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Nota informativa de la Dirección General de Justicia sobre mutualistas de Cantabria en situación de IT


14 abr 2020



La Dirección General de Justicia ha publicado en su página web una la nota informativa "Incapacidad Tempòral MUGEJU (COVID-19)", cuyo texto es el siguiente:

  "NOTA INFORMATIVA 

Durante la vigencia del estado de alarma decretado por el COVID-19, se informa lo siguiente: 

Todos los funcionarios que pertenezcan al sistema de mutualismo judicial –MUGEJU- y que, en este periodo comiencen o continúen en una situación de incapacidad temporal, contarán con la cobertura del Gobierno de Cantabria y seguirán percibiendo sus retribuciones íntegramente

- Si la incapacidad temporal se inicia durante el estado de alarma, se pondrá en conocimiento del servicio de personal a través del buzón justiciapersonal@cantabria.es,  que emitirá la correspondiente licencia inicial, y en su caso, las prórrogas aun cuando no se disponga del parte de baja acreditativo del proceso patológico y la asistencia sanitaria

- Si la incapacidad temporal se inició con anterioridad a la declaración del estado de alarma, a partir del día 181.º se continuará emitiendo licencias por enfermedad, aun cuando no dispongan del parte de baja acreditativo del proceso patológico y la asistencia sanitaria

La prioridad en este momento para la Dirección General de Justicia es la salud de los funcionarios, los partes de baja médica se remitirán cuando puedan ser expedidos por el facultativo de la entidad o servicio público de salud, y ser irán regularizando los expedientes"

Lo único que esta nota informativa aporta a la Disposición Adicional Quinta ("Concesión de licencias y abono de retribuciones a los mutualistas de MUFACE y MUGEJU en situación de incapacidad temporal durante la vigencia del estado de alarma") del Real Decreto-ley 13/2020, de 7 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de empleo agrario (BOE de 8 de abril de 2020), del que ya informamos el día de su publicación, y al aviso publicado por la MUGEJU en su web sobre el abono del subsidio de IT durante el estado de alarma, del que también informamos, es la identificación del buzón de correo electrónico al que deben dirigirse los mutualistas de MUGEJU de Cantabria que caigan en situación de Incapacidad Temporal durante la vigencia del estado de alarma

En cuanto al último párrafo, sería asumible si cuadraran las intenciones declaradas por la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior en sus notas de prensa, con sus actos y los de la Dirección General de Justicia, especialmente los expresados en forma normativa. Y, puesto que no es así, y el contenido de las hemerotecas no "casa" bien, en muchos aspectos, con las resoluciones que se han ido dictando, con los datos que se suministran al Ministerio de Justicia y con la carencia de medios de protección adecuados, sobre todo al inicio de la crisis, solo podemos decir que la afirmación de que "La prioridad en este momento para la Dirección General de Justicia es la salud de los funcionarios" es, siendo muy generosos, discutible. Nuestra estimación es que las prioridades de la Dirección General de Justicia han sido otras, en este momento y en todos los momentos, durante toda la vigencia del estado de alarma. Y además se publica esta nota informativa como si la simplificación de procedimiento de la que informa fuera una liberalidad del la Dirección General de Justicia, que lo único que está haciendo es cumplir lo dispuesto en la Disposición Adicional Quinta del RDL 13/2020

Adjuntamos enlace a la nota informativa publicada

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