sumarios

CCOO solicita la aplicación, de oficio, de la base 1.3 de las distintas convocatorias de Cuerpos Generales


13 jul 2018



En la mesa sectorial de ayer, día 12 de julio de 2018, también se expuso por CCOO la necesidad de aplicar la base 1.3, de oficio, en el turno de promoción interna, para que los aspirantes que se hayan quedado sin plazas en un ámbito territorial puedan, voluntariamente, optar por plazas en otros ámbitos territoriales en los cuales se hayan quedado plazas vacantes

A raíz de la publicación, ayer por la tarde, de la relación de aprobados del proceso selectivo de Gestión Procesal y Administrativa (turno libre), hemos comprobado que se vuelve a producir, aunque en menor medida la posibilidad de aplicación de dicha base

Por tanto, en el día de hoy, CCOO ha presentado un escrito al Subdirector de Medios Personales al Servicio de la Administración de Justicia para que, en todos los procesos selectivos, se proceda a la aplicación de la base 1.3 de las distintas convocatorias y que establece:
“Los aspirantes sólo podrán participar por un único ámbito territorial y, en caso de superar el proceso selectivo, obtendrán necesariamente destino dentro del ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito territorial no se podrán acumular a otro distinto. No se admitirá la modificación del ámbito territorial elegido una vez presentada la solicitud, salvo lo dispuesto en el párrafo siguiente
No obstante lo anterior, en el caso de que se produjeran vacantes en un determinado ámbito territorial, podrán ofrecerse a los siguientes aspirantes que habiendo superado los ejercicios en otros ámbitos territoriales no obtuvieran plaza, por estricto orden de puntuación, siempre que el aspirante consienta en el cambio de ámbito territorial”

Esto supone que aspirantes que han superado los ejercicios en un ámbito territorial puedan, voluntariamente, optar a plazas en un ámbito territorial en el cual se han producido plazas vacantes

Asimismo, publicamos modelo de solicitud para que los aspirantes que cumplan los requisitos puedan dirigirse a los Tribunales Calificadores Únicos para que se proceda a la aplicación de la misma, tanto en turno libre como en promoción interna



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