administración de Justicia y a CCOO por
pretender cumplir con la legalidad y con la máxima
transparencia, cuando
nos hemos visto obligados a interponer recurso
contencioso-administrativo contra MUGEJU por no haberse incluido una
vez más todas las plazas vacantes de la Mutualidad en el concurso de
traslado
Como
ha manifestado el representante de CCOO en
la comisión permanente en respuesta a estas gravísimas acusaciones,
no vamos a permitir que aquellos que, consideramos, han amparado la
ilegalidad, se conviertan ahora, cínicamente, en defensores de la
MUGEJU y de los derechos de las personas mutualistas. Nosotros
seguiremos defendiendo, como es nuestra obligación, esos derechos
hasta el límite de nuestras posibilidades, y luchando, como siempre
hemos hecho, para que los principios de igualdad, mérito, capacidad
y publicidad se respeten de forma escrupulosa en la Administración
de Justicia, pero también en la MUGEJU, además de continuar
empeñados en recuperar todas las prestaciones que nos han sido
recortadas injustamente desde 2012
Saludamos
no obstante, el anuncio del nuevo Gerente de MUGEJU, al final de la
reunión, de la convocatoria pública, para su provisión temporal
por comisión de servicio (hasta su inclusión en el concurso de
traslado y su adjudicación definitiva), por personal titular, de las
plazas que quedarán vacantes en breve en MUGEJU por la jubilación
de varios trabajadores/as. Puede ser el anuncio de que las cosas
empiezan a cambiar en MUGEJU. ¿Habrá
tenido algo que ver con este cambio la firmeza de los que no hemos
claudicado nunca ante actuaciones que no han respetado en años los
derechos del conjunto del personal de la Administración de Justicia?