El Ministerio de, Justicia comunica a CCOO que pretende incumplir ahora el Acuerdo de 2018, y no convocará la oferta extraordinaria de promoción interna a la que se comprometió, alegando que no está en disposición de llevarla a cabo
- CCOO defenderá hasta el final que se respete por el Ministerio la promoción interna y que garantice que el personal titular no tendrá peores condiciones de acceso que el turno libre, y así lo hemos solicitado ya por escrito
- Este incumplimiento nos situaría ante una nueva vulneración del derecho a la negociación colectiva, a la que ya nos tiene tan tristemente acostumbrados este Ministerio, y de consumarse este atropello no dudaremos en defender una vez más ante los Tribunales de Justicia nuestros derechos
CCOO ha propuesto además al Ministerio de Justicia y a los Grupos Parlamentarios que se modifique la LOPJ de forma urgente para que la promoción interna pueda producirse por concurso (sin fase de oposición) y para que cuando sea por concurso-oposición pueda no ser eliminatoria la fase de oposición ni cada uno de sus ejercicios
El acuerdo de 4 de diciembre de 2018, de la Mesa de Negociación del Personal de la Administración de Justicia para la adaptación en su ámbito del Acuerdo Marco para la mejora del empleo público de 2017-2019 de la Mesa General de Negociación de las AAPP, establece en su punto segundo que “el Ministerio de Justicia, una vez finalicen los procesos selectivos de la OEP 2017-2018, convocará una oferta adicional y extraordinaria de Promoción Interna cuyo número de plazas se acumulará al número de plazas para este turno vinculadas a la OEP de 2019, de manera que se alcance el 60% de las plazas ofertadas en el turno libre de ese ejercicio. Dicho proceso selectivo adicional y extraordinario de promoción interna se desarrollará simultáneamente con los procesos selectivos de la OEP de 2019”
Este fue uno de los principales logros que CCOO consiguió en dicho acuerdo, paliándose así, en parte, el recorte que se había producido en 2015 al rebajarse de forma unilateral, injustificada y sin negociación colectiva, la reserva de plazas del 50 al 30% de las plazas de la OEP
Para la OEP de 2019 están aprobadas 182 plazas de promoción interna sumando las de todos los cuerpos y, en cumplimiento del Acuerdo, este número debería elevarse a 382 plazas. El Ministerio, si consuma su incumplimiento de lo que tiene pactado, estaría hurtando a 200 compañeros y compañeras la posibilidad de promocionar, por lo que CCOO hará todo lo que está en su mano para no consentirlo
OTRAS
INFORMACIONES DEL MINISTERIO DE JUSTICIA SOBRE LAS PRÓXIMAS CONVOCATORIAS DE
OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO
A fecha de hoy están pendientes de convocatoria las ofertas de empleo ordinarias (tasa de reposición) de los años 2019, 2020, 2021, además de las siguientes ofertas extraordinarias de estabilización:
· Una por el sistema de concurso-oposición correspondiente a las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo o plantillas, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020
· Otra por sistema de concurso con aquellas plazas que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016
El Ministerio de Justicia aun no tiene decidido el formato de estas convocatorias (que debe ser negociado en la Mesa Sectorial) y ha informado a CCOO de los siguientes extremos:
- No tiene prevista la convocatoria extraordinaria de promoción interna a la que hemos hecho referencia al comienzo de esta información
- No va a convocar la OEP de 2019 antes de abril de 2022, con lo que decaería la misma (art. 70.1 de TREBEP) y las plazas en ella contenida se incluirían en otra convocatoria
- No está aun decidido si se acumularán o no en una sola o varias convocatorias las OEP de tasa de reposición pendientes (incluso la de 2022 que se publicará este año) o si alguna o todas éstas se acumularán a alguna OEP de estabilización
- Aun no conoce el número y ubicación de las plazas que han de incluirse en los procesos de estabilización, incluso no ha solicitado todavía esta información a las CCAA con competencias transferidas
- En dichos procesos de estabilización se incluirán también las plazas de refuerzo con antigüedad de más de tres años a fecha 31 de diciembre de 2020
- No tiene decidido si van a incluirse en la estabilización las plazas ocupadas por personal titular, desde fecha anterior a tres años, en comisión de servicio o sustitución
- Aunque la LOPJ establece que el sistema selectivo para el turno libre en el cuerpo de LAJ es el de oposición o el de concurso-oposición de forma extraordinaria, nos comunica que para las plazas de estabilización de este cuerpo con más de cinco años ocupadas de forma temporal el sistema selectivo será el concurso, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 20/2021
CCOO HA PROPUESTO A LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS Y AL MINISTERIO DE JUSTICIA LA MOFICACIÓN
URGENTE DE LA LOPJ PARA EVITAR QUE EL ACCESO POR PROMOCIÓN INTERNA SEA MÁS
DIFICULTOSO QUE EL ACCESO POR EL TURNO LIBRE EN LOS PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN
La ley 20/2021 de
medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público ha
establecido la posibilidad del acceso a la Administración Pública en general y
a la Administración de Justicia en particular por el sistema de concurso en las
ofertas públicas de empleo que se convoquen de forma extraordinaria para las
plazas que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma
ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016
Asimismo, abre la
posibilidad de que los ejercicios de la fase de oposición puedan no ser
eliminatorios en las ofertas de empleo público de estabilización para las
plazas que hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al
menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020
Según lo regulado
en la Ley Orgánica del Poder Judicial, en esas ofertas de empleo público deben
incluirse también plazas para el turno de promoción interna y, para el mismo,
también está regulado que debe efectuarse obligatoriamente por el sistema de
concurso-oposición, y no está contemplada la posibilidad de que los ejercicios
de la fase de oposición puedan no ser eliminatorios
Salvo que se
acometan las reformas legales oportunas que CCOO propone estaríamos ante una
discriminación evidente contra el personal titular que pretende conseguir el
acceso a un cuerpo funcionarial para unas plazas determinadas por el turno de
promoción interna, al que se exigiría en todos los casos superar una fase de
oposición con todos sus ejercicios eliminatorios, mientras que al personal que
opte al acceso a ese mismo cuerpo funcionarial por el turno libre se le
eximiría en determinados casos de tener que superar los ejercicios de esta fase
de oposición o ni tan siquiera, en algunos casos, tener que realizarlos
En esta misma
propuesta, CCOO ha vuelto a formular también petición de modificación de la LOPJ para la
recuperación del número de plazas de las ofertas de empleo público reservadas
para la promoción interna, recortado de forma unilateral, injustificada y sin
negociación colectiva desde el 50 al 30% en la modificación de la LOPJ operada
por la Ley Orgánica Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio
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