Ante el abandono al que están siendo sometidas las Oficinas Colaboradoras del Registro Civil en la implantación del DICIREG en Murcia y el personal destinado en ellas por parte del Ministerio de Justicia y los responsables regionales a la hora de poner en marcha este programa, CCOO ha solicitado a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y al Secretario de Estado que se deje sin efecto de forma temporal la entrada en servicio efectiva en los Juzgados de Paz de Alcantarilla, Beniel y Santomera de la aplicación informática DICIREG, o subsidiariamente, que sus funciones se limiten a las establecidas en la Disposición Adicional Quinta de la Ley 20/2011, sin realizar borradores de inscripciones ni juras de nacionalidad, sin perjuicio del recurso que CCOO también ha presentado esta misma semana
- La falta de publicación de resolución o instrucción que concrete las funciones de las Oficinas Colaboradoras, ya que éstas no pueden desempeñar ninguna función que vaya más allá de las establecidas en la Disposición Adicional Quinta de la Ley 20/20211 de Registro Civil, además de atribuirseles a última hora y sin la adecuada formación, la realización de inscripciones hasta la fase de borrador, función no incluida en la Ley 20/2011, así como la recepción de las juras de nacionalidad, función que el Real Decreto 1004/2015 atribuye a los Encargados de los Registros Civiles, no a los Registros Civiles delegados
- La falta de regulación de las funciones que corresponden al personal de cada uno de los Cuerpos en las Oficinas Colaboradoras, a los que se les ha atribuido en un documento interno las mismas funciones a todos ellos, sin distribución alguna de las mismas con base al cuerpo de pertenencia
- La falta de nombramiento de personal de refuerzo en las referidas Oficinas Colaboradoras solicitada por CCOO de manera urgente y que el ministerio de Justicia está obviando
- La inadecuada formación del personal de estas Oficinas Colaboradoras que ha sido formado para realizar las funciones que detalla la D. A. Cuarta de la Ley 20/2011, pero no para la realización de borradores de las inscripciones ni la práctica de juras de nacionalidad española
- La imposibilidad de simultanear las funciones propias del Juzgado de Paz con la llevanza del Registro Civil mediante DICIREG y que se ha demostrado que el Ministerio desconoce de manera absoluta, ya que el personal de los Juzgados de Paz desempeña todas las tareas propias de dicho Juzgado (actos de comunicación, diligencias de embargos, actos de conciliación, etc), además de las propias de un Registro Civil Delegado. El incremento del trabajo que suponen las tareas ahora encomendadas en relación con DICIREG, añadido a que parte del personal de los Juzgados de Paz se encuentra de vacaciones y a la negativa del Ministerio de Justicia de reforzar el personal de los Juzgados de Paz, impide por completo la adecuada realización de las tareas propias de dichos Juzgados
Todos ellos, sumados al olvido que desde la propia dirección de la Oficina General de Murcia, tanto en su dirección procesal como en su apoyo informático que se realiza de forma totalmente inoperante, son motivos más que suficientes para que el Ministerio de Justicia suspenda la aplicación del DICIREG en estas Oficinas Colaboradoras como CCOO solicita
Mantenerlo de esta manera totalmente improvisada e irresponsable, no preveyendo en absoluto las consecuencias que está teniendo tanto en la salud de los trabajadores como en el nefasto servicio que se le está prestando a la propia ciudadanía y los retrasos en el resto de cuestiones que dependen del Juzgado de Paz, será únicamente responsabilidad del Ministerio de Justicia y su falta de autocrítica en esta puesta en marcha, agravada por su falta de previsión en la entrada en funcionamiento del DICIREG no ya solo en la Oficina General del Registro Civil de Murcia, sino en los Juzgados de Paz de su partido judicial, la primera vez que se implanta de esta forma en todo el territorio nacional, y que está siendo observada por el resto de CCAA pendientes de implantación.
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