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Reunión de la Mesa Sectorial (Cantabria): acoplamiento de la Fase I de implantación del NUMO y RPT de la Oficina Fiscal


30 may 2025



El jueves 29 de mayo de 2025 se celebró una nueva reunión de la Mesa Sectorial de Funcionarios al servicio de la Administración de Justicia en Cantabria en la que se ha dado fin a la negociación sobre el proceso de acoplamiento de la Fase I y se han reanudado las negociaciones para la implantación de la Oficina Fiscal en Cantabria con la presentación por la administración de un nuevo borrador de la RPT de la Oficina Fiscal

El orden del día de la reunión constaba de los siguientes puntos:

  • Proceso de acoplamiento para la adscripción del personal funcionario de los cuerpos generales al servicio de la Administración de Justicia a los puestos de la Oficina Judicial, Oficinas generales del Registro Civil y oficinas de Justicia en el Municipio en Cantabria y concurso específico de méritos para puestos singularizados en la fase 1 de implantación del nuevo modelo de oficina Judicial
  • Decreto de Oficina Fiscal y proyecto de Relación de Puestos de Trabajo

A la convocatoria se adjuntó el siguiente documento:

RPT Oficina Fiscal Cantabria


ACOPLAMIENTO FASE I

Sobre el acoplamiento, la reunión fue más informativa que de negociación, sin variaciones en la posición de la administración con respecto a las sesiones anteriores de la Mesa Sectorial, de las que ya hemos informado (reunión de 19 de mayo de 2025 y reunión de 8 y 9 de mayo de 2025). No obstante, desde CCOO quisimos hacer hincapié en algunas de las reivindicaciones que hemos ido trasladando a la administración a lo largo del proceso de negociación, en un último intento por hacer virar la dirección de la administración, al menos en algunos aspectos, hacia horizontes más razonables y más convenientes no solo para los derechos y condiciones de trabajo de los compañeros y compañeras afectados/as, sino también para el servicio público e incluso para mayor facilidad de gestión de la administración, que todavía, y con las negociaciones ya cerradas, sigue dudando sobre cómo tratar determinados supuestos de hecho que podrían suscitarse en algunas fases del acoplamiento

Ya hemos informado ampliamente de las alegaciones de CCOO, tanto en lo relativo al acoplamiento como en lo concerniente a las RPTs y al modelo y estructura de las oficinas judiciales, y la administración, además de escucharnos sesión tras sesión de la Mesa Sectorial, cuenta con el abundante material escrito que hemos presentado. No obstante, en esta última reunión sobre la materia hemos insistido en algunos puntos que para CCOO son de importancia primordial:

  • Respeto de la voluntariedad en todos los niveles del proceso de acoplamiento: dado que la administración ya ha cambiado algunos de sus criterios (aceptó la posibilidad de opción, en los actuales órganos con competencia en materia de Registro Civil, entre el Servicio de Tramitación y la Oficina General del Registro Civil y aceptó también, por lo que respecta al partido judicial de Santander, la opción entre el Servicio Común de Tramitación y el Servicio Común de Ejecución); dado también que habrá opción en la fase de reordenación, e incluso la administración ha anunciado en esta última reunión que, en la fase de reasignación forzosa se podrá optar, por antigüedad, entre los puestos de trabajo residuales, CCOO insiste en la extensión del criterio de voluntariedad en la fase de confirmación y en que no haya confirmación de oficio en ningún supuesto. Los criterios generales fijados en el Reglamento de Ingreso (antigüedad en el puesto de trabajo actual y subsidiariamente antigüedad en el cuerpo) determinan que quienes actualmente desempeñen sus funciones en un puesto de trabajo de una determinada jurisdicción o especialidad tendrán preferencia para ser confirmados, si así lo desean, en puestos de trabajo "homólogos" de la nueva estructura, lo que no añade complicaciones de gestión para la administración, y, por el contrario, evita improvisaciones y arbitrariedades, siendo además lo mejor para el servicio público que los compañeros y compañeras estén, en la medida de lo posible y teniendo en cuenta las preferencias, donde quieran estar. Y, con todo, este pequeño gesto de la administración no compensaría el impacto que tendrán en las condiciones de trabajo unos modelos de estructura, que justamente de estructura es de lo que carecen, y unas RPTs amorfas, al no haber aceptado la administración la diferenciación en áreas por jurisdicción y especialidad que CCOO solicitó, ni la división en equipos, ni la diferenciación de determinados puestos de trabajo con mayor retribución, etc

  • Consideración de todo el proceso de acoplamiento como forzoso a efectos del cómputo del período de tiempo para poder participar en un concurso de traslado, independientemente de las opciones que los compañeros y compañeras ejerzan, en su caso, en cualquier nivel del proceso de acoplamiento. En otras palabras, que todos los compañeros y compañeras deben poder participar en el primer concurso de traslado que se convoque, si así lo desean, aunque hayan hecho uso de su derecho a solicitar determinados puestos de trabajo

