- Se pretende excluir arbitrariamente las 24 plazas desiertas en la oferta al personal que ha aprobado la promoción interna de Tramitación
CCOO hemos dirigido escrito a la Ministra y a la Directora General para que rectifiquen e incluyan estas plazas en la resolución con la oferta de plazas que se publicará en el BOE el 27 de octubre
Primero fue la desvergüenza de mantener durante lustros, e incluso decenas de años, plazas vacantes ocupadas por personal interino sin sacarlas a concurso, como obliga la norma legal
- Lo que llevó a este sindicato a interponer recurso contencioso-administrativo contra la Orden JUS/646/2017 de 19 de junio, por la que se convoca concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, publicada en el BOE de 7 de julio de 2017
- En este recurso se nos dio la razón en sentencias que disponían la obligatoriedad del Ministerio de Justicia de convocar a concurso de traslado dichas plazas
Después vino la reacción del Ministerio de Justicia para continuar impidiendo el acceso del personal titular a la MUGEJU, con la aprobación sin negociar de una Relación de Puestos de Trabajo en la que todos los puestos estaban singularizados y para su provisión de se valoraban unos méritos “ad hoc” que solo podían ser adquiridos por el trabajo previo en la MUGEJU, conociendo sus responsables que no podría exigirse esta experiencia previa
- Contra la Orden JUS/201/2019, de 25 de febrero, por la que se aprobaba esa relación de puestos de trabajo, CCOO volvimos a interponer recurso contencioso-administrativo que dio pie a la sentencia que anuló esta disposición
A continuación, de nuevo el incumplimiento del Ministerio de sacar a concurso, y resolverlo en el plazo de dos años desde la aprobación de la nueva RPT, de todas las plazas genéricas y singularizadas de MUGEJU
- En relación con los puestos singularizados, transcurrido un año desde que finalizó este plazo, no se ha convocado aún el concurso específico correspondiente
- En relación con los puestos genéricos, el último concurso de traslado no se resolvió hasta varios meses después del plazo de dos años establecido
Finalmente, en la reciente convocatoria del concurso de traslado de 2023 se incluyen 4 vacantes de Tramitación, solo 1 de los Servicios Centrales y se excluyen de la modalidad “a resultas” las plazas de Tramitación de la MUGEJU, lo que es una muestra más de la clara intencionalidad del Ministerio de Justicia de que los puestos de trabajo sigan siendo ocupados por personal interino, vulnerando los derechos del personal titular a optar a dichas plazas
Tras la resolución de los concursos publicados de puestos genéricos han quedado sin cubrir 24 plazas de Tramitación (21 de ellas en los Servicios Centrales), plazas que son desiertas y que el Ministerio de Justicia se niega a ofrecer, como establece la LOPJ entre otras normas, a quienes han superado el proceso selectivo de promoción interna, por lo que tampoco las ofrecerá para el turno libre cuando finalice el proceso en marcha
CCOO ha dirigido escrito a la Ministra de Justicia recordándole que en las sentencias ganadas por este sindicato por la exclusión de las plazas de MUGEJU en los concursos de traslado, que deben aplicarse también para las plazas de promoción interna, se establece que:
- La facultad de autoorganización de la administración no justifica por sí misma la generalizada exclusión de la oferta de plazas de MUGEJU
- El mantenimiento de esta situación en la MUGEJU viene a constituir una anomalía administrativa reseñable por el hecho, notabilísimo, del altísimo número de personas interinas que en el mismo prestan funciones en relación al total de la plantilla
- El nombramiento de personal interino solo se prevé normativamente por razones de urgencia o necesidad en tanto no sea posible el desempeño del puesto por personal funcionario de carrera, y que la comisión de servicios y sustituciones siempre tienen un marcado carácter temporal
- Los principios de igualdad, mérito y capacidad que rigen en el acceso a la función pública también operan en el desarrollo en la carrera profesional posterior
- La discrecionalidad a la que pueden conducir las facultades de autoorganización no ampara la arbitrariedad en su ejercicio ni responde a razones de interés general que permitieran descartar una arbitrariedad atentatoria del art. 23.2 de la CE
- Quedaría vedado que la Administración volviera a actuar de la misma manera en ejercicio de las facultades de autoorganización
Además de ser una manifiesta irregularidad, la ocultación de plazas desiertas en la oferta de plazas a quienes han superado los procesos selectivos, manteniendo en su puesto de trabajo de forma indefinida a personal interino (sin que las plazas que ocupan hubieran sido convocadas durante años en concurso de traslado ni ofrecidas a los aprobados de los procesos selectivos), causa perjuicios evidentes a las personas aprobadas, restringiendo su derecho a la movilidad y a la promoción profesional, dado que eliminar 21 plazas en la localidad de Madrid va a obligar a personal de Auxilio que ha superado el proceso selectivo y reside en esta ciudad a trasladarse a otra distinta, o bien, a solicitar la excedencia en el Cuerpo de Tramitación, y lo mismo puede ocurrir en las localidades de Santander y Palma, donde también quedaron plazas desiertas que no van a ser ofrecidas
Por todo ello, CCOO hemos reclamado a la Ministra de Justicia:
1.- Que las 24 plazas desiertas existentes en la Mutualidad General Judicial (21 de ellas en los Servicios Centrales) sean incluidas en la relación de plazas que se ofrecen a las personas aprobadas en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, convocada por Orden JUS/242/2022, de 24 de marzo
- Dado que la Subdirección General de Acceso y Promoción del Personal de la Administración de Justicia nos ha informado que la resolución publicada en la página web se publicará en el BOE del 27 de octubre, solicitamos que se acceda a lo solicitado antes de dicha fecha
2.-Que se dé cumplimiento en su totalidad a la Disposición Transitoria Única de la Orden JUS/1038/2020, de 23 de octubre, por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo susceptibles de ser ocupados por personal al servicio de la Administración de Justicia en la Mutualidad General Judicial, convocándose de forma inmediata el concurso específico para la provisión de los puestos singularizados de ese organismo
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