  • Consideración de todo el proceso de acoplamiento como forzoso también a efectos de la garantía de retribuciones. Si alguien, por ejemplo, realiza y cobra guardias, y solicita un puesto de trabajo, en el acoplamiento, que no conlleve la realización de guardias, debe poder seguir haciendo y cobrando las guardias en tanto no obtenga otro destino en un concurso de traslado. En todo caso deben mantenerse las retribuciones por guardias y no disminuirse ni su frecuencia ni sus dotaciones

  • Nos hemos ratificado, por último, en nuestra petición de incremento del complemento específico para los puestos genéricos, puestos singularizados, jefaturas de área y de equipo y puestos genéricos diferenciados que formalizamos en la reunión de 10 de abril de 2025
  • A falta de modelos más estructurados, a falta de RPTs más elaboradas y a falta, en suma, de voluntad política por parte de todos los actores implicados, y teniendo en cuenta que los protocolos no se han sometido a negociación, las administraciones han eludido hacia otro ámbito la responsabilidad por un factor fundamental de los que inciden en las condiciones de trabajo como son las funciones y tareas referenciadas a cada puesto de trabajo. A título de ejemplo, se cierra la negociación sobre el acoplamiento sin que sepamos quienes van a percibir la retribución complementaria por violencia sobre la mujer y violencia sexual en esta primera fase, retribución que, por cierto, sigue siendo programa de actuación y no se incorpora al complemento específico. Al no haberse diferenciado con el código "VSM" estos puestos de trabajo, la solución de esta incertidumbre la darán los protocolos y las decisiones de los/las directores/as de los servicios comunes, algo tan injusto como surrealista
El Director General anunció que el acoplamiento comenzará por las Oficinas de Justicia de los Municipios y que se dictará una Resolución confirmando a los funcionarios y funcionarias titulares. En cuanto a las siete vacantes actualmente existentes, se mantendrán en la situación previa al acoplamiento (comisión de servicio, sustitución o provisión por personal interino). CCOO solicitó que cuando se aborde el proceso de acoplamiento en las Oficinas Judiciales y Oficinas Generales del Registro Civil se dicte una Resolución común, pues hay derechos de opción entre ambas oficinas

Seguidamente, informó sobre una experiencia piloto sobre el nuevo modelo que va a realizarse en Laredo, partido judicial que se ha elegido al efecto por tener más personal titular que los demás, tanto del cuerpo de LAJs como del resto de cuerpos generales. En una o dos semanas nos indicará la fecha concreta del comienzo de esta experiencia. Sin embargo reconoció que la aplicación de gestión procesal "Vereda" no ha sido todavía actualizada con las nuevas funcionalidades precisas, y que, por tanto, la experiencia piloto solo podrá consistir en la exposición y resolución de supuestos a nivel teórico. En el ámbito de las Oficinas de Justicia de los Municipios también anunció que se está realizando una experiencia similar en Colindres

Finalmente manifestó que se está finalizando la tarea de suministro de material informático para las OJM y que en algunos municipios con locales no idóneos para las nuevas funciones de estas oficinas se están buscando otros (p. ej. Camargo) o se facilitará el uso de otros locales con soluciones dispares (salones de plenos, salas multiusos, bibliotecas, etc)


CONCURSO ESPECÍFICO PARA LA PROVISIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO SINGULARIZADOS DE LA FASE I

El viernes 30 de mayo se ha constituido formalmente la comisión de valoración del concurso específico para la cobertura de los puestos de trabajo singularizados de Gestión Procesal y Administrativa, en el Servicio Común de Tramitación de Torrelavega, y de Auxilio Judicial en el Servicio Común General, también de Torrelavega. Al no haber admitido la administración la constitución de áreas o equipos ni la diferenciación de puestos de trabajo, estos son los únicos puestos de trabajo singularizados en los partidos judiciales comprendidos en la Fase I de implantación de los Tribunales de Instancia. De nuestras alegaciones concretas a la Resolución de convocatoria y bases de este concurso ya hemos informado en nuestra nota sobre las reuniones de 8 y 9 de mayo


RPT DE LA OFICINA FISCAL

Resumiendo los antecedentes, y en lo tocante al borrador del Decreto del Gobierno de Cantabria por el que se determina la estructura y organización de la Oficina Fiscal en Cantabria, que la administración presentó en la reunión de la Mesa Sectorial de 25 de marzo de 2025, se trata de la última versión (al menos por ahora) de un documento que difiere muy poco de un borrador anterior, presentado en la Mesa sectorial de 8 de mayo de 2024, con el que se pretendía retomar unas negociaciones iniciadas en la anterior legislatura autonómica, basadas en un modelo similar del que el ejecutivo precedente nos dio traslado en la Mesa Sectorial de 22 de julio de 2021, en la pasada legislatura autonómica, junto con un borrador de la RPT correspondiente y el Manual de puestos de trabajo y el borrador de una RPT, documentos a los que CCOO presentó unas extensas alegaciones escritas, alegaciones que hemos tenido que actualizar en repetidas ocasiones debido al carácter tan frecuentemente mutable de este texto, pues ya la última versión de la anterior legislatura descendía de un linaje de "ancestros" documentales no pequeño precisamente

Aunque la sesión de la Mesa Sectorial se limitó a tratar sobre las RPTs, volvemos a resumir el contenido de nuestras alegaciones escritas al borrador del Decreto sobre estructura y organización de la OF en Cantabria:

- Respecto a la figura del coordinador, no podemos asumir que la estructura real de la OF, la distribución del trabajo, la articulación funcional, la creación de equipos, cuestiones que afectan directamente a las condiciones de trabajo y pueden colisionar con los derechos estatutarios, dependan exclusivamente de una persona, bajo la dependencia y supervisión del Fiscal Superior. Esta figura es una malinterpretación de los coordinadores de los primeros tiempos de la implantación de la NOJ en el País Vasco, cuya función era la supervisión del funcionamiento de áreas determinadas de la organización, no la decisión del tipo de organización a implantar en cada momento. Es, por tanto, una figura con competencia "hipertrofiada" que solo podemos aceptar si sus funciones se ciñen a la supervisión. De lo contrario, y una vez más, la administración elude su función de organización y negociación de la determinación de las condiciones de trabajo. Es por ello que hemos propuesto una redacción alternativa del apartado sobre las funciones del coordinador, y que se añada que entre esas funciones puede figurar la prestación del servicio de guardia, petición que hemos hecho extensiva a todos los puestos de trabajo sin excepción

- No aceptamos la disfuncionalidad que implica que se consagre la posibilidad de que los trabajadores y trabajadoras puedan desempeñar tareas y funciones de distintas áreas, en función de las necesidades, en lugar de adscribir en la RPT a las personas a un área concreta y modificar las RPT si es preciso y cuando sea preciso, previa negociación

- Por lo anterior, y por la limitación de centros de destino que el borrador recoge, hemos solicitado la diferenciación en las RPTs de las áreas y equipos que se constituyan, a todos los efectos

- Solicitamos límite de tiempo para la asignación, por necesidades del servicio, de cualquier función del cuerpo, independientemente de la adscripción del puesto, a quienes ocupen puestos de trabajo genéricos

- En coherencia con nuestra petición de que las áreas y equipos, en su caso, consten en la RPT de forma diferenciada, hemos reclamado también la supresión de la facultad del coordinador de determinar los puestos de trabajo de cada área, sin perjuicio de que pueda elevar propuestas

- No aceptamos la provisión del puesto de trabajo de secretaría personal por libre designación por doble motivo: porque CCOO no acepta el sistema de libre designación, y porque es incoherente, además, la singularización de este tipo de trabajo si no se requieren méritos específicos

. Hemos propuesto una estructuración alternativa a la del modelo de referencia que replica este borrador, insertando, en el área de apoyo procesal y a la investigación, de equipos de apoyo a la Fiscalía de Menores, a la ejecución penal, a la tramitación general y a la tramitación especial

- No aceptamos la innecesaria e inconveniente previsión de que en las Secciones de Torrelavega y Laredo no habrá puestos singularizados

- Hemos reclamado la recuperación del art. 15 del anterior borrador, proponiendo una redacción alternativa para que se garantice que, después del acoplamiento, quienes actualmente realicen funciones de guardia puedan seguir haciéndolo con la misma frecuencia y retribuciones

- En cuanto al protocolo de actuación (manual de puestos de trabajo y manual de procedimientos), denunciamos que afectan muy directamente a las condiciones de trabajo y se sustraen de la negociación. No obstante, CCOO también ha presentado minuciosas alegaciones escritas a estos instrumentos

- Protestamos porque no se permite la participación de los representantes de los trabajadores y trabajadoras en la Comisión de seguimiento y apoyo

- No aceptamos la provisión por libre designación del puesto de trabajo de la Unidad de Apoyo, en caso de que se cree

En cuanto al nuevo borrador de la RPT, excepto por la inclusión del código "GU" en todos los puestos de trabajo, vemos que en nada más se nos ha hecho caso. No se reflejan las áreas y, por tanto, los puestos de trabajo no tienen otra adscripción que el centro de destino

Por último, CCOO ha reivindicado el mismo incremento del complemento específico para todos los puestos de trabajo del que ya hemos hecho mención al informar de las negociaciones sobre el Nuevo Modelo de Oficina Judicial, y que si como consecuencia de la resolución de los concursos específicos la plantilla a acoplar fuera inferior a la dotación prevista en la RPT, se proceda al incremento de plantilla

Llevamos siete años con "amagos" de negociación sobre la Oficina Fiscal. Veremos si este proceso es el definitivo

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